Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 2 de diciembre de 2010
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS; la UNIDAD EJECUTORA BICENTENARIO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

legación Técnico Administrativa de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a D. Walter Guillermo ROMERO.

Que por instrucción de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha cursado invitaciones a destacadas personalidades internacionales para participar en las actividades previstas para los días 9 y 10 de diciembre de 2010.

Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles.

Que para hacer posible la participación de dichas personalidades se requiere que las mismas sean declaradas Huéspedes Oficiales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Declárase Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino a aquellas personalidades internacionales, y sus asistentes, cuya invitación a las celebraciones del Día Internacional de los Derechos Humanos fue cursada por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, durante su permanencia en la República, entre los días 8 y 11 de diciembre de 2010. El listado definitivo de invitados será determinado mediante una Resolución del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Art. 2º Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a extender órdenes de pasajes, proveer alojamiento, movilidad y otros servicios, aplicando los Decretos Nros. 1343/1974 y 1224/2010, para las personalidades internacionales y sus asistentes, mencionadas en el artículo anterior.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Héctor M. Timerman.
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JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decreto 1817/2010
Dase por prorrogada la designación del Director de la Delegación Técnico Administrativa de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 29/11/2010
VISTO el Expediente CUDAP Nº 9000/2010
del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº26.546, los Decretos Nº491 del 12 de marzo de 2002
y Nº2202 del 28 de diciembre de 2009 y lo solicitado por el SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010.
Que mediante el Decreto Nº2202/09 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en un cargo Nivel A - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel II, como Director de la De-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.040

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JUSTICIA

Decreto 1840/2010
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Juez Nacional de Primera Instancia del Trabajo de la Capital Federal, Juzgado Nº57.
Bs. As., 30/11/2010

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº4/02.
Que el agente de que se trata, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº601/02 reglamentario del Decreto Nº491/02 por haber dado cumplimiento oportunamente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº491/02.
Por ello,
VISTO el Expediente Nº201.636/2010 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:
Que la señora doctora María Inés LOCATELLI de MUÑOZ ha presentado su renuncia al cargo de JUEZ NACIONAL DE PRIMERA
INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CAPITAL
FEDERAL, JUZGADO Nº57.
Que es necesario proceder a su aceptación.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Acéptase, a partir del 1º de noviembre de 2010, la renuncia presentada por la señora doctora María Inés LOCATELLI de MUÑOZ D.N.I. Nº6.405.616, al cargo de JUEZ NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CAPITAL FEDERAL, JUZGADO Nº57.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Julio C. Alak.
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MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1842/2010

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Prorrógase, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles a partir del 10 de agosto de 2010, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto Nº2202/09 en un cargo Nivel A - Grado 0, como Director de la Delegación Técnico Administrativa de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de D. Walter Guillermo ROMERO DNI
Nº20.607.980, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14 del decreto citado precedentemente.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº2098/08 dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 10 de agosto de 2010.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.
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Dispónese la instalación y activación del Sector de Defensa Aeroespacial Mar del Plata durante el desarrollo de la Reunión de Jefes de Estado de Iberoamérica.
Bs. As., 1/12/2010
VISTO lo dispuesto por el artículo 2 y concordantes de la Ley N 23.554, por el Decreto N 9390 del 11 de octubre de 1963, lo propuesto por la Señora Ministra de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que durante el mes de diciembre del año en curso tendrá lugar la REUNION DE JEFES DE ESTADO DE IBEROAMERICA en la ciudad de MAR DEL PLATA, PROVINCIA DE
BUENOS AIRES.
Que a la citada reunión concurrirán numerosas delegaciones de gobiernos extranjeros, encabezadas por sus respectivos Jefes de Estado.
Que ello impone la necesidad de adoptar especiales medidas para preservar los intereses vitales fijados por la Ley de Defensa Nacional.
Que, consecuentemente, resulta necesario el establecimiento de un SECTOR
DE DEFENSA AEROESPACIAL integrado por medios de la FUERZA AEREA ARGENTINA, de la ARMADA ARGENTINA y del EJERCITO ARGENTINO para el cabal cumplimiento de la misión que por el presente se establece.
Que el COMANDO OPERACIONAL, instancia operacional permanente del ESTADO
MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS
ARMADAS, entiende en la dirección y coordinación de las actividades operaciona-

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les que realicen las FUERZAS ARMADAS
en tiempo de paz, a fin de contribuir con el cumplimiento de las responsabilidades operativas conferidas al ESTADO MAYOR
CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Que, asimismo, deviene imprescindible designar al Oficial Superior de la FUERZA
AEREA ARGENTINA que conducirá el SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL.
Que resulta imprescindible también aprobar las REGLAS DE EMPEÑAMIENTO que determinan los procedimientos a observar por dicho Sector para garantizar la seguridad defensiva en el aeroespacio sobre las superficies y espacios correspondientes y que establecen las atribuciones y limitaciones a la libertad de acción en el empleo del Instrumento Militar, regulando la intensidad y modalidad en el uso de la fuerza ante las distintas situaciones que se presenten.
Que, asimismo, en concordancia con las recomendaciones de la ORGANIZACION DE
AVIACION CIVIL INTERNACIONAL OACI, resulta esencial regular las restricciones al tránsito aéreo que la ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL ANAC deberá establecer, en aspectos de seguridad y flexibilidad, conforme a las especiales exigencias de la Defensa Nacional.
Que los Jefes de ESTADOS MAYORES GENERALES DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA y de la ARMADA ARGENTINA han propuesto, y el Jefe del ESTADO MAYOR
CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
ha elevado de conformidad al MINISTERIO
DE DEFENSA las citadas REGLAS DE EMPEÑAMIENTO, para su oportuna aprobación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de JEFE SUPREMO
DE LA NACION y COMANDANTE EN JEFE
DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Que corresponde también, establecer el período de vigencia de las disposiciones que se adoptan por la presente medida.
Que toda vez que las REGLAS DE EMPEÑAMIENTO constituyen directivas que comprometen a la DEFENSA NACIONAL, procede declararlas amparadas por el SECRETO MILITAR de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N 9390/63.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente medida, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 99, incisos 1, 12 y 14 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dispónese la instalación y activación del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL MAR DEL PLATA en la ciudad homónima de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que tendrá la misión de garantizar la seguridad defensiva en el espacio aéreo de la ciudad de MAR
DEL PLATA y áreas adyacentes hasta un radio de NOVENTA 90 millas náuticas, medidas desde el AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAR
DEL PLATA, desde el nivel de la superficie del terreno hasta una altura ilimitada, desde el día 2
de diciembre de 2010 hasta el día 5 de diciembre de 2010, a fin de cooperar con las medidas de seguridad a implementarse durante el desarrollo de la REUNION DE JEFES DE ESTADO DE
IBEROAMERICA. El límite fijado para la seguridad defensiva en el espacio marítimo, se fija desde las VEINTICUATRO 24 millas náuticas, medidas desde la costa y hasta las NOVENTA
90 M.N. correspondientes al radio establecido.
El SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL se integrará con los elementos y medios necesarios asignados por la FUERZA AEREA ARGENTINA, la ARMADA ARGENTINA y el EJERCITO
ARGENTINO.
Art. 2 Asígnase al Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, a través del COMANDO OPERACIONAL, la responsabilidad de dirigir y coordinar las activida-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2010 - Primera Sección

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PaysArgentine

Date02/12/2010

Page count72

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Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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