Resolución de 21 de enero de 1986, de la Dirección General de Comercio Exterior, por la que se somete a control del SOIVRE la importación de determinadas manufacturas de la madera.

Al objeto de vigilar las operaciones de importación de determinadas manufacturas de la madera, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y especificaciones dictadas al efecto, se hace necesario su control.

Por ello, y en virtud de las facultades que le confiere a esta Dirección la Orden de 1 de julio de 1983, quedan sometidas al control de los Centros de Inspección del Comercio Exterior (SOIVRE), dependientes del Ministerio de Economía y Hacienda, las siguientes mercancías:

Partidas ..... Mercancías

arancelarias

44.11 ........ Tableros de fibras de madera o de otras materias

.............. vegetales.

44.15 ........ Madera chapada o contrachapada, incluso con adición de

.............. otra madera.

44.16 ........ Tableros celulares de madera.

44.17 ........ Maderas llamadas "mejoradas" (por tratamiento físico o

.............. químico más intenso que el necesario).

44.18 ........ Maderas llamadas "artificiales" o "regeneradas" (formadas

.............. por virutas, aserrín, harina u otros desperdicios

.............. aprovechados con resinas u otras materias).

Madrid, 21 de enero de 1986.- El Director general, Fernando Gómez Avilés-Casco.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 32 del Jueves 6 de Febrero de 1986. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Comercio exterior
  • Importaciones
  • Madera

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