Periódico Oficial de Tamaulipas del 1/12/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., viernes 01 de diciembre de 2023

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resolución por la que se considera viable que la Cuera Tamaulipeca sea declarada Patrimonio Cultural Inmaterial del pueblo tamaulipeco, en tanto se consideren los criterios y las medidas pertinentes que han sido consideradas por el Consejo Consultivo al efecto de emitir la presente declaratoria.
En este sentido se propone que la Cuera Tamaulipeca se preserve y se siga proyectando un plan de manejo que propicie acciones y obras tendientes a su salvaguardia, conservación, recuperación, restauración y difusión para el disfrute de las y los tamaulipecos y mexicanos en general.
DÉCIMO SEGUNDO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2023-2028, establece en el Marco Estratégico denominado Fomento de la Cultura y el Arte, en el objetivo B11.3, en el cual se propone fomentar, preservar y difundir la cultura en sus diferentes manifestaciones, que promuevan la creación de público y brinden los mejores referentes culturales a los diferentes grupos de población en el Estado.
DÉCIMO TERCERO. Que el Ejecutivo del Estado estima oportuno emitir el presente Decreto Gubernamental, mediante el cual se declara a la CUERA TAMAULIPECA COMO PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE
TAMAULIPAS, con la finalidad de propiciar acciones y obras tendientes a su salvaguarda, conservación y difusión.
En virtud de lo expuesto y fundado, se ha tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO GUBERNAMENTAL POR EL CUAL SE DECLARA A LA CUERA TAMAULIPECA COMO
PATRIMONIO CULTURAL DEL ESTADO.
ARTÍCULO PRIMERO. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado a la manifestación de la Cuera Tamaulipeca, con fundamento en los artículos 35 fracción VIII y 36 numeral 1, de la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se declara de interés público la salvaguarda de la Cuera Tamaulipeca, en tanto constituye un Patrimonio Cultural Inmaterial Intangible del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
ARTÍCULO TERCERO. Para la aplicación del presente Decreto, el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas designa al Instituto Tamaulipeco para la Cultura y las Artes, como la entidad responsable de garantizar, con base en su capacidad operativa y presupuestal, la realización de las acciones necesarias a efecto de proteger, preservar, enriquecer, mantener y conservar a la "Cuera Tamaulipeca" como patrimonio cultural intangible de Tamaulipas, conforme al Plan de manejo establecido en el artículo 35 de la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO CUARTO. Compete al Instituto Tamaulipeco para la Cultura y las Artes lo siguiente:
I.- Elaborar el Plan de manejo establecido en la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas;
II.- Realzar la importancia del patrimonio cultural de la "Cuera Tamaulipeca" entre la sociedad tamaulipeca;
III.- Difundir este patrimonio cultural en los foros locales, nacionales e internacionales y espacios destinados a su manifestación y expresión;
IV.- Adoptar medidas para favorecer la creación y fortalecimiento de la creación de dicha prenda en gestión del patrimonio cultural de la Cuera Tamaulipeca", pudiendo estar auxiliada y/o trabajar en conjunto con las diversas dependencias de la administración pública federal y estatal, así como con los ayuntamientos de nuestra entidad federativa; y V.- Las demás que le competan de acuerdo a la legislación y disposiciones administrativas aplicables.
ARTÍCULO QUINTO. De acuerdo al contexto anterior, se le determina a la Secretaría de Turismo del Estado de Tamaulipas, el de promover:
I.- Las artes relacionadas con la Cuera Tamaulipeca en el Estado;
II.- En los diferentes espacios del Estado destinados a su manifestación y expresión.
TRANSITORIOS
ARTICULO PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTICULO SEGUNDO. El Instituto Tamaulipeco para la Cultura y las Artes, garantizará, con base en su capacidad operativa y presupuestal, la realización de las acciones necesarias a efecto de proteger, preservar, enriquecer, mantener y conservar a la "Cuera Tamaulipeca" como patrimonio cultural intangible de Tamaulipas.
Dado en la sede del Poder Ejecutivo, en Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, a los veinte días del mes de octubre de dos mil veintitrés.
ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- AMÉRICO VILLARREAL ANAYA.Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HÉCTOR JOEL VILLEGAS GONZÁLEZ.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 1/12/2023 - Legislativo

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaysMexique

Date01/12/2023

Page count11

Edition count4075

Première édition02/01/1999

Dernière édition11/07/2024

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