Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 23 de marzo de 2012
Fondo de Comercio de Restaurante, Cantina, Casa de Lunch, Café y bar, Despacho de bebidas, Wisquería, Cervecería, Casa de Comidas Rotisería, Parrilla, zona R2B, trámite PP, sup. m2
353,15, oper. 9, Observaciones Sótano, piso 1
y 2 cumple Artículo 4.6.6.2. AD. 630.29 ventilación mecánica según plano registrado en la DGFOC por exp. 45125-04, carpeta 8063/2004, nomenclatura catastral 18-19-81- ID, partida inmobiliaria 426432, U.F. /c.: expediente inicial 49191-2004., ubicado en CABA, en la calle Nicaragua N 4432. Reclamos de ley en la calle Martín Rodríguez N 532 de la Ciudad de Boulogne, partido de San Isidro, Pcia. de Buenos Aires o en el mismo domicilio del referido negocio dentro del término legal.
e. 19/03/2012 N 26037/12 v. 23/03/2012

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Consultora Inmobiliaria y Emprendimientos Comerciales SRL, representada en este acto por Corredor Inmobiliario Antonio Carella Matricula 4782 Tomo 1 Folio 179, CUCICBA con oficina en Montevideo 666 2º 201 CABA, avisa que Dante Forcieri, domiciliado en Carlos Pellegrini Nº1051 1º 9 CABA, vende libre de toda deuda un fondo de comercio del rubro Bar-Restaurante, sito en Reconquista Nº269 CABA, a María Laura Rochon, domiciliada en Benavídez Nº105 2º A, Monte Grande Reclamos de ley y domicilio de partes en mi oficina.
e. 22/03/2012 Nº28195/12 v. 28/03/2012

2.3. AVISOS COMERCIALES
ANTERIORES
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T

TIERRAS DE ARECO S.A.
De acuerdo a lo resuelto en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 25/1/2012, llámase por 3 días a los accionistas de Tierras de Areco S.A., para que ejerzan sus derechos de preferencia y en su caso de acrecer, en proporción a sus tenencias, para la suscripción de 2400 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a 1 voto cada una y de $10 de valor nominal por acción, a integrar a la par, el 100% en dinero efectivo, al contado y en el acto de la suscripción, dentro del plazo de los 30 días siguientes al de la última publicación de este aviso. Los accionistas que ejerzan sus derechos de suscripción preferente y de acrecer podrán integrar todo o parte de las acciones que suscriban mediante las sumas que hubieren aportado irrevocablemente a la sociedad. Domicilio social para suscribir: Av. Córdoba 1247 - piso 8, Ofic. P - CABA. Roberto Mc Lean, presidente, designado por asamblea de fecha 25/1/2012.
Certificación emitida por: Alberto Diego Mc Lean h. NºRegistro: 1978. NºMatrícula: 2687.
Fecha: 15/03/2012. NºActa: 145. NºLibro: 34.
e. 21/03/2012 Nº27505/12 v. 23/03/2012

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES
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JUZGADO FEDERAL DE
1A. INSTANCIA
SECRETARIA PENAL
GENERAL ROCA - RIO NEGRO
El Dr. Guido Sebastián Otranto, Juez Subrogante del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de General Roca,
Provincia de Río Negro, Secretaría Penal interinamente a cargo de la Dra. Rafaella Riccono, cita y emplaza a Elisa Hortensia Seguel, DNI
Nº 36.510.329, con último domicilio conocido en calle Formosa N 66, Barrio 70 Viviendas de la localidad de Cipolletti, Pcia. de Río Negro, a estar a derecho en estos autos caratulados:
Seguel, Elisa Hortensia s/ley estupefacientes, Expte. Nº 218/11, dentro de los diez 10 días de la publicación del presente a fin de prestar Declaración Indagatoria, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparecencia injustificada. Publíquese por cinco 5
días. Fdo. Dr. Guido Sebastian Otranto - Juez Federal Subrogante. Ante mi: Dra. Rafaella Riccono - Secretaria Federal.
General Roca, 2 de marzo de 2012.
e. 19/03/2012 Nº25154/12 v. 23/03/2012

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JUZGADO FEDERAL

SECRETARIA PENAL GENERAL ROCA - RIO NEGRO

El Dr. Guido Sebastián Otranto, Juez Subrogante del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría Penal a cargo de la Dra. Rafaella Riccono, cita y emplaza a Gustavo Jancovich, DNI N 16.131.872, con último domicilio real conocido en calle 9 de Julio N
15 de General Roca, Río Negro, a comparecer dicha sede judicial a fin de ser notificado del resolutorio recaído en autos caratulados Jancovich, Gustavo s/delito c/la fe pública, Expte. N
283/10, dentro de los tres 03 días de la publicación del presente, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparecencia injustificada. Publíquese por cinco 5 días. Fdo.
Dr. Guido Sebastián Otranto - Juez Federal Subrogante. Ante mí: Dra. Rafaella Riccono Secretaria Federal.
General Roca, 2 de marzo de 2012.
e. 19/03/2012 N 25183/12 v. 23/03/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
PARANA - ENTRE RIOS

Por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Lilia Graciela Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs.296 y vto, de la causa Nº 47/94 caratulada: Sanchiz Gerardo Rubén s/INFRAC. Ley 23737, que se tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Gerardo Rubén Sanchis DNI Nº16.879.848, argentino, comerciante, nacido en Santo Tomé, provincia de Santa Fe el 4 de noviembre de 1964, hijo de Rubén Domingo y de Elena Beatriz Bernal, con último domicilio en calle Almirante Brown Nº 2277 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fé; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: raná, 28 de febrero de 2012. Y Vistos Considerando Resuelve:
1.- Declarar la extinción de la pretensión punitiva para conocer del delito que le fuera imputado a Gerardo Rubén Sanchis en el requerimiento fiscal de fs.268/269 vta, por causa de su prescripción art. 59 inc 3º y 62 inc. 2º del C.P y en consecuencia sobreseer arts. 76 ter, 4to. párr.
del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N.
a Gerardo Rubén Sanchis DNI Nº 16.879.848, argentino, comerciante, nacido en Santo Tomé, provincia de Santa Fe el 4 de noviembre de 1964, hijo de Rubén Domingo y de Elena Beatriz Bernal, con último domicilio en calle Almirante Brown Nº 2277 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, por la supuesta comisión del delito previsto y reprimido por el 1º párrafo del art. 14 de la ley 23737 art. 336 inc 1º; 334 y 361 del C.P.P.N.. Regístrese, notifíquese a las partes y al procesado por intermedio del Boletín Oficial, ofíciese, cúmplase y en estado archíveseFdo. Lilia Graciela Carnero, Roberto López Arango, Noemí Marta Berros - Ante Mí: Beatriz María Zuqui Secretaria.
Valeria Iriso, secretaria subrogante.
e. 19/03/2012 Nº25191/12 v. 23/03/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ-ENTRE RIOS

Por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Lilia Graciela Carnero, se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 158 y vto, de la causa N 1477/06 caratulada Velásquez Carlos A. Uso Doc. Pco. Falso, que se tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Carlos Alberto Velásquez, sin apodos, D.N.I. N
20.368.816, de nacionalidad argentina, soltero,
BOLETIN OFICIAL Nº 32.364

nacido el 10 de marzo de 1969 en la ciudad de San Miguel, provincia de Buenos Aires, con estudios secundarios completos, empleado, hijo de Héctor Evaristo Velásquez y de Ana Carmen Ces, domiciliado en calle Iglesias N 1787 de la ciudad de José C. Paz, provincia de Buenos Aires; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: raná, 6 de Octubre de 2011. Y Vistos:
Considerando Resuelve: 1.- Declarar Extinguida la Acción Penal, y en consecuencia Sobreseer arts. 76 ter, 4to. párr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N. a Carlos Alberto Velásquez, sin apodos, D.N.I. n 20.368.816, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el 10 de marzo de 1969 en la ciudad de San Miguel, provincia de Buenos Aires, con estudios secundarios completos, empleado, hijo de Héctor Evaristo Velásquez y de Ana Carmen Ces, domiciliado en calle Iglesias N 1787 de la ciudad de José C. Paz, provincia de Buenos Aires, por el delito de uso de documento público falso art. 296 en relación con el art. 292 del Código Penal.- Regístrese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.- Se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de encontrarse vacante la vocalía art. 109 R.J.N.- Fdo.
Lilia Graciela Carnero, Presidente.- Roberto López Arango, Juez de Cámara. Ante Mi: Beatriz María Zuqui, Secretaria.
e. 19/03/2012 N 25194/12 v. 23/03/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Bautista Juan Ramón s/Infracción Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenar a Juan Ramón Bautista, de las demás calidades personales obrantes en autos a la pena única de cinco años y siete meses de prisión, comprensiva de: A La de cuatro años y seis meses de prisión y multa de pesos quinientos, por encontrarlo coautor responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y penado por el artículo 5 inciso C de la ley 23.737, en la presente causa. B La de un año, un mes y veinte días de prisión que le resta cumplir de la pena de cinco años de prisión impuesta por la Sala Segunda de la Cámara en lo Penal de la Provincia de Jujuy, en la causa 17/2010 de ese Tribunal, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Declarándolo reincidente artículo 50 y 58 del Código Penal. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
Segundo: Condenar a Marcela Paola Bautista, de las calidades, personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de pesos trescientos, por encontrarla coautora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y penado por el artículo 5 inciso C, de la ley 23.737. Con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12
del Código Penal, con costas.
Tercero: Computo de la pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, respecto de Juan Ramón Bautista, el día 10 de Julio de 2016 y respecto de Marcela Paola Bautista el día 10 de Junio de 2015 y diez días para ambos, para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal y el comiso del dinero secuestrado, como de las dos motos secuestradas en autos artículo 30 de la ley 23.737.
Quinto: Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 29 de Diciembre de 2011, a horas doce en la sede de este Tribunal artículo 400 del CPPN.
Sexto: Mandar que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante Mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/03/2012 N 23891/12 v. 28/03/2012

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Maturano Ortega, Yolanda s/Infracción Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenando a Yolanda Maturano Ortega, de las calidades personales mencionadas
35

más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos: doscientos veinticinco $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5 inciso c de la Ley 23.737, con costas.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 20 de enero del año dos mil quince, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Remitir a Yolanda Maturano Ortega al Servico Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que la nombrada ha solicitado la permanencia en el Centro Federal Penitenciario NOA, actual lugar de detención.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Yolanda Maturano Ortega, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Yolanda Maturano Ortega dispuesta a fs.
86/87 de autos.
Séptimo: Mandando que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. - René Vicente Casas, Juez de Cámara. Marta Liliana Snopek, Juez de Cámara. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/03/2012 N 23892/12 v. 28/03/2012

% 35 %

JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL TRIBUTARIO
N 1
El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N
1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart sito en la calle Sarmiento 1118, 3er.
piso de esta ciudad, tel.: 4124-7070 notifica a Pedro Angel Colombo D.N.I. N 12.968.490, que en la causa N 748/05 Int. 504, caratulada:
Colombo, Pedro Angel y otros contribuyente:
Coltarco S.A. sobre evasión tributaria simple se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 9 de febrero de 2012 Autos y Vistos
Y Considerando Resuelvo: I. Sobreseer a Pedro Angel Colombo por cuanto los hechos denunciados no constituyen delito arts. 334; 335;
336, inciso 3 y ss. del CPPN; 2º del CP; 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y el art. 15, ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos con la expresa mención de que la formación del presente proceso en nada afecta el buen nombre y honor de que hubiera gozado art. 336, in fine, del CPPN.
II. Disponer las costas en el orden causado art.
530 y 531 del CPPN, eximiendo a los sobreseídos de las comunes. Protocolícese y regístrese.
Notifíquese al agente Fiscal en su despacho y a la imputada mediante cédula urgente o telegrama, según corresponda. Oportunamente, devuélvase la documentación y archívese. Fdo.
Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Máximo Nicolás Díaz. Secretario.
Secretaría, 12 de marzo de 2012.
e. 20/03/2012 Nº25906/12 v. 26/03/2012

% 35 %
El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N
1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad, teléfonos: 4124-7070
notifica a Héctor Eduardo Gadano D.N.I. N
4.176.603, que en la causa N 1320/05 int. 427
caratulada: Gadano, Alfredo y otros contribuyente: Natural Life S.A. sobre infracción arts.
1, 2 inc. c y 4 de la ley 24769 y art. 4 de la ley 23771 s/incidente de prescripción de la acción penal el 29 de diciembre de 2011, se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 29
de diciembre de 2011. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I. Declarar extinguida la Acción Penal por Prescripción respecto de
Héctor Eduardo Gadano y, en consecuencia, sobreseer parcialmente a los nombrados en orden a la presunta comisión de los delitos previstos por los arts. 1º, 2º, inc. c, y 4º de la ley 24769, respecto de la contribuyente Natural Life S.A., por i el impuesto a las ganancias de los ejercicios 1994 a 1998 y 2000 a 2001, y ii el impuesto al valor agregado de los ejercicios 1994
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date23/03/2012

Page count44

Edition count9384

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/07/2024

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