Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 14 de enero de 2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.561

Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa y Secretaría de Hacienda
17

DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución Conjunta 581/2012 y 402/2012

Reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas cargo perteneciente al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición 10/2013

Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente NºS01:0463246/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº355 de fecha 6 de julio de 2009 y la Resolución Conjunta de la Ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº156 de fecha 28 de diciembre de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Nº 355 de fecha 6 de julio de 2009 se creó la Coordinación Técnica Legal, en el ámbito de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que por Resolución Conjunta de la Ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº156 de fecha 28 de diciembre de 2009, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Coordinación Técnica Legal, habiéndose efectuado el análisis y ponderación del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.
Que con el objetivo de poder dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en autos BUSTOS JORGE ALBERTO C/ M ECONOMIA - SECRETARIA DE HACIENDA
- RESOL 167 S/ EMPLEO PUBLICO que tramitara por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6, Secretaría Nº 11;
ratificada por la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal con fecha 12 de mayo de 2011, deviene menester la reasignación del nivel de Función Ejecutiva de la citada unidad organizativa en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada.
Que ha tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7 de la Decisión Administrativa Nº1 del 10 de enero de 2012.
Por ello, EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y EL SECRETARIO
DE HACIENDA
DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVEN:

VISTO la Actuación SIGEA Nº15196-6-2013 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la aprobación del Formulario denominado Comunicaciones Electrónicas.
Que la sanción de la Ley 25.506 reconoce el empleo de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que la misma ley establece.
Que dicho reconocimiento ha provisto un marco legal que otorga seguridad en las transacciones electrónicas garantizando la integridad de los documentos digitales o electrónicos, permitiendo verificar la autenticidad y el no repudio de los mismos.
Que en ese sentido y teniendo en cuenta el objetivo permanente de esta Institución en implementar herramientas tecnológicas que optimicen las gestiones internas y externas del Organismo, se ha desarrollado el instrumento digital denominado Comunicaciones Electrónicas.
Que el mencionado instrumento, consiste en un documento electrónico en formato PDF, que permite ser firmado digitalmente dentro de su estructura y al que se le podrán adjuntar diferentes archivos o documentos digitales en diferentes formatos, hasta un tamaño de 20 megabytes.
Que su implementación será de forma gradual y tendrá validez para las comunicaciones con los contribuyentes y terceros que interactúen con el organismo, las cuales serán normadas oportunamente para cada caso en particular.
Que las Direcciones de Asuntos Organizacionales y de Infraestructura Tecnológica han tomado la intervención que resulta de su competencia.
Que las Subdirecciones Generales de Planificación y de Sistemas y Telecomunicaciones han prestado su conformidad.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Artículo 1 Aprobar el Formulario Nº8009 denominado Comunicaciones Electrónicas, el cual se encontrará disponible en la página web del organismo www.afip.gob.ar.
Art. 2 Aprobar el ANEXO PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE LA HERRAMIENTA INFORMATICA - COMUNICACIONES ELECTRONICAS, el cual se encontrará disponible en la página web del organismo www.afip.gob.ar.
Art. 3 Facultar a las Subdirecciones Generales de Planificación y Sistemas y Telecomunicaciones, para que en forma conjunta, dicten las normas reglamentarias y complementarias que se requieran sobre el tema del asunto e incorporen gradualmente la tecnología en otros usos.

Art. 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. Ricardo Echegaray.

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
PRODUCTOS COSMETICOS

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Facundo P. Nejamkis. Juan C. Pezoa.
ANEXO
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Disposición 158/2013
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinados productos.
Bs. As., 8/1/2013
VISTO el Expediente Nº1-47-1110-670-12-7 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y CONSIDERANDO:

REASIGNACION
Nivel
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION

Que por los presentes actuados el Instituto Nacional de Medicamentos INAME hace saber que, mediante una denuncia recepcionada vía e-mail, tomó conocimiento de que un supuesto laboratorio clandestino en la Provincia de Santa Fe estaría publicitando sus productos en la página WEB www.tanaclief.com.
Que el INAME informa que atento ello, se procedió a consultar dicha página y a realizar controles de mercado en algunos de los puntos de venta allí citados, entre los que figuran localidades de la Provincia de Santa Fe y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
COORDINACION TECNICA LEGAL
NIVEL ANTERIOR: IV

Bs. As., 10/1/2013

Art. 4 La presente norma entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 1 Reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, según el detalle obrante en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Unidad Organizativa
Firma Digital en documentos electrónicos. Formulario de Comunicaciones Electrónicas. Su aprobación.

III

Que mediante O.I. Nº018/12, llevada a cabo en el establecimiento ZAIRA Nail Art & Lash Extentions, sito en Charcas 2737 1º A CABA, se adquiere el producto rotulado como

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2013 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date14/01/2013

Page count56

Edition count9397

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Dernière édition15/07/2024

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