Boletín Oficial de la República Argentina del 07/12/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.315 - Primera Sección
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Jueves 7 de diciembre de 2023

y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nº. 19.331, 20.321, 20.337, el Decreto N.º 420/96, sus modificatorios y complementarios.
Que el Decreto N721/00 establece entre las funciones y atribuciones del Directorio, la de evaluar periódicamente el cumplimiento de los planes en ejecución, así como las funciones ordinarias que el Organismo desarrolle, proponiendo las correcciones y adaptaciones que estime necesarias para un mejor cumplimiento de los objetivos del Instituto.
Que la Ley N 25.188 establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública cualquiera sea su nivel, jerarquía, modo de ingreso y/o retribución.
Que mediante Resolución N.º 1860/2019 este Instituto Nacional aprobó su primer Código de Ética.
Que mediante la Resolución N. 3404/2022 se creó el Programa de integridad y Transparencia del INAES y se aprobaron sus objetivos a los efectos de promover el uso de buenas prácticas y una cultura de transparencia e integridad en el ámbito del Instituto.
Que por Resolución INAES N.º 1302/2023 se dejó sin efecto el Código aprobado en 2019 y se aprobó uno nuevo con adecuación a la normativa vigente y al Programa de Integridad y Transparencia.
Que por Nota NºIF-2023-136404390-APN-MGESYAINAES, la Asociación Trabajadores del Estado ATE solicitó clarificar algunos puntos relativos a las competencias de la Unidad de Integridad y Transparencia del INAES en la puesta en práctica del Código y a la protección de la privacidad de los trabajadores y trabajadoras del organismo.
Que, asimismo, durante los primeros meses de implementación del Código y sus Cartas de Adhesión, se detectaron errores involuntarios en la redacción del texto.
Que por lo expuesto, resulta oportuno reemplazar el IF-2023-31285039-APN-PIINAES, aprobado por Resolución INAES N 1302/2023, por un texto que contemple las solicitudes de la asociación gremial y corrija los errores formales, a los fines de optimizar las buenas prácticas en materia de integridad y transparencia dentro de este Instituto Nacional.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N19.331, N20.321 y N20.337, el Decreto N721/00
y la Decisión Administrativa N1302/2022, ELDIRECTORIO DELINSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Sustitúyese el texto del Código de Ética del INAES aprobado por Resolución N.º RESFC-2023-1302APN-DIINAES e identificado como IF-2023-31285039-APN-PIINAES por el Anexo identificado como IF-2023142906799-APN-PIINAES.
ARTÍCULO 2. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 07/12/2023 N100242/23 v. 07/12/2023

INSTITUTO NACIONAL DECINE YARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1933/2023
RESOL-2023-1933-APN-INCAAMC

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2023
VISTO el EX-2022-56613081--APN-GCYCGINCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, la Ley N17.741 t.o. 2001 y sus modificatorias, los Decretos N1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N178 de fecha 3 de abril de 2023, y las Resoluciones INCAA Nº749-E de fecha 4 de julio de 2022, Nº818-E
de fecha 14 de julio de 2022, N1722-E de fecha 28 de diciembre de 2022 y N1356-E de fecha 11 de septiembre de 2023,y;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/12/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date07/12/2023

Page count316

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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