Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 16 de agosto de 2011
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1º de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cum plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 782/2011
Dase por aprobada una contratación en la Subsecretaría de Promoción del Desarrollo Sustentable de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 12/8/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº14437/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007
y Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, la Resolución ex SSGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº2098 del 3
de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2011, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Marcelo Alejandro GINIGER, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber presentado la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2011, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02 y por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado con efectos al 1º de abril de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y D. Marcelo Alejandro GINIGER D.N.I. Nº24.042.593, para desempeñar funciones de Asesor Legal en la DIRECCION DE
PRODUCCION LIMPIA Y CONSUMO SUSTENTABLE de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION
DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO
SUSTENTABLE de la citada Secretaría, equiparado al Nivel A - Grado 3 del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº 2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SSGP Nº48/02.
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del AnexoI
al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cum plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 783/2011
Modifícase la Decisión Administrativa N219/11 relacionada a una contratación en la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.

Bs. As., 12/8/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº4059/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE

BOLETIN OFICIAL Nº 32.214

DE MINISTROS, la Decisión Administrativa Nº219 de fecha 9 de mayo de 2011, y CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa citada en el Visto, se dio por aprobada la contratación del agente Dn. Juan Ignacio ACOSTA D.N.I.
Nº 25.755.013, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02 para desempeñar funciones en el Servicio Administrativo Financiero Nº342
de Apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo ACUMAR, equiparado en un Nivel B - Grado 2 del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO, de acuerdo con las previsiones del decreto citado precedentemente.
Que por un error material involuntario se consignó en el artículo 1º de la Decisión Administrativa citada en el párrafo precedente, que al agente mencionado le correspondía el grado 2 del nivel B, siendo el correcto el grado 1.
Que, en consecuencia y sobre la base de lo expuesto resulta necesario rectificar dicha Decisión Administrativa a efectos de subsanar el error.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el ar tículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 t.o.
1991.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Rectifícase el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 219/11 en la parte pertinente al grado del agente Juan Ignacio ACOSTA D.N.I. Nº 25.755.013, el que deberá considerarse como Nivel B Grado 1.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 780/2011
Dase por aprobada una contratación en el Instituto Nacional de Semillas.

Bs. As., 11/8/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0104708/2010
del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº25.164, el Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la señora Da. Lorena Romina URBANI M.I. Nº26.140.972, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, destinada al INSTITUTO NACIONAL

3

DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que por el Artículo 9º del Anexo del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que en el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 se establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que si bien la persona propuesta no reúne el requisito de la titulación correspondiente, sus antecedentes curriculares resultan afines a las actividades asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad y especialidad crítica en el mercado laboral necesarias para la realización de las mismas, por lo que resulta necesario dar por exceptuada a la persona propuesta de lo establecido en el punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el INSTITUTO NACIONAL
DE SEMILLAS.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº1421/02 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004
y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6
de marzo de 2009.
Que la señora Da. Lorena Romina URBANI
M.I. Nº26.140.972 ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date16/08/2011

Page count36

Edition count9422

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/08/2024

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