REAL DECRETO 1904/1998, de 4 de septiembre, por el que se indulta a don Pablo Mateos Gil.

Visto el expediente de indulto de don Pablo Mateos Gil, con los informes

del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de

exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo

4. o , apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número

3 de Vitoria que, en sentencia de fecha 1 de octubre de 1996, le condenó,

como autor de un delito contra el deber de prestación del servicio militar,

a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las

accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio

durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995;

a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo

de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre de 1998,

Vengo en indultar a don Pablo Mateos Gil la pena privativa de libertad

pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás

pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer

delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 239 del Martes 6 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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