Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 03/09/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.815
Salta, jueves 3 de septiembre de 2020

Que la Inspección General de Personas Jurídicas también adoptó medidas como las referidas precedentemente, emitiendo la Resolución General No 18/2020 que en su artículo 1 expresa: PRORRÓGASE los mandatos de los miembros de los órganos de
gobierno, administración y fiscalización de las asociaciones civiles controladas por esta inspección general de Justicia cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia del DNU No 297/2020 y mientras dure la misma, por el término de 120 días a partir de la publicación de la presente, prorrogables en caso de subsistir la situación de emergencia;
Que a su turno y por las razones expresadas, los partidos políticos también debieron tomar decisiones extraordinarias. Así por ejemplo, el Partido Justicialista a nivel nacional a través de la Resolución No 3 prorrogó las elecciones partidarias originalmente convocadas para el 3 de mayo del corriente, al 4 de octubre, para prorrogarlas una vez más a través de la Resolución No 4 para fines de diciembre supeditado a las condiciones
epidemiológicas y sanitarias imperantes en el país y a las determinaciones que eventualmente disponga el Poder Ejecutivo Nacional al momento de su efectiva ejecución.
De este modo podemos advertir que en los hechos trascurrieron ya 7 meses de prórroga, sin que la fecha de diciembre a la luz de los acontecimientos pueda determinarse como cierta;
Que una situación similar se le presentó al PRO, ya que si bien pudo dirimir sus autoridades a nivel nacional en el mes de febrero, no pudo hacer lo mismo respecto de las autoridades de ese partido en el resto de las provincias, razón por la cual resolvió prorrogar los mandatos de los Consejos Directivos distritales hasta la realización de las elecciones de los distritos con vencimiento de mandatoi;
Que lo mismo ocurrió con las elecciones de autoridades de la Unión Cívica Radical de Catamarca, que debían realizarse el 7 de junio pasado, por lo que ante la imposibilidad de llevarlas a cabo por las razones ya mencionados, resolvieron a principios de mayo "suspender por el plazo de 60 días, el inicio del proceso electoral de renovación de
autoridades partidarias hasta tanto pierdan vigencia y/o deroguen las normas nacionales y/o provinciales de circulación y reunión que posibilite el inicio del proceso electoral interno.
De manera excepcional y solamente mientras dure el aislamiento social obligatorio en virtud de la pandemia COVID-19, prorrogar los mandatos de las actuales autoridades hasta tanto se pueda llevar adelante el proceso electoral de renovación a autoridades partidariasii Que situaciones similares se presentaron en la Unión Cívica Radical de Córdoba, donde a través de la Resolución No 5 de la Mesa Ejecutiva del Congreso Provincial, se resolvió prorrogar el cronograma electoral y por el Punto 3 hacer lo propio respecto de los mandatos de las autoridades partidarias. El PJ de Chubut, también tuvo que postergar sus elecciones internas, habiendo prorrogado también el mandato de sus autoridades partidarias hasta el 3 de diciembre del corriente año, aunque actualmente se encuentran
analizando la posibilidad de una nueva prorroga de mandatos frente a la imposibilidad de llevar adelante las elecciones internas" iii. Lo mismo le ocurrió al PJ de Entre Ríos que debiendo tener las elecciones en el mes de junio, debió posponerlas prorrogando además el mandato de todas las autoridades del Partido, hasta que pase la emergencia por el Coronavirus y se puedan realizar las internas iv.
Que la situación por todos conocida afecto además en Córdoba a las elecciones municipales que debían llevarse adelante el día 29 de marzo en la ciudad de Rio Cuarto, razón por la cual sus concejales aprobaron por unanimidad un Acta Acuerdo donde se fija el día 27 de septiembre como nueva fecha de la elección, prorrogándose además los mandatos de las autoridades municipales que vencían el 2 de julio hasta el 8 de octubre;
Que conforme surge de un portal digital en el día de ayer, frente a la imposibilidad de realizar las elecciones el 27 de septiembre, se encuentra en análisis de la Junta Electoral Municipal de Río Cuarto definir si posterga por segunda vez las elecciones en Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Pág. N 29

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 03/09/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaysArgentine

Date03/09/2020

Page count34

Edition count2036

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