Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 04/12/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.604
Salta, lunes 4 de diciembre de 2023

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

N 149/2018 por la cual se aprueba el plan regulador para el área centro de la ciudad de salta P.R.A.C., Revisión 1- año 2.018;
Que el referido PRAC es concebido desde una perspectiva estratégica, orientada a sintetizar e integrar la actividad urbanística en un proyecto territorial coherente, más allá del enfoque puramente normativo, y sus disposiciones alcanzan a todas las acciones a emprender en los inmuebles ubicados en el área centro de la Ciudad de Salta, incluidos los particulares y públicos, como así también en el espacio de uso público;
Que cabe destacar, que dicho instrumento tiene por objeto establecer los elementos imprescindibles para la organización y estructura del área central, de manera que se constituya como referente de todos los demás instrumentos de planificación urbana, con visión a largo plazo para el diseño de las políticas urbanas y el pensamiento estratégico como recurso clave para la planificación del desarrollo del centro de la ciudad;
Asimismo, debe tenerse en consideración lo establecido por el Decreto N 126/2020, por el que se instituye que la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta COPAUPS actuará en el ámbito del Ministerio de Infraestructura, dejándose en consecuencia sin efecto lo dispuesto en el Decreto N
1.464/18;
Que desde el área técnica se informa que la Coordinadora General de este Organismo, solicitó realizar un estudio del régimen volumétrico de las parcelas 26, 27 y 28
de la manzana 56 de la sección B, debido a las contradicciones que estas poseen con respecto a los indicadores urbanísticos que rigen para dicha manzana en el resto de los inmuebles;
Que las propiedades de referencia poseen los siguientes datos catastrales, matrículas 217, 286 y 5.480, sección B, manzana 56, parcelas 26, 27 y 28 respectivamente;
Que las dos primeras pertenecen a María Andrea Issa D.N.I. N 16.128.776; mientras que el dominio del catastro identificado con N 5.480 pertenece a Elena María Cornejo San Miguel D.N.I. N 18.274.119, Virginia Cornejo San Miguel D.N.I. N 21.633.916, Gustavo Adolfo Cornejo San Miguel D.N.I. N 20.706.691 y Federico Cornejo San Miguel D.N.I. N
32.165.530. Los domicilios registrados para estos catastros, según la Dirección General de Inmuebles son calle Zuviria N 524/ 542, para las parcelas 26 y 27 y Zuviria N 552 para la 28;
Que las propiedades en cuestión forman parte del Área Centro BiPAUPS, por lo tanto, las intervenciones posibles en ellas estarán condicionadas, de manera que sus tratamientos generales contribuyan a la preservación de la fisonomía del área que integran;
Que por su parte, el catastro N 28 se encuentra incluido en el listado de Bienes Patrimoniales, bajo el número de orden 243 con categoría Contextuar", definida en la normativa como Edificios que presentan tipologías únicas o escasas en la ciudad y edificios
que sin revestir en sí mismos un carácter excepcional, en su conjunto contribuyen a crear un paisaje contextual medianamente homogéneo, integrando un conjunto urbano a preservar
Que en correspondencia con ello, la propiedad de referencia posee Grado de Protección "D". El grado de protección indica un orden de prioridades en la tarea de la salvaguardia. El tipo de obras autorizadas a realizarse en los inmuebles protegidos está en íntima relación con el grado de protección que éste posea. La normativa indica para los inmuebles con grado de protección D que Los alcances de las intervenciones sobre estos
bienes deberán ser evaluados técnicamente, definiendo en cada caso los niveles de la intervención a realizar, siendo contemplados dentro de un régimen especial, cuya propuesta quedará sujeta a la consideración de la CoPAUPS.;
Que, luego de realizar la correspondiente inspección ocular, se pudo divisar que los
Pág. N 17

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 04/12/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaysArgentine

Date04/12/2023

Page count70

Edition count2016

Première édition04/01/2016

Dernière édition03/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31