Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 15 de marzo de 2010

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 31.863

32

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº22.520 texto ordenado por Decreto Nº438/92 y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº355/02.
Por ello, EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Otórgase al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE MORENO
con domicilio en la calle Merlo Nº 727, Partido de Moreno, Provincia de BUENOS AIRES, la Personería Gremial para agrupar trabajadores municipales de planta permanente y planta transitoria que se desempeñan en la Municipalidad de Moreno; con zona de actuación en dicho municipio de la Provincia de BUENOS AIRES.
ARTICULO 2º Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº12/01.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº267/2010

Otórgase la personería gremial al Centro Empleados de Comercio de San Cayetano, Provincia de Buenos Aires.
Bs. As., 8/3/2010
VISTO el Expediente Nº1.070.564/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley Nº23.551 y sus modificatorias por Ley Nº25.674 y Ley Nº26.390 y Decretos Reglamentarios Nº467/88 y Nº514/03, y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE SAN CAYETANO, con domicilio en Rivadavia Nº13, de la Ciudad de San Cayetano, Provincia de BUENOS AIRES.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS
HUMANOS Nº854 de fecha 29 de octubre de 2001, la mencionada asociación obtuvo su Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº2407.
Que la entidad peticionó personería gremial el 16 de abril de 2003.
Que la requirente acompañó certificado de la Municipalidad de San Cayetano informando la cantidad de trabajadores de la actividad de comercio en el período octubre 2002 a marzo 2003
inclusive, discriminados mes por mes.
Que se tuvo por aprobado el universo de trabajadores respecto al personal que preste servicio bajo relación de dependencia para empleadores cuya actividad consista en intercambio o intermediación de bienes y/o prestación de servicios por cuenta propia o ajena, en el período octubre 2002 a marzo 2003, en el Partido de San Cayetano, Provincia de BUENOS AIRES.
Que el 11 de septiembre de 2009 se celebró en la Delegación Regional Tandil, la audiencia de verificación de afiliados cotizantes.
Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 25 de la Ley Nº23.551, respecto del ámbito de representación efectivamente acreditado.
Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido no existe ninguna entidad con personería gremial que agrupe específicamente al personal de la actividad mercantil.
Que quedó demostrado que la peticionante supera el porcentaje de afiliación cotizante establecido por el artículo 25 de la Ley Nº23.551.
Que obra dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando otorgar la personería.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7 de la Ley de Ministerios Nº22.520 texto ordenado por Decreto Nº438/92 y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº355/02.
Por ello, EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Otórgase personería gremial al CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO
DE SAN CAYETANO, con domicilio en Rivadavia Nº 13, de la Ciudad de San Cayetano, Provincia de BUENOS AIRES, como entidad sindical de primer grado para agrupar al personal preste servicio bajo relación de dependencia para empleadores, cuya actividad consista en el intercambio o intermediación de bienes y/o prestación de servicios por cuenta propia o ajena con ánimo de lucro, con zona de actuación en el Partido de San Cayetano, Provincia de BUENOS AIRES.
ARTICULO 2º Dispónese la Publicación sintetizada y sin cargo en el Boletín Oficial de los estatutos de la entidad y de la presente resolución, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº12/01.
ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2010 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/03/2010

Page count32

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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