Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 23 de marzo de 2012
a 1999 y 2001 arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 63 y 67 a contrario sensu del CP y 336 inc. 1º del CPPN. II. Extraer testimonios de las partes pertinentes y formar el incidente de suspensión de la acción penal Ley 26476 con relación al impuesto al valor agregado ejercicio comercial 2000. Fdo: Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Máximo Nicolás Díaz. Secretario.
Secretaría, 14 de marzo de 2012.
e. 20/03/2012 Nº25911/12 v. 26/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 1

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N
1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart sito en la calle Sarmiento 1118, 3er.
piso de esta ciudad-, tel.: 4124-7070 notifica a Patricia Joan Meier DNI N 6.030.979 y Martín Ernesto Facio DNI N 8.319.622, que en la causa N 1705/05 Int. 1275, caratulada: N.N.
-contribuyente: Calafate S.A.- sobre evasión tributaria simple se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 5 de marzo de 2012
Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I.
Sobreseer a Patricia Joan Meier y Martín Ernesto Facio, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por cuanto el hecho investigado no constituye delito arts. 334; 335; 336, inciso 3 del Código Procesal Penal de la Nación;
artículo 2 del Código Penal, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 15, ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos con expresa mención de que la sustanciación de este proceso en nada ha afectado el buen nombre y honor de que hubieran gozado. II. Disponer las Costas en el orden causado art. 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación, eximiendo a los sobreseídos de las comunes. Protocolícese. Regístrese. Notifíquese al agente Fiscal en su despacho y al resto de los interesados mediante cédula urgente.
Oportunamente, comuníquese, devuélvase la documentación a quien corresponda y archívese. Fdo. Javier López Biscayart. Juez. Ante mí:
Máximo Nicolás Díaz. Secretario.
Secretaría, 14 de marzo de 2012
e. 20/03/2012 Nº25913/12 v. 26/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 1

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N
1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart, sito en la calle Sarmiento 1118, 3er.
piso de esta ciudad, teléfono: 4124-7070 notifica a Omar Amador García D.N.I. 4.435.428, que en la causa N 766/2011 interno N 1744, caratulada Soleil Constructora S.A. sobre infracción ley 24769 se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 17 de febrero Autos y Vistos: Y Considerando Que, los autos se iniciaron a raíz de la denuncia efectuada por la Administración Federal de Ingresos Públicos contra los responsables de Soleil Constructora S.A. en orden a la posible comisión del delito previsto por el artículo 1º de la ley 24769 con relación al impuesto a las ganancias, periodo fiscal 2005 y al impuesto a las ganancias, ejercicio 2006, aunque en este caso la maniobra se vincula exclusivamente con la obligación emanada del art. 37 de la ley de ese tributo, por $ 125.100,76 y $ 350,700, respectivamente
Resuelvo: Declarar extinguida la Acción Penal, por prescripción, respecto de Omar Amador García y, en consecuencia, sobreseerlo en orden al hecho relativo al impuesto a las ganancias del periodo fiscal 2005 descripto por la consideración primera arts. 59, inc 3º, 62, inco 2º, 63 y 67 del C.P., 1º de la ley 24769 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación. II. Sobreseer a Omar Amador García, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por cuanto no constituye delito el restante hecho por el que medió requerimiento de instrucción arts.
334; 335; 336, inciso 3 y ss. del Código Procesal Penal de la Nación; 2 del Código Penal; 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y 15, ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con la expresa mención de que la formación del presente proceso en nada afecta el buen nombre y honor de que hubiera gozado con relación al hecho indicado art. 336, in fine del C.P.P.N. Firmado Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij.
Secretaria.
Secretaría, 13 de marzo de 2012.
e. 20/03/2012 Nº25898/12 v. 26/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO

N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118,
piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Martín Matías Rodríguez Arredondo D.N.I.
Nº 24.458.294 y Patricia María Rodríguez Arredondo D.N.I. Nº 27.860.976, lo resuelto con fecha 22 de febrero de 2012 en los autos Nº 744/2011 1335, caratulados: Avenida Juan Bautista Alberdi 6100 S.R.L. sobre Infracción Ley 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes:
Buenos Aires, 22 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve:
I. Sobreseer totalmente en la presente causa N 744/2011 1335 con relación a Martín Matías Rodríguez Arredondo y Patricia María Rodríguez Arredondo, cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a la supuesta evasión de pago de la suma de $ 205.547,38 en concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2009 períodos fiscales mensuales 4/2009 a 6/2009 al que se encontraría obligada la empresa Avenida Juan Bautista Alberdi 6100 S.R.L. arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532
del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez.
Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 20/03/2012 Nº25744/12 v. 26/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº 2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Héctor Horacio Harguindey D.N.I. Nº4.548.081 y Martín Bonadeo D.N.I.
Nº13.754.771, lo resuelto con fecha 7 de febrero de 2012 en los autos Nº1443/2011 1365
bis, caratulados: Cilene S.A. Fideicomiso Inmobiliario sobre Infracción Ley 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 7 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa N 1443/2011 1365 bis con relación a Héctor Horacio Harguindey y Martín Bonadeo, cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a la supuesta evasión de pago de la suma de $149.259,75
en concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2005 períodos fiscales 1/2005 a 12/2005 al que se encontraría obligada la empresa Cilene S.A.
Fideicomiso Inmobiliario arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts.
530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 20/03/2012 Nº25739/12 v. 26/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Mirta Norma Ruiz D.N.I. Nº 5.421.803
y Osvaldo Luis Parodi L.E. Nº 4.393.668, lo resuelto con fecha 24 de febrero de 2012 en los autos Nº 401/2009 1059, caratulados:
Elepar S.R.L. Sobre Infracción Ley 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 24 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa N 401/2009 1059 con relación a Mirta Norma Ruiz, Osvaldo Luis Parodi cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a las supuestas evasiones de pago de las sumas de $ 110.341,94 y $ 222.426,9 en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente a los ejercicios anuales 2006 y 2007, respectivamente, y de las sumas de $ 106.200,42, $174.925,56, $169.284,54 y $269.359,01 en concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondiente a los ejercicios anuales 2006 a 2009, ambos inclusive, respectivamente, a los cuales se encontraría obligada la contribuyente Elepar S.R.L. -arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532

BOLETIN OFICIAL Nº 32.364

del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez.
Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 22/03/2012 Nº27148/12 v. 28/03/2012

% 36 %

36

Buenos Aires, 15 de marzo de 2012.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 22/03/2012 Nº27162/12 v. 28/03/2012

% 36 %

JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL ECONOMICO

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Delia Carmen Assad D.N.I. Nº12.616.509, lo resuelto con fecha 16 de febrero de 2012 en los autos Nº496/2009 1069, caratulados: Granos y Semillas S.R.L. Sobre infracción ley 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 16 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando
Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa N 496/2009 1069 con relación a
Delia Carmen Assad, cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a las supuestas evasiones de pago de las sumas de $358.616,64 y de $172.756,14 en concepto de Impuesto a las Ganancias y de Impuesto al Valor Agregado períodos fiscales mensuales 3/2003
a 7/2003, respectivamente, y correspondientes al ejercicio anual 2003, a las que se encontraría obligada la contribuyente Granos y Semillas S.R.L. -arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.-.
II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art.
336 último párrafo del C.P.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Buenos Aires, 15 de marzo de 2012.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 22/03/2012 Nº27150/12 v. 28/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº 2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Pablo Victorio Generoso D.N.I.
Nº 20.340.409, lo resuelto con fecha 13 de febrero de 2012 en los autos Nº 1215/2010
1236, caratulados: Maderas Exóticas S.A.
sobre Infracción Ley 24.769 lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 13 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa N 1215/2010 1236 con relación a Pablo Victorio Generoso cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a la supuesta evasión de pago de la suma de $188.127,7 en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio anual 2006 al que se encontraría obligada la empresa Maderas Exóticas S.A. arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art.
336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin Costas arts. 530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Diego García Berro. Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 20/03/2012 Nº25736/12 v. 26/03/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Daniel David Valenzuela D.N.I. Nº18.234.098, lo dispuesto con fecha 14 de marzo de 2012
en los autos Nº1258/2007 820, caratulados:
Valenzuela Daniel David; Master Moto S.A.
sobre infracción ley 24.769 lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes:
Buenos Aires, 14 de marzo de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve:
I. Sobreseer totalmente en la presente causa N 1258/2007 820 con relación a Daniel David Valenzuela cuyas demás condiciones personales obran en autos, con respecto a la supuesta evasión de pago de la suma de $ 106.581,67 en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2005 al que se encontraría obligada la empresa Master Moto S.A. -arts. 334, 335 y 336 inc.
3º, del C.P.P.N.-. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubiere gozado el nombrado en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin costas arts. 530, 531 y 532
del C.P.P.N. Fdo. Diego García Berro. Juez.
Ante Mí: Patricia Roxana Mieres.

N 3
Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael Francisco Caputo, Secretaría Nº 5, en la causa Nº 2065/11 caratulada: Kunz, Matías Julián s/inf. art. 302 se notifique a Matías Julián Kunz que con fecha 13
de febrero de 2012 se resolvió: I Sobreseer en la presente causa Nº2065/11 y respecto de Matías Julián Kunz con la declaración de que el proceso no afecta el buen nombre y honor del que gozare el imputado Fdo. Dr. Rafael Francisco Caputo, Juez. Ante Mí: Dra. Sandra Viviana Goñi, Secretaria.
Buenos aires, 13 de marzo de 2012.
e. 21/03/2012 Nº26467/12 v. 27/03/2012

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Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Secretaría Nº5, en causa Nº743/2010, caratulada: Tentak S.A. s/contrabando se dispuso con fecha 8 de marzo de 2012: 4º Sin perjuicio de lo dispuesto por el punto 3º, no habiendo comparecido Adriana Taborda, cítesela a que comparezca al Juzgado, dentro del tercer 3 día de notificada, a prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de declarar su rebeldía. En consecuencia, líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de que se publiquen edictos por el término de cinco 5
días Art. 150 del C.P.P.N Fdo. Rafael Caputo.
Juez. Ante Mi: Sandra Goñi. Secretaria
Buenos Aires, 8 de marzo de 2012.
e. 21/03/2012 Nº26457/12 v. 27/03/2012

% 36 %
Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3, a cargo del Dr. Rafael F. Caputo, Secretaría Contratada, a cargo de Rosana V. Berlingieri, en el legajo Nº8 Actuaciones por separado formadas en el marco de la Causa Southernwinds S.A.
s/Inf. Ley 24.769 - Desprendimiento de la causa Nº1831/00, caratulada Viazzo, Roberto Gustavo y otros sobre infracción ley 24.769, notifica a Claudio Cavour lo siguiente: nos Aires 8 de marzo de 2012: Autos y Vistos: Y Considerando: Se resuelve: I Sobreseer respecto de Claudio Cavour en orden a la situación fáctica descripta por la consideración 1º de la presente resolución, con expresa declaración de que la formación del presente legajo no ha afectado el buen nombre ni el honor del que gozaren los nombrados arts. 334, 335, 336 inciso 3º y último párrafo, y 337 del C.P.P.N, II Extraer copias confrontadas de las partes pertinentes, como así también de la presente resolución, y remitirlas a la Dirección de Planificación Penal dependiente de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de la A.F.I.P.-D.G.I. mediante oficio de estilo, a los efectos de que se investigue la posible configuración de alguna infracción tributaria, con relación a los hechos descriptos por la presente
Fdo: Rafael Caputo. Juez Nacional. Ante Mi: Rosana V. Berlingieri. Secretaria..
Buenos Aires, 12 de marzo de 2012.
Rosana V. Berlingieri, secretaria.
e. 21/03/2012 Nº26470/12 v. 27/03/2012

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Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3, a cargo del Dr. Rafael F. Caputo, Secretaría Contratada, a cargo de M. Belén Penas Rubio, en el legajo Nº 85 Asociación Cooperativa Argentina S.A. s/Inf. Ley 24.769 - Desprendimiento de la causa Nº 1831/00, caratulada Viazzo, Roberto Gustavo y otros sobre infracción ley 24.769, notifica a María Laura Caballero y Orindo Antonio Riorda lo siguiente: nos Aires 24
de noviembre de 2011: Autos y Vistos: Y Considerando: Se resuelve: I Sobreseer en la presente causa Nº85 a Orindo Antonio Riorda María Laura Caballero con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente, con la expresa mención de que la formación del presente legajo no ha afectado el buen nombre ni el honor del que los nombrados gozaren arts. 334, 335, 336 inciso 3º y último párrafo, y 337 del C.P.P.N II Extraer copias confrontada de las constancias de fs.740/749 y 2186/2226 de la presente, y remitirlas a la A.F.I.P.
mediante oficio de estilo, a los efectos de que se investigue la presunta configuración de alguna JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N 3

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N 3

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date23/03/2012

Page count44

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition15/07/2024

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