Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2020 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.460 - Primera Sección
67

Jueves 27 de agosto de 2020

ARTICULO 10º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO.
ARTICULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci e. 27/08/2020 N34733/20 v. 27/08/2020

MINISTERIO DEAMBIENTE YDESARROLLO SOSTENIBLE

SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL EINTERINSTITUCIONAL
Disposición 2/2020
DI-2020-2-APN-SSIEIMAD
Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-36846749-APN-DRIMAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE, la Disposición N1/2020 DI-2020-1-APN-SSIEIMAD,y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N200 de fecha 10 de junio de 2020 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, se creó el Plan Integral Casa Común en base a los preceptos de la Carta Encíclica Laudato si del Santo Padre Francisco, sobre el cuidado de la Casa Común.
Que el Plan Integral Casa Común tiene como objetivo articular acciones, actores públicos, privados y de la sociedad civil, temáticas y necesidades que conlleven a alcanzar una ciudad sostenible.
Que Casa Común comprende, entre otros programas, el PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JÓVENES Y
ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA, cuya implementación y ejecución está a cargo de la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL del MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que el programa referido tiene como finalidad generar espacios de participación ciudadana especialmente orientados a la población joven, para contribuir al fortalecimiento de la capacidad local en conocimiento y promoción en materia ambiental, acompañando el desarrollo de proyectos socios ambientales por parte de organizaciones de la sociedad civil, a través de apoyo académico y técnico.
Que asimismo tiene como objetivos, capacitar a jóvenes de entre 18 y 24 años como promotores ambientales con un concepto holístico de Desarrollo Sostenible; y sensibilizarlos sobre diversos temas ambientales para impulsar su inserción laboral en el campo del empleo verde, específicamente en la promoción ambiental de programas de entidades gubernamentales, organizaciones civiles y cooperativas.
Que de conformidad a la norma citada, la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL
tiene a su cargo instrumentar la convocatoria nacional de participación de organizaciones de la sociedad civil, a fin de desarrollar lineamientos estratégicos de anclaje territorial basados en la participación y la educación ciudadana con perspectiva ambiental; la entrega de Kits para los proyectos seleccionados; y la sensibilización y capacitación sobre prácticas de producción de huertas con técnicas agroecológicas, suburbanas, urbanas o rurales, buenas prácticas de la gestión de residuos y las oportunidades de la valorización de los mismos, técnicas de producción y consumo de energía renovable a escala domiciliaria y/o comunitaria y sobre biodiversidad nativa.
Que en virtud a ello, mediante Disposición DI-2020-1-APN-SSIEIMAD de fecha 24 de julio de 2020 de la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL, publicado el 28 de julio del corriente en el Boletín Oficial de la República Argentina, se implementó el PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JÓVENES Y
ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA, de conformidad a los lineamientos contenidos en su ANEXO I.
Que por el artículo 2 de la citada Disposición, se convocó a las organizaciones sin fines de lucro y cooperativas de todo el territorio nacional, para participar del mencionado PROGRAMA DE INVOLUCRAMIENTO DE JÓVENES
Y ADOLESCENTES AL DESARROLLO SOSTENIBLE HACIENDO LÍO POR NUESTRA TIERRA, por el término de TREINTA 30 días corridos contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Que a través de las áreas específicas correspondientes, la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E
INTERINSTITUCIONAL, debe aprobar la convocatoria nacional de participación de organizaciones de la sociedad civil, sus resultados, la asignación de los beneficios a los destinatarios y los contenidos y las herramientas para realizar las capacitaciones.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2020 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date27/08/2020

Page count84

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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