Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/05/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.497 - Salta, miércoles 8 de mayo de 2019

visado positivo de la ANSES y de la Resolución Nº 1.143/2.018 del Ministerio de Seguridad, debidamente notificada a la beneficiaria;
Que en la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante la Ley Nº 6.818, se establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviere pendiente de usufructuar, según lo dispuesto por el artículo 2º, inciso j, del Decreto Nº 515/2.000;
Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a retiro voluntario la señora Mirta Alejandra Cruz, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º, inciso c, del Decreto Nº 248/1.975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1.977;
Que por lo expuesto y atento el Dictamen Nº 131/2.019 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5.519, Nº 6.719, Nº 6.818 y N 8.128;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario de la Sub Oficial Principal de la Policía de la Provincia de Salta, Mirta Alejandra Cruz, D.N.I. Nº 23.953.054, Clase 1.974, Legajo Personal Nº 12.370, Cuerpo de SeguridadEscalafón General, en mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro de la agente, deberá hacer uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º, inciso j, del Decreto Nº 515/2.000.
ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que la señora Mirta Alejandra Cruz, D.N.I. Nº 23.953.054, cuyo pase a retiro voluntario se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º, inciso c del Decreto Nº 248/1.975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1.977.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Oliver - Simón Padrós Fechas de publicación: 08/05/2019
OP N: SA100031055

SALTA, 3 de Mayo de 2019
DECRETO Nº 549
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA
Expte. Nº 0030041-250756/2018-0.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la aprobación del Convenio de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, y la Fundación Salta; y, CONSIDERANDO:
Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/05/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaysArgentine

Date08/05/2019

Page count92

Edition count2020

Première édition04/01/2016

Dernière édition10/07/2024

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