Boletín Oficial de la República Argentina del 06/10/2011 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 6 de octubre de 2011
DNI 27312221 con domicilio en Bdo. Irigoyen 1136 - CABA - Vende y Transfiere A Micaela Cynthia Lorenzo Cacheiro, DNI 27939410 con domicilio en Mamberti 1165 - Lanus - Bs. As., el fondo de comercio sito en Bernardo de Irigoyen No. 1136 piso 1 y 2 - EP - azotea, rubro Hotel Sin servicio de Comida denominado Hotel Carlos V, Libre de todo Pasivo y gravamen. Reclamos de Ley en mi oficina.
e. 30/09/2011 N 124640/11 v. 06/10/2011

% 59 %
Consultora Inmobiliaria y Emprendimientos Comerciales SRL, representada en este acto por Corredor Inmobiliario Antonio Carella Matrícula 4782 Tomo 1 Folio 179, CUCICBA con oficina en Montevideo 666 2º 201 CABA, avisa que Haydeé Mabel Amores, domiciliad en Francisco Acuña de Figueroa Nº759 Piso 8º Dpto. 3, C.A.B.A, vende libre de toda deuda un fondo de comercio del rubro Locutorio, sito en Junín Nº1089, CABA, a Walter Ariel Sanabria, domiciliado Falucho Nº1227 Burzaco. Reclamos de ley y domicilio de partes en mi oficina.
e. 05/10/2011 Nº127197/11 v. 12/10/2011

2.3. AVISOS COMERCIALES
ANTERIORES
% 59 %

A

11 DE SEPTIEMBRE 2541 S.A.
Asamblea Extraordinaria del 23/11/10, se resuelve la reducción del Capital original de $2.700.000,- a $ 50.000,-; reintegro a accionistas $2.650.000,-, devolución en dinero efectivo así: Antonio Andrés Latella, DNI 241123869, $ 1.606.954,-; Matías Iván Gaivironsky, DNI
25216887, $ 100.435,-; Martín Alberto Tomas, DNI 23372280, $100.435,-; Jonathan Ariel Gleizer, DNI 26621300, $ 191.404,-; Ricardo Daniel Gore, DNI 21469223, $ 267.965,-; Nicolás Diego Schnaider, DNI 21003592, $ 267.965,-;
Sebastián Diego Gaivironsky, DNI 23328436, $ 114.842,-; la publicidad es a los efectos del derecho de oposición a los acreedores sociales;
sede: Viamonte 1481, Piso 4º Departamento B, Caba; inscripta en I.G.J. con fecha 22/1/2007, bajo número 1279 Libro 34 tomo de Sociedades por Acciones; Activo anterior $ 2.598.476,79
Pasivo anterior $ 780.973,64 Activo posterior $51.523,21 Pasivo posterior $780.973,64
Patrimonio Neto anterior $4.467.503,15 Patrimonio Neto posterior $1.817.503,15; autorizado por Asamblea del 23/11/10.
Contador - Rafael Salave e. 05/10/2011 Nº127067/11 v. 07/10/2011

% 59 %

Z

ZAGREB S.A.
Escisión De conformidad con lo establecido por el art. 88 inc. 4º de, la Ley 19.550, se hace saber que Zagreb S.A., con sede social en calle Suipacha 1087, 1ero. B, de C.A.B.A., inscripta en la I. G. J. el 25/4/75, al Nro. 948, Folio 99, Libro 83, Tomo A, de S.A., por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 27/09/2011, aprobó su escisión, destinando parte de su patrimonio a constituir una nueva sociedad. Sociedad Escindente: Zagreb S.A.
Valuación al 30/06/11, previo a la escisión: Activo: $19.943.951,96, Pasivo $1.244.995,68, y Patrimonio Neto $18.698.956,28, que destina la sociedad escisionaria Estancia Santa Clara de Tordillo S.A. con sede social en Arenales 1242
8vo. B, C.A.B.A.; Activo $ 9.349.478,14; Pasivo $ 0.-, Patrimonio Neto $ 9.349.478,14. Los acreedores podrán ejercer el derecho de oposición en el domicilio a la Av. Corrientes 587, 4to.
piso, Escribanía Gowland, de la Ciudad Autónoma de Bs. As., dentro de los 15 días a contar desde la última publicación del presente.
Presidente del Directorio Marcos Juan Janton Certificación emitida por: Eduardo G. Gowland h. NºRegistro: 94. NºMatrícula: 3252. Fecha:
29/09/2011. NºActa: 048. NºLibro: 126.
e. 05/10/2011 Nº127059/11 v. 07/10/2011

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL NRO. 6
SECRETARIA NRO. 12
El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N 6, Dr. Rodolfo Canicoba Corral, Secretaría N 12, a cargo del Dr. Sergio A. Echegaray, cita y emplaza por intermedio del presente a Alvear Rogerio Pereira, lo dispuesto en la causa que lleva el nro.
567/2.011, caratulada Alvear Rogerio Pereira s/falsificación documentos públicos: nos Aires, 16 de septiembre de 2.011.- cítese a Alvear Rogerio Pereira por edicto, quién deberá presentarse por ante estos estrados en el plazo de cinco 5 días a contar desde su publicación, a fin de prestar declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del C.P.P.N., ello bajo el apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparecencia injustificada Fdo.
Rodolfo Canicoba Corral, Juez Federal. Ante mí:
Sergio A. Echegaray, Secretario Federal.
e. 03/10/2011 N 124645/11 v. 07/10/2011

JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL TRIBUTARIO
N 1

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro.
1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad, teléfonos: 4124-7070
notifica a Luis Ernesto Vera Arenas D.N.I. nro.
92.009.728 y a Lidia Marta Vargas D.N.I. nro.
11.191.575, que en la causa nro. 1392/07 int.
1004 caratulada Vera Arenas, Luis Ernesto;
Vargas, Lidia Marta contribuyente: Cullera Express S.A. sobre evasión tributaria simple el 19 de septiembre de 2011, se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 19 de septiembre de 2011. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I. Librar Orden de Paradero respecto de Luis Ernesto Vera Arenas y Lidia Marta Vargas. II. Prohibir la Salida del País de Luis Ernesto Vera Arenas y Lidia Marta Vargas.
Regístrese y protocolícese. Notifíquese al agente Fiscal en su despacho, y al imputado mediante edictos Fdo: Javier López Biscayart. Juez.
Ante Mí: Máximo Nicolás Díaz. Secretario.
Secretaría, 21 de septiembre de 2011.
e. 30/09/2011 N 123891/11 v. 06/10/2011


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO

N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N
2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3 de la ciudad de Buenos Aires, notifica al señor Fernando Der DNI N 8.432.997, lo resuelto con fechas 5/9/2011 y 21/9/2011 en el marco de los autos N 1.350/2010 1242 caratulados Maco Transportadora de Caudales S.A. sobre Infracción Ley 24.769, lo que a continuación se transcribirá, respectivamente, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 5 de septiembre de 2011. Autos y Vistos: Y considerando: Se Resuelve: I. Sobreseer Totalmente en las presentes actuaciones con respecto a Fernando Der, en orden a los hechos recordados por la consideración 1 arts. 334, 335 y 336 inc.
3, del C.P.P.N.. II. Declarar que la formación de este proceso, con relación a los hechos indicados por la consideración 1, no afectó el buen nombre y honor del que hubieren gozado los nombrados art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin Costas arts. 530 y ccdtes. del C.P.P.N.. Fdo. Diego García Berro. Juez. Ante Mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria. Asimismo, se notifica a Fernando Der que los hechos
BOLETIN OFICIAL Nº 32.250

relatados por la consideración 1 de la citada resolución consisten en la supuesta evasión del pago, por parte de los responsables de Maco Transportadora de Caudales S.A., de las contribuciones correspondientes al Régimen Nacional de la Seguridad Social, por los períodos fiscales 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009, 07/2009, 08/2009, 09/2009, 10/2009, 11/2009, 12/2009 y 01/2010, por montos superiores a cien mil pesos por cada uno de aquellos períodos. Buenos Aires, 21 de septiembre de 2011. 1. Por recibido el escrito presentado por el Dr. Ricardo Horacio Negrete, letrado apoderado de la Administración Federal de Ingresos Públicos de la A.F.I.P., con el patrocinio letrado de la Dra. Cintia Erica Vázquez, agréguese. En atención a que el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 5/9/2011, fue presentado en legal tiempo y forma, concédeselo sin efecto suspensivo conf. fs. 289vta. y arts. 337, 449 y 450 del C.P.P.N., confr. Ley N 26.374. 2. notifíquese a Fernando Der, mediante edictos a publicar en el Boletín Oficial, por el término de cinco días, el resolutorio de fs. 285/287, el punto 1 que antecede, como así también que dentro del tercer día a contar desde la última publicación deberá designar defensor de su confianza, caso contrario, se le designará al Defensor Oficial ante los Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario, Dr.
Hernán De Llano, y se tendrá por constituido su domicilio procesal en la sede de la Defensoría Oficial, sita en la calle Suipacha N 570, piso 5, de esta ciudad art. 150 del C.P.P.N.. A tal fin, líbrese oficio. Fdo. Diego García Berro. Juez.
Ante Mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2011.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 30/09/2011 N 124086/11 v. 06/10/2011

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONOMICO NRO. 3
Juzgado Nacional en lo Penal Económico N
3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Secretaría N
5, a mi cargo en la causa N 1.884/10 caratulada: Morales Quispe Alicia s/contrabando de estupefacientes se dispuso con fecha 26 de setiembre de 2011: nos Aires, 26 de setiembre de 2011 Atento al resultado negativo de las diferentes constataciones ordenadas tanto en las presentes actuaciones fs. 28, 40/41, 45, 66, 85, 90, 103 y 133/149 como en la causa N 1094/10, ver fs. 165 pto 3 y encontrándose reunidos los extremos exigidos por el art. 294
del C.P.P.N. respecto de Alicia Morales Quispe y de la situación fáctica investigada en autos, cítesela a que comparezca al Juzgado, dentro del tercer 3 día de notificada, a prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de declarar su rebeldía y ordenar su inmediata captura. En consecuencia, líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de que se publiquen edictos en aquel boletín por el término de cinco 5 días art. 150 del C.P.P.N..
Acompáñese con cédula de notificación Fdo.
Rafael Caputo. Juez Nacional. Ante mi: Sandra Viviana Goñi. Secretaria
Buenos Aires, 26 de setiembre de 2011.
e. 05/10/2011 N 126563/11 v. 12/10/2011


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3 SECRETARÍA NRO. 6 -

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N
3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Secretaría N 6
a cargo de la Dra. Mirtha Lilián Campos Tula notifica a José Luis García D.N.I. N 12.633.310, que en el marco de la causa N 1646/04 1526
caratulada: Cortés Oscar Rolando; García José Luis s/inf. art. 302 C.P., con fecha 15/07/11 se dispuso Con relación a la situación procesal de Oscar Rolando Cortés en el marco de la presente causa N 1646/04 1526 este juzgado consideró necesario decidir respecto de aquella situación procesal, en este momento, pues recién ahora se recibió declaración indagatoria al nombrado por la totalidad de la situación fáctica investigada en estos autos. En efecto, a fs. 637/642, se dictó auto de falta de mérito respecto de Oscar Rolando Cortés y José Luis García con relación a la obtención y puesta en circulación de los cheques Nos. 64537389 del Banco Citibank, 34691007 del Banco Río, N
50862733 del Banco Galicia y N 04803330 del Banco Entre Ríos S.A. Por aquella resolución se hizo referencia a la necesidad de certificar las causas que se hubieran formado como desprendimientos de la causa N 230/02 del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N 8, pues podía ser de utilidad para definir eventuales
59

supuestos de conexidad subjetiva entre todas aquéllas y determinar, eventualmente, el juzgado que debía intervenir en la totalidad de los legajos conexos ver considerandos 16 y 17 del Reg. N 27/2007, fs. 637/642. En aquel marco, con fecha 27 de setiembre de 2010, este juzgado aceptó la competencia atribuida para seguir entendiendo en las causas Nos. 1641/04
6170, 13.040, 1653/04, 2.461, 1651/04, 1629/04, 5870 1636/04, 10845 1640/04, 12181 1645/04 y 12.180 1635/04 y se procedió a la acumulación de aquéllas causas a la presente causa N 1646/04 ver Reg. N
299/2010, fs. 3129/3137. Posteriormente, se citó a Oscar Rolando Cortés y José Luis García a prestar declaración indagatoria en carácter ampliatorio, por los restantes cheques por los que, oportunamente, los nombrados no habían sido indagados ver Reg. N 299/2010, punto III, de fs. 3129/3137. Es decir, recién con fecha 29 de noviembre de 2010 se pudo tener por indagado a Oscar Rolando Cortés por la totalidad de las situaciones fácticas que se le imputaron en la presente causa N 1646/04 con motivo de la acumulación de los distintos desprendimientos de la causa N 230/02 del juzgado N 8
del fuero ver fs. 3156/3157. Por lo expuesto, a partir de la recepción de la declaración indagatoria de Cortés señalada por el párrafo anterior, este juzgado se encontró en condiciones de resolver la situación procesal del nombrado, efectuando un análisis en forma conjunta de todas las situaciones fácticas investigadas.
Si bien aquella situación se resolverá recién en este momento, aquella espera se debió a que este juzgado consideró prudente recibir la declaración indagatoria de José Luis García por la totalidad de las imputaciones investigadas por resultar conveniente a las resultas procesales tomar una decisión en forma conjunta para ambos imputados involucrados en la misma situación fáctica. Ahora bien, García, en principio, no pudo ser ubicado y en consecuencia, aquella declaración indagatoria, al día de la fecha no pudo ser recepcionada ver fs. 3137 punto III, 3158, 3166 y 3171. Por lo expuesto, este juzgado considera necesario ante la momentánea imposibilidad de indagar a García y por haber sido ahora sí indagado Cortés en forma completa, decidir en este momento, la situación procesal de Oscar Rolando Cortés, por aquella situación fáctica por la cual el nombrado fue indagado a fs. 3156/3157. Notifíquese Fdo: Rafael Caputo. Juez. Ante mi: Mirtha Lilián Campos Tula. Asimismo, en aquella misma fecha 15/07/11 este juzgado resolvió: I
Declarar la Falta de Mérito para dictar auto de procesamiento o auto de sobreseimiento con relación a Oscar Rolando Cortés con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1 de la presente, sin perjuicio de continuar con la investigación art. 309 del C.P.P.N.. II
Practicar peritaje caligráfico, mediante la Oficina del Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales en los términos del considerando 11 de la presente. A aquel fin, se tomarán como indubitable las firmas y grafías obrantes a fs. 622/624, 3156/3157 y el cuerpo de escritura de fs. 624
y vta. Comuníquese la Actuaría, vía telefónica, con el Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales, a efectos de que se proceda a designar un perito de la especialidad para realizar el peritaje caligráfico ordenado. Hágase saber que el peritaje caligráfico deberá realizarse dentro del plazo de diez 10 días, de recibida la causa en la oficina del cuerpo pericial Fdo: Rafael Caputo.
Juez. Ante mi: Mirtha Lilián Campos Tula. Por otra parte, con fecha 13 de septiembre de 2011
se dispuso: 2 En atención a lo informado a fs. 3210/3212 y 3213/3214, cítese nuevamente a prestar declaración indagatoria a José Luis García en la audiencia que se le señala para el día 28/10/2011, a las 10:30 hs., bajo apercibimiento en caso de ausencia injustificada de ordenar la rebeldía y captura del nombrado.
Asimismo, notifíquense a aquellos domicilios lo resuelto a fs.3181/3181 vta. y 3188/3193 A tal fin, líbrense télex ver fs. 3211/3212 y 3213/3214 y 3220 3 Sin perjuicio de lo ordenado por el punto que antecede, notifíquese por edictos a José Luis García C.I N 8.256.520 y D.N.I. N 12.633.310
lo resuelto a fs. 3181/3181 vta. y a fs. 3188/3193
y lo ordenado por el punto que antecede. A tal fin, líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de que se publiquen edictos por el término de cinco 5 días art. 150 del C.P.P.N.. Líbrese oficio y cédula a diligenciar en el día de su recepción. Fdo: Rafael Caputo. Juez. Ante mi: Mirtha Lilián Campos Tula.
Secretaria. Publíquese por cinco 5 días.
Buenos Aires, a los catorce días del mes de septiembre de 2011.
Mirtha Lilian Campos Tula, secretaria.
e. 05/10/2011 N 126552/11 v. 12/10/2011

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/10/2011 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date06/10/2011

Page count68

Edition count9387

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/07/2024

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