Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/10/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

27 de octubre de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 205

- Los mayores de edad independizados que hayan salido en el plazo máximo de un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, de pisos tutelados, centros de menores, centros penitenciarios, comunidades terapéuticas, u otras instituciones similares. En éste último caso, y siempre que sean menores de 35
años sin cargas familiares, se les eximirá de la obligatoriedad de llevar más de un año en la vivienda para la que se solicitan la ayuda.
- Se considerará asimilados a residentes, los solicitantes que se hayan visto obligados a abandonar nuestro municipio, tras haber residido en él durante un tiempo continuado no inferior a 15 años, por motivos económicos/laborales o de estudios, de la persona solicitante o su pareja.
Los integrantes de la unidad de convivencia deben estar inscritos en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida.
Uno de los miembros de la unidad de convivencia debe ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda objeto de la ayuda. Este será mayor de 18 años y tendrá plena capacidad para obrar. En cualquier caso, la persona solicitante, de acuerdo con lo previsto en la base décimo segunda, podrá acreditar la firma del contrato siempre dentro de los plazos previstos en la décimo tercera h.
Los ingresos brutos mensuales estimados de la unidad de convivencia calculados como valor medio de los últimos seis meses no pueden superar en 2,5 veces el IPREM
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Los ingresos de la unidad de convivencia se corregirán por la aplicación de coeficientes ponderados atendiendo a los criterios establecidos por la Junta de Andalucía en la materia.
Que ningún miembro de la unidad de convivencia posea vivienda en propiedad, ni sea titular de ningún derecho real de uso o disfrute de una vivienda. Se valorarán excepcionalmente aquellas situaciones en que el propietario de la vivienda no pueda disponer de la misma, por pesar sobre ésta un derecho de uso a favor de terceras personas.
Que la persona solicitante no adeude más de tres recibos de alquiler.
Que entre el arrendador y el arrendatario no exista relación de parentesco hasta tercer grado de consanguineidad.

Sexto. Características de las ayudas.
- Para el grupo A, la ayuda consistirá en una subvención por el importe correspondiente a la ayuda autonómica no satisfecha por la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía por falta de disponibilidad presupuestaria.
- Para el grupo B, se concederá una ayuda por unidad de convivencia, de hasta el 60%
del importe mensual del alquiler de la vivienda arrendada, con un límite máximo de 240 euros mensuales, a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en el Programa.

Para el cálculo del porcentaje de ayuda correspondiente a cada solicitud, se atenderá a la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, estableciéndose los siguientes porcentajes:
Ingresos U.F. IPREM Ponderado De 2 a 2,5 IPREM
De 1,50 a 2 IPREM
De 0 a 1,50 IPREM

Porcentaje de Ayuda 40%
50%
60%

Considerando los límites presupuestarios existentes y la situación del mercado de vivienda de alquiler en el municipio se establecen los siguientes límites:
- La cantidad máxima del alquiler susceptible de subvención no podrá superar los 400
euros, independientemente de que la renta sea más elevada.
- Los gastos de Comunidad, plaza de garaje, trastero, gas, agua, electricidad, así como demás cantidades asimiladas, no podrán ser incluidos en el importe fijado como renta de la vivienda y, por tanto, no serán subvencionables.
- Las ayudas se concederán por un plazo máximo de seis meses, pudiendo solicitarse dos ayudas anuales.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el tablón municipal y en la página web del Ayuntamiento de San Fernando, www.sanfernando.es
San Fernando, a la fecha de la firma electrónica. LA SRA. ALCALDESAPRESIDENTA DEL EXCMO. E ILTMO. AYUNTAMIENTO

SAN FERNANDO, 07 de octubre de 2020. BRAOJOS RUIZ LORENZO Jefe de Servicio de Licencias. CABADA MONTAÑES PATRICIA Alcaldesa. Nº 59.625

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6
SEVILLA
EDICTO

D DIANA BRU MEDINA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 294/2017 a instancia de la parte actora AERNNOVA ANDALUCÍA ESTRUCTURAS
AERONÁUTICAS, S.A. contra CONSEJERIA DE EMPLEO EMPRESA Y
COMERCIO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, SERCO EUROBRAS, S.L., STA
SERVICIOS AERONÁUTICOS, S.A., QUALITAIRE CONSULTING, S.L., JOSE
ADOLFO DOS SANTOS JUNIOR, CRISTIAN VALERIO BENJAMÍN, NILSON
RODOLFO DE OLIVEIRA , DENILSON MONTEIRO PINTO, RAIMUNDO
NICOLAU LOPES, LAFAETE SILVERIO SOUSA, JOSE AGUSTIN MEDINA
CAÑAS, HELIO GERALDO BUENO, RODRIGO REBELO AFONSO, IVAN
CABEZUELO BETANZOS, BETUEL DE PAULA BUENO, PAULO JORGE ALVES
FERNANDES, HELIO VENDRAMINI LEMES, ISMAEL ROMÁN MEDINA, FRANCISCO JAVIER RAMIREZ LEDESMA, JOSE CLAUDIO DA SILVA , ANTONIO CUEVAS NEIRA, DAVID SÁNCHEZ ÁLVAREZ, CARMEN MARÍA
RUIZ SOSA, JOSE IGNACIO HIDALGO MONTOYA, IVAN VELA PÉREZ y Helio
Página 43

Vendramini Da Silva Junio sobre Impug.actos admvos.mat.laboral/SS, no prestacional se ha dictado DECRETO de fecha 20/02/20 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO: Tener por ampliada la presente demanda contra SERCO
EUROBRAS, S.L., STA SERVICIOS AERONÁUTICOS, S.A., QUALITAIRE
CONSULTING, S.L., JOSE ADOLFO DOS SANTOS JUNIOR, CRISTIAN VALERIO
BENJAMÍN, NILSON RODOLFO DE OLIVEIRA , DENILSON MONTEIRO
PINTO, RAIMUNDO NICOLAU LOPES, LAFAETE SILVERIO SOUSA, JOSE
AGUSTIN MEDINA CAÑAS, HELIO GERALDO BUENO, RODRIGO REBELO
AFONSO, IVAN CABEZUELO BETANZOS, BETUEL DE PAULA BUENO, PAULO
JORGE ALVES FERNANDES, HELIO VENDRAMINI LEMES, ISMAEL ROMÁN
MEDINA, FRANCISCO JAVIER RAMIREZ LEDESMA, JOSE CLAUDIO DA SILVA
, ANTONIO CUEVAS NEIRA, DAVID SÁNCHEZ ÁLVAREZ, CARMEN MARÍA
RUIZ SOSA, IVÁN VELA PÉREZ y JOSE IGNACIO HIDALGO MONTOYA.

Cítese a las referidas demandadas en legal forma para su comparecencia el día 20 DE NOVIEMBRE DE 2020, A LAS 10:50 HORAS, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en Avenida de la Buhaira 26. Edificio NOGA. Planta 1. Sala nº 11, debiendo comparecer en la secretaría de este Juzgado, situado en la planta 5, dicho día a las 10:35 HORAS para proceder a la acreditación de las partes de conformidad con el art. 89.7 de la LRJS, con entrega a las mismas de copia del Decreto de admisión a trámite y señalamiento y de la Providencia de admisión de prueba, así como del escrito de demanda, sirviendo la notificación de la presente de notificación y CITACIÓN EN FORMA.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante la Letrada de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Y para que sirva de notificación al demandado D. JOSÉ ADOLFO DOS
SANTOS JUNIOR actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a treinta de septiembre de dos mil veinte. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. DIANA BRU MEDINA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 59.316


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 204/2020 Negociado: MA.
N.I.G.: 1102044420200000495. De: D/D. LUIS RAMON PEREZ JIMENEZ.
Abogado: ALEJANDRO ZAPATA GARCIA. Contra: D/D. DISTRIBUIDORA
INTERNACIONAL DE ALIMENTACIONDIA CENTRO LOGISTICO DE EL
PUERTO DE SANTA MARIA, KARTENBROT SL y FOGASA

D/D. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE , LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA

HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 204/2020 se ha acordado citar a KARTENBROT SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 30 DE
SEPTIEMBRE DE 2021 A LAS 11.30 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVENIDA
ALCALDE ALVARO DOMECQ, Nº 1. EDIFICIO ALCAZABA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a KARTENBROT SL.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a uno de octubre de dos mil veinte. EL/
LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 59.319


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
CADIZ
EDICTO

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 47/2018 Negociado:
78. N.I.G.: 1101244420180000035. De: D/D. JUAN MANUEL MATEOS COZAR.
Contra: D/D. TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FREMAP y CONSTRUCCIONES Y
PROMOCIONES ROMESAN
Abogado: ISMAEL ASENJO GONZALEZ

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/10/2020

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date27/10/2020

Page count43

Edition count6033

Première édition02/01/2001

Dernière édition10/07/2024

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