Boletín Oficial de la República Argentina del 04/03/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 4 de marzo de 2009

63

BOLETIN OFICIAL Nº 31.607

CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/6 del Expediente Nº1.272.985/08, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS
y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS DE AVES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº151/91, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº1351/08
y registrado bajo el Nº958/08, conforme surge de fojas 31/33 y 36, respectivamente.
Que a fojas 46/50, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO
Nº1351 del 2 de octubre de 2008 y registrado bajo el Nº958/08 suscripto entre la FEDERACION
GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS y el CENTRO
DE EMPRESAS PROCESADORAS DE AVES, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2008
A la Señora Subdirectora Nacional de Relaciones del Trabajo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social MTEySS
Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO
S/D

ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente Nº1.272.985/08

Ref.: Expte. 1265245/08.
-Dictamen Nº2926.-

PARTES SIGNATARIAS

Nos dirigimos a Usted en relación al Dictamen Nº 2926, correspondiente al Departamento Técnico Legal, a cargo de la Dra. Mirta Alsina, en el expediente de referencia y en tal sentido, de conformidad con lo solicitado, hacemos saber lo siguiente:

FEDERACION GREMIAL DEL
PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE
LA CARNE Y SUS DERIVADOS c/
CENTRO DE EMPRESAS
PROCESADORAS DE AVES

En ANEXO I, se adjunta la ESCALA SALARIAL vigente a partir del 1 de mayo de y hasta el 30
de junio de 2008 inclusive.

CCT 151/1991

De nuestra mayor consideración:

En ANEXO II, se adjunta la ESCALA SALARIAL vigente a partir del 1 de julio de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008 inclusive.

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

01/05/2008

$2.168,00

$6.504,00

01/08/2008

$2.233,07

$6.699,21

01/01/2009

$2.298,44

$6.895,32

Todo ello de conformidad con lo que establece el Acta-Acuerdo suscripto entre FACE y FATLyF
de fecha 19/08/2008.

Expediente Nº1.272.985/08

Asimismo, se acompaña para una mejor comprensión, copia de la escala salarial que se aplicaba con anterioridad a la celebración del presente acuerdo y que estuvo vigente hasta el 30/04/2008.
Sin otro particular, quedamos a vuestra disposición y saludamos a Ud. muy atentamente.
CPN Marcelo O. Gallo, Presidente.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1704/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 484/08 T. VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1704/2008

Resolución Nº1705/2008

Tope Nº484/2008
Bs. As., 10/11/2008
VISTO el Expediente Nº1.272.985/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº1351 de fecha 2 de octubre de 2008 y
Registros Nº1178/2008 y Nº1179/2008
Bs. As., 10/11/2008
VISTO el Expediente Nº1.283.608/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/03/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/03/2009

Page count64

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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