Boletín Oficial de la República Argentina del 18/02/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 18 de febrero de 2011

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.
ANEXO I

BOLETIN OFICIAL Nº 32.095

% 3 %

3

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 158/2011
Convalídase la Resolución N 1801/09 de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia que dispuso la asignación del adicional por mayor capacitación.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

Bs. As., 16/2/2011

SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL

VISTO el Expediente E-SENAF-2142-2010 del registro de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; y
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
APELLIDO
Y NOMBRES

CONSIDERANDO:

NIVEL
GRADO

FUNCION

FECHA DE ALTA

BARBIERI, R o b e r t o 33.717.980
Luis
D-0

Asistente Administrativo
13/11/2010

A C O S TA , Ivana 34.137.445
Mariel
D-0

D.N.I. Nº
Asistente Administrativa
20/11/2010

% 3 %

% 3 %

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS

Decreto 2290/2010
Dase por prorrogada una designación en la Delegación Técnico Administrativa de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Bs. As., 30/12/2010
VISTO el Expediente CUDAP Nº56875/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Nº26.546, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 622
del 3 de mayo de 2010, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010.
Que mediante el Decreto Nº 622/10 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles a D. Santiago AYARZA como Coordinador de Presupuesto y Contabilidad Presupuestaria de la DELEGACION
TECNICO ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº4/02.

Que por el artículo 69 del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 se estableció que percibirá el Adicional por Mayor Capacitación el personal comprendido en el Agrupamiento General con título terciario o universitario que, revistando en el Nivel C, cumpla funciones para cuyo desempeño sea exigencia la posesión de aquél.
Que asimismo previó que el personal que reuniera las condiciones ya citadas en el considerando anterior y haya sido reencasillado en el Nivel C, percibirá dicho Adicional por Mayor Capacitación siempre que la Comisión Permanente de Carrera, previa intervención de la Delegación Jurisdiccional correspondiente, certifique que las funciones desempeñadas demandan necesariamente la posesión del título obtenido.
Que mediante Resolución Nº 1801 de fecha 1º de septiembre de 2009 de la SECRETARIA
NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA se dio por asignado el Adicional por Mayor Capacitación a los agentes nominados en el Anexo I de la misma, a partir de la fecha indicada en cada caso, a fin de regularizar la percepción de hecho del referido adicional por parte de dichos agentes, sin la intervención de la Delegación Jurisdiccional correspondiente.

Que el personal involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la COMISION PERMANENTE DE CARRERA del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA y sus Delegaciones quedaron derogadas el 1º de diciembre de 2008, al perder vigencia ese Sistema Nacional que las contemplaba.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que han tomado la intervención que les compete la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº491/02.
Por ello,
Que siendo que el procedimiento legal para aprobar el referido Adicional que no se cumplió fue determinado por un decreto, deviene necesario convalidar la Resolución SENAF
Nº1801/09 mediante un acto de igual jerarquía.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 19 inciso a de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º Convalídase la Resolución Nº1801 de fecha 1º de septiembre de 2009 de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL cuya copia autenticada obra como Anexo I del presente.

Artículo 1º Dase por prorrogada, a partir del 21 de octubre de 2010, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto Nº 622/10 en un cargo Nivel C - Grado 0, como Coordinador de Presupuesto y Contabilidad Presupuestaria dependiente de la DELEGACION TECNICO ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a D. Santiago AYARZA
DNI Nº25.731.483, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel IV del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08, con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14 del decreto citado precedentemente.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Alicia M. Kirchner.

Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º de la presente medida.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios para el ejercicio de la Jurisdicción de origen.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
% 3 %

Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia
ANEXO I

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución N 1801/2009
Bs. As., 1/9/2009
VISTO el Expediente Nro. E-SENAF-11572-2009 de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA; y CONSIDERANDO:
Que en el marco de los procedimientos e instrucciones para cursar la información inherente al reencasillamiento del personal de esta Secretaría en el Convenio Colectivo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, homologado por Decreto 2098/08, han sido detectadas algunas asignaciones de hecho recaídas en agentes que se encuentran percibiendo el Adicional por Mayor Capacitación previsto en el artículo 69 del Decreto Nº993/91
SINAPA, no lográndose la validación del acto administrativo pertinente.
Que el artículo 69 del Decreto Nº993/91 estableció que percibirá el adicional por Mayor Capacitación el personal comprendido en el Agrupamiento General con título terciario o universitario que, revistando en el Nivel C, cumpla funciones para cuyo desempeño sea exigencia la posesión de aquél.
Que el Decreto 2098/08 prevé que el personal que desempeñe funciones que exijan la posesión de título de grado universitario correspondientes a carreras con ciclo de formación de duración no inferior a CUATRO 4 años reconocidas oficialmente, podrán ser ubicados en el Agrupamiento Profesional.
Que se verifica en el personal aludido la reunión de los extremos exigibles, no así, sus documentales históricos para ser ubicados en el Agrupamiento Profesional.
Que para ello, deviene necesario validar, según corresponda, el Suplemento por Responsabilidad Profesional o el Adicional por Mayor Capacitación.
Que el personal aludido posee título universitario de grado y vienen cumpliendo funciones atinentes a sus respectivas profesiones, así como percibiendo de hecho el adicional por Mayor Capacitación en forma pacífica y continua desde repetidos ejercicios ya transcurridos, conforme así surge del sistema de liquidación de haberes, por lo que deviene necesario regularizar administrativamente esta circunstancia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/02/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/02/2011

Page count40

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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