Boletín Oficial de la República Argentina del 03/06/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 3 de junio de 2015

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA

BOLETIN OFICIAL Nº 33.142

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BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de cinco 5 días hábiles bancarios al señor HORACIO ALVARELLOS D.N.I. N14.825.930 para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N100.496/12, Sumario N6093, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N480/95, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.

El Banco Central de la República Argentina cite y emplaza por el término de 10
diez días hábiles bancarios al señor MARCELO IVAN FERNANDEZ ZAMBRANA D.N.I.
N33.875.901 para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N101.402/11 Sumario N5909, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N 480/95, bajo apercibimiento de declararle su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 01/06/2015 N70051/15 v. 05/06/2015

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA

MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 01/06/2015 N70072/15 v. 05/06/2015

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, notifica a la señora GISELA ALDANA LORENZO
D.N.I. N24.822.734 que en los autos que tramitan bajo Sumario 5421, Expediente N2.309/03, caratulado, JOSE ALFREDO SANTANGELO Y OTRO se ha dictado la Resolución que en su parte pertinente dice: Buenos Aires, 12-01-2015. VISTO: SE RESUELVE: I.- Intimar a la señora GISELA
ALDANA LORENZO D.N.I. N24.822.734, mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial para que en el término de 3 días de notificada, constituya domicilio en el radio de Capital Federal, bajo apercimiento de tenerla por constituido en esta dependencia. II.- Notificar la apertura a prueba del presente sumario a la señora GISELA ALDANA LORENZO D.N.I. N24.822.734, mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial. III.-

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de cinco 5
días hábiles bancarios al señor Horacio Honorio Fernández Palacio D.N.I. N 14.568.606
para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N100.147/14, Sumario N5989, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N480/95, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.

Publíquese por el plazo de 3 días hábiles bancarios en el Boletín Oficial.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 01/06/2015 N70055/15 v. 03/06/2015

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO

e. 01/06/2015 N70076/15 v. 05/06/2015

CÁMARA FEDERAL DELA SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA GENERAL
Resolución de Cámara 29/2015
Bs. As., 8/5/2015

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de cinco 5 días hábiles bancarios a la señora MARIA LAURA SCIAN D.N.I. N28.170.365 y ANA PAULA SCIAN
D.N.I. N31.259.190 para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N100.456/09, Sumario N6108, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N480/95, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 01/06/2015 N70058/15 v. 05/06/2015

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios al señor Gustavo Adolfo CONTRERAS D.N.I. N18.405.196 para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N101.015/09, Sumario N6021, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N480/95, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 01/06/2015 N70061/15 v. 05/06/2015

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cite y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios al señor ALASSANE GAYE Pasaporte de la República de Singapur NE0632691K
para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N100.726/10
Sumario N6005, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N19.359 t.o. por Decreto N480/95, bajo apercibimiento de declararle su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 01/06/2015 N70066/15 v. 05/06/2015

VISTO Y CONSIDERANDO:
El dictado de las Acordadas Nros. 31/2011, 14/2013, 15/2013, 24/2013, 38/2013, 7/2014, 3/2015, 12/2015 y 13/2015 del Alto Tribunal, la implementación del Sistema de Gestión Lex 100 y la incorporación de este Fuero Federal a dicho sistema, hacen necesario el dictado de una reglamentación ordenatoria, teniendo en cuenta las particulares características del Fuero y para la mejor y más efectiva operatividad en su aplicación y puesta en marcha;
1.- Que de acuerdo con la implementación del Sistema de Gestión Lex 100 y lo dispuesto en la Acordada Nº13/2015 de la C.S.J.N. los Juzgados de Primera Instancia procederán a la asignación automática de Sala, a la impresión y agregación de la nueva carátula para la causa. A su vez, al momento de proceder a la elevación de los expedientes en los cuales se hayan concedido los recursos, los datos imprescindibles correctamente cargados quedan registrados y disponibles en el sistema informático, razón por la cual se suprime la impresión y anexión de la planilla de elevación en soporte papel;
2.- Que a partir del dictado de la acordada referida, el ingreso de las causas web tiene carácter obligatorio, con excepción de aquellas que ya ingresen mediante el sistema SIRAEF, que continúa vigente. Cabe aclarar, que para el ingreso de causas del objeto 11 Reajustes Varios debe incluirse la totalidad de las leyes aplicables del Anexo 1, que forma parte de la presente. Sin perjuicio de ello, sólo por vía de excepción, y en defensa del derecho fundamental de acceso a la Justicia, la Mesa General de Entradas podrá recibir demandas para su sorteo únicamente cuando se verifique que el sistema hubiere imposibilitado su acceso, circunstancia que se acreditará fehacientemente mediante un informe del sector técnico respectivo. En caso contrario, de no reunirse los requisitos de excepción, el funcionario a cargo de tal dependencia podrá devolver la causa al interesado mediante despacho simple, sin más trámite. La presentación que así se desestime no quedará registrada en el soporte informático, con la finalidad de no producir efecto alguno al momento de iniciar las eventuales posteriores causas vía web, y sin causar estado el cargo de recepción impuesto.
La mecánica de recepción, armado del expediente físico y rehabilitación de la causa en su caso, e impresión de las planillas de remisión y envío a cada Juzgado, se mantendrán en el ámbito de la Secretaría General de la Cámara;
Que con miras a la completa implementación del ingreso de causas vía web obligatorio, se prevé el dictado de futuras directivas vinculadas al ingreso de presentaciones directas ante la Cámara arts. 49 de la ley Nº24.241, 46 de la ley Nº24.557 y 15 de la ley Nº18.820, las que hasta que ello no ocurra continuarán ingresando como hasta la fecha;
3.- Que teniendo en cuenta lo dispuesto por el Alto Tribunal en materia de obligatoriedad de constitución de domicilio electrónico Acordadas Nros. 31/2011, 38/2013, 7/2014, 3/2015 y respecto del domicilio electrónico universal dispuesto en la Ac. Nº13/2015 de la C.S.J.N., corresponde realizar una interpretación armónica que no desvirtúe el fin perseguido en dichas disposiciones.
Ello así, pues interpretaciones aisladas conllevarían a la presentación inminente de escritos constituyendo domicilio electrónico para cada una de las causas donde los letrados ejercen su representación, que alcanzaría un total de casi 100.000 causas iniciadas en Primera Instancia desde el primer día de abril de 2014 más una cantidad similar de recursos ante la Alzada desde el 18 de noviembre de 2013, que implicaría un total de 400.000 escritos. Semejante impacto había sido previsto por esta Cámara en la petición que dio origen a la Acordada referida. Por ello, para evitar los perjuicios señalados precedentemente, resulta necesario diferir la entrada en vigencia de la Acordada Nº38/2013 de la C.S.J.N. hasta el 1º de septiembre de 2015 en concordancia con lo dispuesto en las Acordadas Nros. 12 y 13/2015 de la C.S.J.N.;
Que, es de señalar que los convenios de notificación electrónica que los letrados suscribieran ante la C.F.S.S. han quedado sin efecto a partir del ingreso de este Fuero al Sistema

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/06/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/06/2015

Page count40

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/07/2024

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