Boletín Oficial de la República Argentina del 18/02/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 18 de febrero de 2015

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.072

85

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DERELACIONES DELTRABAJO
Disposición 2/2015
Bs. As., 8/1/2015

VISTO el Expediente N1.655.730/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 de autos y a foja 5 del Expediente de referencia obran el Acuerdo y Acta Complementaria celebrados entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES
DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS SOESGYPE y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS Y GOMERÍAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CONFEDERACIÓN DE ENTIDADES DEL COMERCIO DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA CECHA, por el sector empresarial.
Que el acuerdo de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N371/03.
Que mediante el presente texto convencional, las partes convienen suspender la atención al público para el expendio de combustible y actividades anexas en las estaciones de servicio durante los días 24 y 31 de diciembre en el horario comprendido entre las 22:00 hasta las 06:00
horas del día siguiente, conforme a las condiciones y términos pactados.
Que existen antecedentes negociales entre los actores intervinientes en autos.
Que las partes han acreditado su personería con las constancias glosadas a los presentes actuados y por ante esta Cartera de Estado.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde disponer el registro del Acuerdo y Acta Complementaria referidos, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N2096/14.
Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Regístrese el Acuerdo y Acta Complementaria suscriptos entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE
ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS SOESGYPE y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS
Y GOMERÍAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CONFEDERACIÓN DE
ENTIDADES DEL COMERCIO DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
CECHA, por el sector empresarial, obrantes a fojas 3/4 y 5 del Expediente N 1.655.730/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo y Acta Complementaria obrantes a fojas 3/4 y 5 del Expediente N1.655.730/14.
ARTÍCULO 3 Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTÍCULO 4 Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 5 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo registrado, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N1.655.730/14
Buenos Aires, 09 de enero de 2015
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICIÓN DNRT N2/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 y 5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 33/15. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expediente N1655730/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 9 días del mes de diciembre del año dos mil catorce, siendo las 14:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por el SINDICATO OBREROS
Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIOS GNC, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS SOESGYPE comparece Carlos Alberto ACUÑA, Sergio CANTERO y Hernán MARTINEZ ambos en su carácter de Comisión Directiva, por la FEDERACIÓN
DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS Y GOMERÍAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, comparece Carlos Alberto ACUÑA, Pedro FIORANI, Marcelo GUERRERO todos ellos en su carácter de Comisión Directiva, todos ellos con el patrocinio letrado del Dr. Pablo VELEZ y por la CONFEDERACIÓN DE ENTIDADES DEL COMBUSTIBLE DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA comparece Alejandro MARTORELLI en su carácter de Presidente Primero y el Sr. José Guillermo LEGO en su carácter de apoderado.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y cedida la palabra a las partes, quienes con la finalidad de tratar aspectos que hacen el funcionamiento de la actividad prestaría del servicio de expendio de combustible, sus derivados y anexos, en el contexto de posibilitar que los trabajadores permanezcan con sus familias durante los días de navidad y año nuevo, ACUERDAN: adherir al requerimiento de la FEDERACIÓN DE OBREROS Y
EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS Y GOMERAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA que realiza la CONFEDERACIÓN
DE ENTIDADES DEL COMBUSTIBLE DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, para que no se efectúe la atención al público, durante los días de nochebuena y fin de año, y en consecuencia las partes resuelven: suspender la atención al público para el expendio de combustible y de las actividades anexas en las estaciones de servicio, durante los días 24 y 31 de diciembre, en el horario comprendido de las 22:00 y hasta las 06:00
horas del día siguiente, asimismo se conservara una guardia mínima para vigilancia de las instalaciones y despacho de combustibles en caso de urgencia que lo requieran los servicios públicos, como policía, bomberos y ambulancias. La suspensión horaria dispuesta, no importara la deducción de haberes de los trabajadores ni de los conceptos vinculados a los mismos y de adicionales convencionales. Las partes establecen la aplicación del presente acuerdo con independencia de su oportuna homologación por la Autoridad de Aplicación y efectuar la difusión correspondiente de la medida dispuesta, para que los usuarios tomen debido conocimiento y realicen las previsiones que correspondan.
Con lo que no existiendo otro tema a tratar se da por concluido el acto, previa suscripción del acta que a tal efecto se confecciona en el lugar y fecha precitada.
Oídas las manifestaciones de ambos sectores el funcionario y atento a la homologación peticionada por las partes se remite el expediente a la Asesoría Técnico Legal.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 15:00 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.
Expediente N1655730/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 9 días del mes de diciembre del año dos mil catorce, siendo las 15:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por el SINDICATO OBREROS
Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIOS GNC, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS SOESGYPE comparece Carlos Alberto ACUÑA, Sergio CANTERO y Hernán MARTINEZ ambos en su carácter de Comisión Directiva, por la FEDERACIÓN
DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS Y COMERÍAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, comparece Carlos Alberto ACUÑA, Pedro FIORANI, Marcelo GUERRERO todos ellos en su carácter de Comisión Directiva, todos ellos con el patrocinio letrado del Dr. Pablo VELEZ y por la CONFEDERACIÓN DE ENTIDADES DEL COMBUSTIBLE DE HIDROCARBUROS Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA comparece el Sr. José Guillermo LEGO en su carácter de apoderado.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y cedida la palabra a ambas representaciones manifiestan que: el acuerdo recientemente firmado comprende al CCT N371/03
siendo su ámbito de aplicación lo signado en tal convenio en su artículo 3.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 15:30 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/02/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/02/2015

Page count88

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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