Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 28 de agosto de 2009

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 173/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02
en la Subsecretaría de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias.

Bs. As., 26/8/2009
VISTO el Expediente Nº 1793/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003 modificado por su similar Nº149 del 22 de febrero de 2007, el Decreto Nº2098
del 3 de diciembre de 2008, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2009, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARIA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de esta Jurisdicción y D. Hernán FERRERA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que el agente en cuestión se encuentra exceptuado del cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02, por haber presentado la documentación oportunamente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº26.422.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-

BOLETIN OFICIAL Nº 31.725

GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

ción mensual u honorario equivalente, superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN
$3.100.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y a tenor de lo establecido en el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº149/07.

Que en la contratación que se tramita por la presente se configura el supuesto previsto en la norma citada precedentemente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado con efectos al 1º de abril de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, la contratación en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA DE RELACIONES
PARLAMENTARIAS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de D. Hernán FERRERA D.N.I. Nº13.656.312 para desempeñar funciones de Asesor Administrativo en la citada Subsecretaría, equiparado al Nivel B Grado 3 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO Decreto Nº2098/08 de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución de la SGP Nº48/02.
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº26.422.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 172/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1184/01
en la Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social Padre Carlos Mugica.

Bs. As., 26/8/2009
VISTO el Expediente Nº 2393/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nº1184 del 20 de septiembre de 2001 y Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y
Que se ha dejado constancia en el expediente aludido en el Visto que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular SLyT Nº4/02.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de julio de 2008, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.422.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada a partir del 1º de julio de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, la contratación de locación de servicios en el marco del Decreto Nº 1184/01, celebrada entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS representada por el titular de la COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL PADRE CARLOS MUGICA de esta Jurisdicción y D. José Alberto DIAZ D.N.I.
Nº5.614.288, para prestar servicios en la citada Comisión Nacional, con funciones de Consultor A Rango I , fijándose sus honorarios en la suma total por todo concepto de PESOS DIECINUEVE
MIL QUINIENTOS $19.500.-.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme lo establecido en la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.422.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

CONSIDERANDO:
Que en la COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL PADRE CARLOS MUGICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS resulta indispensable aprobar la contratación de D.
José Alberto DIAZ, en el marco del Decreto Nº1184/01, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Comisión Nacional.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribu-

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 170/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02
en la Subsecretaría de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias.

Bs. As., 26/8/2009
VISTO el Expediente Nº 1708/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE

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MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº149 del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2009, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la SECRETARIA
DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. María Salomé SUAREZ, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo l del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02
las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº491/02.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.422.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y a tenor de lo establecido en el Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date28/08/2009

Page count48

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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