Real Decreto 1109/2000, de 9 de junio, por el que se indulta a don Francisco Javier Castañeda Pérez.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Castañeda Pérez

con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,

condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña, en sentencia

de fecha 5 de marzo de 1998, como autor de un delito de sustitución

de placas de matrícula, a la pena de seis meses de arresto mayor y delito

de receptación, a la pena de cuatro meses de arresto mayor y multa de

200.000 pesetas con las accesorias de suspensión de todo cargo público

y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos

cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa

deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de junio

de 2000,

Vengo en indultar a don Francisco Javier Castañeda Pérez las penas

privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que

no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la

publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 9 de junio de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 157 del Sábado 1 de Julio de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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