Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/9/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 183

de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.

4.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.- Para que el Tribunal quede válidamente constituido y pueda actuar, se requerirá la presencia de dos de sus vocales, titulares o suplentes indistintamente, más la del presidente y secretario o quienes les sustituyan.

6.- Corresponderá al Tribunal dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, así como, velar por el buen desarrollo del mismo.

7.- Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores expertos en la materia de que se trate, que intervendrán con voz, pero sin voto.

SÉPTIMA. - PROCESO DE SELECCIÓN.

1.- La selección se realizará mediante el sistema selectivo de concursooposición, se desarrollará bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad, así como los demás prescritos en la normativa vigente.

2.- Fase de oposición.

2.1- Todos los aspirantes deberán realizar una única prueba tipo test que será eliminatoria. La puntuación mínima será de 0 y la máxima de 10. El aspirante que no alcance 5 puntos en la prueba quedará eliminado del proceso de selección.

La prueba será obligatoria y eliminatoria igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un tipo test con un total de 50 preguntas más 8 de reserva, cada una de ellas con tres posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Las preguntas de reserva solo se corregirán, si alguna de las 50 primeras es reclamada por algún aspirante y la citada reclamación, es estimada por el Tribunal. En ese supuesto se anulará la pregunta para todos los aspirantes, y será sustituida por la primera pregunta de reserva, si hubiese más impugnaciones estimadas por el Tribunal se actuará de la misma forma, siempre siguiendo el orden establecido en las preguntas de reserva.
Todas las preguntas estarán relacionadas con los temas recogidos en el Anexo III de estas bases.

2.2.- Para la corrección de la prueba se aplicará el siguiente criterio, por cada respuesta correcta se sumarán 0,20 puntos, por cada respuesta errónea se restarán 0,05 puntos, las preguntas no contestadas ni sumarán ni restarán puntos. La puntuación obtenida en la prueba, que estará comprendida entre 0 y 10, deberá ser igual o superior a 5, en caso contrario, el aspirante será eliminado del proceso de selección.

2.3.- Nota final de la fase de oposición:

La nota de la fase de oposición se corresponderá con la nota obtenida en la prueba tipo test. Contra esta puntuación se podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. En el plazo de un mes, el Tribunal resolverá las reclamaciones presentadas.

3- Fase de concurso.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, y no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición. En esta fase se podrán obtener hasta un máximo de 4 puntos.

3.1- Méritos a valorar.

Se valorarán tanto los méritos profesionales de loa aspirantes como la formación relacionada con el puesto de trabajo.

3.1.1- Méritos profesionales.

Se valorarán los servicios prestados en la Administración Pública y en empresas privadas, siempre que el puesto de trabajo desempeñado sea de igual categoría que el puesto a cubrir. Se entenderá por puesto de trabajo de igual categoría, aquel cuyas tareas tengan el mismo contenido funcional, o éste sea similar a criterio del Tribunal, que el puesto al que se opta. Se valorarán proporcionalmente los servicios que se hayan prestado en jornada inferior a la ordinaria. Los periodos inferiores al mes se computarán de forma proporcional.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Pública, en un puesto de trabajo de igual contenido funcional o similar al ofertado:

0.10 puntos/mes.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada, en un puesto de trabajo de igual contenido funcional 0.05 puntos/mes.
o similar al ofertado:

La puntuación máxima por méritos profesionales será de 3 puntos.

3.1.2- Méritos formativos.

Se valorarán, titulaciones superiores a la exigida para participar en el proceso de selección, siempre que estén relacionada con el puesto ofertado, así como, los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, tanto por asistencia como por aprovechamiento posteriores al año 2010, que a criterio del Tribunal, estén relacionados con el puesto a cubrir o traten sobre prevención de riesgos laborales e igualdad de género. Se tendrán en cuenta los cursos organizados por Entidades, Instituciones o Centros Públicos, bajo ningún concepto los impartidos por centros privados, salvo aquellos cuyos gastos estén sufragados por alguna Administración o entidad pública.

La puntuación se otorgará conforme a la siguiente escala de valoración:
De 20 a 40 horas:

0,10 puntos.

22 de septiembre de 2022

De 41 a 70 horas:

0,20 puntos.

De 71 a 100 horas:

0,30 puntos.

De 101 a 200 horas:
De 201 horas en adelante:

0,40 punto.
0,50 puntos.

Por tener una titulación superior a la exigida para participar en el procedimiento: 0,60 puntos.

Los títulos o certificados de cursos que no señalen número de horas no se tendrán en cuenta.

No se tomarán en consideración aquellas acciones formativas que sean meramente repetitivas de otras anteriores de igual o similar denominación. En este caso se valorará la de mayor carga lectiva.

La puntuación máxima en este apartado será de 1 punto.

3.2- Presentación de la documentación acreditativa de los méritos:

Finalizada la fase de oposición, se publicará la nota obtenida por cada aspirante en esta fase del procedimiento en el tablón de anuncios de la Entidad Local, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las notas, para que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, presenten en el Registro General de la Entidad Local la documentación acreditativa de los méritos alegados en el anexo II.

Los méritos a valorar por el Tribunal Calificador serán los acreditados documentalmente una vez finalizada la fase de oposición, y autobaremados por los aspirantes Anexo II, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad al plazo concedido para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos, ni aquellos no autobaremados por los aspirantes en el Anexo II. Bajo ningún concepto se podrá otorgar a un aspirante con una puntuación mayor a la recogida en su autobaremación.

3.3- Acreditación de méritos:

Con la finalidad de que el Tribunal pueda valorar los méritos alegados, los aspirantes referidos en el apartado anterior, deberán aportar en el plazo establecido los siguientes documentos:

- La prestación de servicios en la empresa privada se acreditará con ambos documentos deben presentarse:
. Informe de vida laboral reciente.
. Contratos de trabajo que certifiquen la categoría profesional en la que se le encuadró, o bien, certificados expedidos por las empresas contratantes, donde se reflejen los puestos de trabajo desempeñados, las funciones asignadas, así como, el tiempo de duración de las relaciones laborales.

- La prestación de servicios en la Administración se acreditará con ambos documentos deben presentarse:
. Informe de vida laboral reciente.
. Si la relación fue en régimen laboral deberá adjuntar los contratos de trabajo que certifiquen la categoría profesional en la que se le encuadró, o bien, certificados expedidos por las empresas contratantes, donde se reflejen los puestos de trabajo desempeñados, las funciones asignadas, así como, el tiempo de duración de las relaciones laborales.
. Si los servicios se prestaron como personal funcionario, el aspirante deberá aportar certificado expedido por el órgano competente de la Administración correspondiente, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupó, el tiempo de servicio y las tareas desempeñadas.

3.4 Puntuación de la fase de concurso.

El Tribunal publicará la puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.

Contra esta puntuación provisional se podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. En el plazo de un mes, el Tribunal resolverá las reclamaciones presentadas.

4- Calificación final del proceso selectivo:

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, la de oposición y la de concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación haya obtenido en la calificación final.

OCTAVA. - LISTA PROVISIONAL.

1.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios de esta Corporación, así como en la página web, la lista provisional con la calificación provisional de los aspirantes.

2.- Contra esta lista provisional se podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.

NOVENA. - DESEMPATE Y LISTA DEFINITIVA.

1.- Finalizado el plazo de alegaciones en el caso de que, al proceder a la ordenación de los aspirantes, se produjera empate entre dos o más, éste se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el ejercicio el tipo test, si persiste la situación, se resolverá por el candidato que haya acertado más preguntas de reserva del tipo test, en el supuesto de continuar la situación de igualdad, ésta se decidirá por el aspirante que más preguntas haya respondido correctamente de entre las diez últimas del tipo test, en el caso de continuar el equilibrio, se realizará un sorteo público en presencia del Secretario del Tribunal para su resolución
Transcurrido el plazo referido en la base anterior, el Tribunal Calificador hará pública la relación definitiva por orden de puntuación. Dicha publicación se hará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, quedando constituida la bolsa de trabajo.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/9/2022

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date22/09/2022

Page count7

Edition count6030

Première édition02/01/2001

Dernière édition05/07/2024

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