Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 15 de marzo de 2011

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº20.247; en su reunión de fecha 13 de julio de 2010, según Acta Nº374 ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9 del Decreto Nº2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº25.845.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creados por Ley Nº20.247, de la creación fitogenética de alfalfa MAITENA, solicitada por la empresa FORAGE
GENETICS INC. representada en la REPUBLICA ARGENTINA por la empresa FORAGE GENETICS
ARGENTINA S.R.L.
ARTICULO 2º Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 15/03/2011 Nº27675/11 v. 15/03/2011

BOLETIN OFICIAL Nº 32.110

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COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
Buenos Aires, a los 24 días del mes de febrero de 2011 El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: imponer a la matriculada Mónica Beatriz OTERO T.º 48 F.º 127 la sanción de tres meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, y al abogado José Agustín Carracedo Bosch T.º 48 F.º 126 la sanción de tres meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 13.023 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: Buenos Aires, a los 26 días del mes de julio del año dos mil cinco RESUELVE 1.º Aplicar a la abogada Dra. Mónica Beatriz Otero T.º 48 F.º 127 la sanción de suspensión en el ejercicio profesional de acuerdo a lo establecido en el Art. 45 inc. d de la ley 23.187. 2.º Aplicar al abogado Dr. José Agustín Carracedo Bosch T.º 48 F.º 126 sanción de suspensión en el ejercicio profesional por el término de tres meses de acuerdo a lo establecido en el Art. 45 inc. d Ley 23.187 Fdo. Dr. EMILIO H. BULLO, Dra. ROGELIA POZZI, Dr. MARIO
POLIAK, Dra. CLARA RITA DAVILA y Dra. SILVIA BEATRIZ MACCHI, SALA III, TRIBUNAL DE
DISCIPLINA.
CAUSA N.º 9676/2006 CARRACEDO BOSCH, José Agustín y otro c/CPACF Expte. 13023/01.
Buenos Aires, 1º de junio de 2010 Por lo expuesto, SE RESUELVE: Confirmar el pronunciamiento apelado Fdo.: LUIS MARIA MARQUEZ y JORGE EDUARDO MORAN.
La sanción se encuentra firme desde el 28.06.2010.
La suspensión impuesta a cada uno de los letrados abarca el período que va desde el 24.08.2010
hasta el 23.11.2010 inclusive.
BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.
e. 15/03/2011 Nº27388/11 v. 15/03/2011

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
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COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL

ADUANA DE RIO GALLEGOS-SANTA CRUZ
Art. 1101 y 1013 mic. h C.A..
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de los importes en concepto de multa que deben abonar dentro del plazo de diez 10 diez días contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevén los Arts. 794 y 795 s.s. y c.c. Código Aduanero. Consentida o ejecutoriada la presente liquidación se aplicarán las medidas contempladas por los Artículos 1122, 1125 y 1126 del mismo cuerpo legal. Fdo. DANIEL GODOY ALLENDE, Administrador Aduana Río Gallegos.
SUMARIO

CAUSANTE

DOCUMENTO

MULTA

SC48-170-2008

PAILLAHUEQUE TERESA

92.595.622

$647,44

Buenos Aires, a los 24 días del mes de febrero de 2011 El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: excluir de la matrícula de este Colegio Público de Abogados de la Capital Federal a la abogada Rosana Guadalupe Vallejos T.º 50 F.º 444, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 22.537 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: En la Ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de agosto de 2009, el Tribunal de Disciplina reunido en Pleno RESUELVE: 1 EXCLUIR
de la matrícula de este Colegio Público de Abogados a la abogada ROSANA GUADALUPE
VALLEJOS T.º 50 F.º 444 Fdo.: JULIO CESAR NORTE, ADRIANA OLGA DONATO, OSVALDO
ZAMPINI, TEODORA ZAMUDIO, GRACIELA RIZZO, RICARDO AUGUSTO NISSEN, ALBERTO M.
GARCIA LEMA, INDY FAILEMBOGEN, GUSTAVO TOMAS SOLER, ITATÍ DI GUGLIELMO, ZENÓN
ALEJANDRO CEBALLOS, DELIA HAYDEE MARILUIS, OFELIA ROSENKRANZ y ALEJANDRO C.
MOLINA.
Expte. N.º 2098/2010 VALLEJOS, Rosana Guadalupe c/CPACF Expte. 22.537/08.

e. 15/03/2011 Nº27458/11 v. 15/03/2011

Buenos Aires, 8 de julio de 2010 SE RESUELVE: Rechazar el planteo de nulidad y el recurso de apelación y confirmar el pronunciamiento Fdo.: GUILLERMO F. TREACY, PABLO. GALLEGOS
FEDRIANI y JORGE E. ALEMANY.
Se encuentra firme desde el 03.09.2010.

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COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
Buenos Aires, a los 24 días del mes de febrero de 2011 El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: imponer al matriculado Horacio Daniel Fernández T.º 37 F.º 654 la sanción de doce meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 15.757 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: Buenos Aires, 13 de octubre de 2005 RESUELVE: 1 Imponer al Dr. Horacio Daniel Fernández T.º 37 F.º 654 conforme lo prescribe el Art. 45 inc. d, la sanción de suspensión por el término de DOCE 12 meses en el ejercicio de la profesión Fdo.: Dr. HUGO OSCAR SEGURA, Presidente; Dr. GUILLERMO
JESUS FANEGO, Vicepresidente 1 Dr. FRANCISCO JOSE REPETTO, Vocal; Dr. HORACIO
ANGEL LAMAS, Vocal y Dr. CARLOS SECUNDINO ODRIOZOLA, Vocal; SALA I, TRIBUNAL DE
DISCIPLINA.
CAUSA N.º 40.208/05: FERNANDEZ Horacio Daniel c/CPACF Expte. 15.757.
nos Aires, 23 de noviembre de 2006 Por las razones expuestas, corresponde rechazar el recurso intentado y confirmar la sanción impuesta Fdo. JORGE ESTEBAN ARGENTO y CARLOS
MANUEL GRECCO.
CAUSA N.º 40.208/05: FERNANDEZ Horacio Daniel c/CPACF Expte. 15.757.
nos Aires, 25 de noviembre de 2010 Por lo tanto, corresponde denegar el recurso extraordinario interpuesto por el actor a fs.151/153 contra el pronunciamiento de esta Sala ASI
SE RESUELVE Fdo. JORGE ESTEBAN ARGENTO, CARLOS MANUEL GRECCO y SERGIO
GUSTAVO FERNANDEZ.
La sanción quedó firme el 2.12.2010 y la suspensión abarca el período que va desde el 16.2.2011
hasta el 15.2.2012 inclusive.

BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.

e. 15/03/2011 Nº27392/11 v. 15/03/2011

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COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
Buenos Aires, a los 24 días del mes de febrero de 2011 El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: imponer a la matriculada Laura Basili T.º 35 F.º 566 la sanción de treinta días de suspensión en el ejercicio de la profesión, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 21.139 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: Buenos Aires, 8 de octubre de 2008
RESUELVE: 1 Imponer a la abogada LAURA BASILI T.º 35 F.º 566 la sanción de SUSPENSION
en el ejercicio profesional por el plazo de 30 DIAS conforme lo dispone el art. 45 inc. d de la ley 23.187 Fdo.: Dra. D. TEODORA ZAMUDIO, Presidente; Dra. ITATÍ DI GUGLIELMO, Vicepresidente 1 Dra. INDY FAILEMBOGEN, Vicepresidente 2.º y ALEJANDRO CAYETANO
MOLINA, Vocal , SALA I.
Expte. N.º 30.903/2008 Basili Laura c/CPACF Expte. 21139/06.
nos Aires, 8 de junio de 2010 Por lo expuesto, SE RESUELVE: rechazar el recurso de apelación interpuesto y, en consecuencia, confirmar el pronunciamiento recurrido Fdo. JORGE
EDUARDO MORAN, LUIS M. MARQUEZ y SERGIO GUSTAVO FERNANDEZ.
La sanción quedó firme el 2.07.2010 y la suspensión abarca el período que va desde el 30.08.2010 hasta el 29.09.2010 inclusive.
BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.

Fdo. BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.

e. 15/03/2011 Nº27383/11 v. 15/03/2011

e. 15/03/2011 Nº27394/11 v. 15/03/2011

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/03/2011

Page count76

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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