Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 17 de julio de 2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.681

Por ello,
23

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
Disposición Nº118/2013

ARTICULO 1 Determínase el aporte para la impresión de boletas electorales para las agrupaciones políticas que participan en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, para la categoría Senadores Nacionales, en el distrito Salta, conforme se detalla en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.
ANEXO I
DISTRITO: SALTA
PARTIDOS POLITICOS
ALIANZA FRENTE POPULAR SALTEÑO
ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIA
ALIANZA UNION POR LA REPUBLICA - FRENTE POR LA JUSTICIA
MOV. SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES
OBRERO
SALTA SOMOS TODOS
RENOVADOR DE SALTA

MONTO
EN PESOS
66.360,57
66.360,57
66.360,57
66.360,57
66.360,57
66.360,57
66.360,57

e. 17/07/2013 Nº53411/13 v. 17/07/2013

Bs. As., 4/7/2013
VISTO el Expediente NºS02:0080552/2013 del registro de este Ministerio, las Leyes Nº26.215, Nº26.571, el Decreto Nº444 del 14 de abril de 2011 y la Disposición del suscripto Nº103 del 24
de junio de 2013, y CONSIDERANDO:
Que las Leyes Nº26.215 y Nº26.571 disponen el otorgamiento de aportes para colaborar con la impresión de boletas a aquellas agrupaciones políticas que participen en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales.
Que las Leyes nombradas en sus artículos 35 y 32 respectivamente establecen la forma en que se distribuirá el aporte para la impresión de boletas.
Que la Disposición de esta DIRECCION NACIONAL ELECTORAL Nº103 del 24 de junio de 2013 estableció el valor de referencia del aporte para todas las alianzas y partidos políticos que presenten listas de candidatos para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y candidaturas para las elecciones nacionales respectivamente.
Que la misma Disposición aprobó la tabla de estos aportes por Distrito Electoral.
Que la Justicia Nacional Electoral comunicó la oficialización de alianzas y partidos políticos que presentarán precandidatos para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 11 de agosto del corriente año, en la categoría de Senadores Nacionales.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Que el presente acto se dicta por aplicación de los artículos 35 de la Ley Nº26.215 y 32 de la Ley Nº26.571, y en ejercicio de la facultad conferida al suscripto por el Decreto Nº682 del 14 de mayo de 2010.

Disposición Nº117/2013

Por ello,
Bs. As., 4/7/2013
VISTO el Expediente NºS02:0080561/2013 del registro de este Ministerio, las Leyes Nº26.215, Nº26.571, el Decreto Nº444 del 14 de abril de 2011 y la Disposición del suscripto Nº103 del 24
de junio de 2013, y CONSIDERANDO:
Que las Leyes Nº26.215 y Nº26.571 disponen el otorgamiento de aportes para colaborar con la impresión de boletas a aquellas agrupaciones políticas que participen en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales.

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:
ARTICULO 1 Determínase el aporte para la impresión de boletas electorales para las agrupaciones políticas que participan en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, para la categoría Senadores Nacionales, en el distrito Entre Ríos, conforme se detalla en el Anexo I
de la presente.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.
ANEXO I

Que las Leyes nombradas en sus artículos 35 y 32 respectivamente establecen la forma en que se distribuirá el aporte para la impresión de boletas.
Que la Disposición de esta DIRECCION NACIONAL ELECTORAL Nº103 del 24 de junio de 2013 estableció el valor de referencia del aporte para todas las alianzas y partidos políticos que presenten listas de candidatos para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y candidaturas para las elecciones nacionales respectivamente.
Que la misma Disposición aprobó la tabla de estos aportes por Distrito Electoral.

DISTRITO: ENTRE RIOS
PARTIDOS POLITICOS

MONTO
EN PESOS

ALIANZA FRENTE AMPLIO PROGRESISTA
ALIANZA UNION POR ENTRE RIOS
ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIA
NUEVA IZQUIERDA
U.C.R.

73.677,55
73.677,55
73.677,55
73.677,55
73.677,55

e. 17/07/2013 Nº53417/13 v. 17/07/2013

Que la Justicia Nacional Electoral comunicó la oficialización de alianzas y partidos políticos que presentarán precandidatos para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 11 de agosto del corriente año, en la categoría de Senadores Nacionales.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Que el presente acto se dicta por aplicación de los artículos 35 de la Ley Nº26.215 y 32 de la Ley Nº26.571, y en ejercicio de la facultad conferida al suscripto por el Decreto Nº682 del 14 de mayo de 2010.
Por ello,
Disposición Nº135/2013
Bs. As., 4/7/2013
VISTO el Expediente NºS02:0080513/2013 del registro de este Ministerio, las Leyes Nº26.215, Nº26.571, el Decreto Nº444 del 14 de abril de 2011 y la Disposición del suscripto Nº103 del 24
de junio de 2013, y
EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:

CONSIDERANDO:
ARTICULO 1 Determínase el aporte para la impresión de boletas electorales para las agrupaciones políticas que participan en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, para la categoría Senadores Nacionales, en el distrito Río Negro, conforme se detalla en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.
ANEXO I
DISTRITO: RIO NEGRO
PARTIDOS POLITICOS
ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIA
ALIANZA FRENTE PROGRESISTA
OBRERO
PROVINCIAL RIONEGRINO
U.C.R.

MONTO
EN PESOS
35.681,73
35.681,73
35.681,73
35.681,73
35.681,73

e. 17/07/2013 Nº53414/13 v. 17/07/2013

Que las Leyes invocadas en el visto disponen el otorgamiento de aportes para colaborar con la impresión de boletas a aquellas agrupaciones políticas que participen en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales.
Que las Leyes Nº26.215 y Nº26.571 en sus artículos 35 y 32 respectivamente establecen la forma en que se distribuirá el aporte para la impresión de boletas.
Que la Disposición de esta DIRECCION NACIONAL ELECTORAL Nº103 del 24 de junio de 2013, estableció el valor de referencia del aporte para todas las alianzas y partidos políticos que presenten listas de candidatos para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y candidaturas para las elecciones nacionales respectivamente.
Que la misma Disposición aprobó la tabla de estos aportes por Distrito Electoral.
Que la Justicia Nacional Electoral comunicó la oficialización de alianzas y partidos políticos que presentarán precandidatos para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 11 de agosto del corriente año, en la categoría de Diputados Nacionales.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2013 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date17/07/2013

Page count32

Edition count9407

Première édition02/01/1989

Dernière édition25/07/2024

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