Boletín Oficial de la República Argentina del 04/03/2009 - Primera Sección
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Primera Sección
Miércoles 4 de marzo de 2009
BOLETIN OFICIAL Nº 31.607
12
Que mediante Resolución Nº1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por sus similares Nros. 4.668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas ellas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº9/07 y su complementaria Nº40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.
Que mediante la referida Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 281, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes de los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 13, 20, 27, 39, 50, 59, 67, 76, 85, 92, 126, 134, 142, 154, 170, 179, 203, 209, 219, 225, 231, 240, 245, 250 y 255.
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE
CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 280.
Que sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, el Area de Compensaciones de esta Oficina Nacional, en virtud a lo establecido por Resolución Nº1747 de fecha 4 de julio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se encuentra facultada para la realización de una fiscalización ex post en los establecimientos de las firmas que resulten ser acreedoras del beneficio de compensación, en el caso que se estime necesario.
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral Feed Lots.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TRES MILLONES VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON
DIECISIETE CENTAVOS $3.025.298,17, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO
CON DIECISIETE CENTAVOS $3.025.298,17.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Eyras.
ANEXO
PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS
PERIODO 2008
Nº
EXPEDIENTE
RAZON SOCIAL
C.U.I.T
C.B.U
enero
1
S01-0112396/08
2
S01-0112409/08
3
404944750
4
S01-0092720/08
5
S01-0111128/08
6
11179AXXR
7
S01-0165517/08
8
S01-0207057/08
BAJOS DULCES S.R.L.
febrero
marzo
abril
mayo
junio
julio
agosto
septiembre
octubre
diciembre
30-70764826-7
014040920170010034036-7
20-06307550-8
011047632004761067427-6
84.842,94
BENITO JAVIER SALGADO
20-01758412-0
014099980120000454791-1
20.524,90
FRANBEL S.A.
30-70851913-4
191037725503770059278-2
49.739,80
34.623,30
20-06127889-4
011026132002611087487-4
14.366,68
12.582,83
27-04296751-9
150065490006546028580-0
11.826,19
8.143,92
20-17249171-6
330005492054000367004-9
8.070,10
5.683,69
30-70947641-2
014033580167830500548-3
20-23484722-9
011029343002931108729-7
20.104,49
81.903,34
ANTONIO ROQUE MAZZON
ASERCIO VALENTIN
GRASSELLI
FERNANDEZ JUANA
EULALIA
CALLEGARI HENRY
JAVIER
32.836,63
noviembre 27.715,58
CALDERON MARIA M Y
CALDERON SILVINA B SH
30.393,59
22.962,89
LAS DOS HERMANAS SH
LEVANDOVSKY CLAUDIO
9
S01-0309525/08
10
S01-0126064/08
RANN S.A
33-70829048-9
299007270720013140000-0
11
S01-0266746/08
PRATO PABLO ANDRES
20-23456188-0
011033192003314097483-0
12
S01-0157623/08
RIMAMAR SA
30-63014954-8
007099902000005026058-0
13
S01-0201593/08
JACINTO MIGUEL LOPEZ
20-14227972-0
011042992004292218810-5
14
271359NCU
LA POCHILA S.A
30-68368230-2
014009460150360097819-9
15
S01-0192030/08
20-07606904-3
007012312000000193675-5
26.370,36
19.305,23
16
S01-0144563/08
THE FRIENDSHIP S.A.
30-70921547-3
014040230170720042765-3
81.323,55
59.187,89
17
11963NMTV
JUAN BAUTISTA SILVEYRA
23-12817097-9
015092160100000223018-1
120.434,81
91.072,50
18
S01-0106658/08
20-06301024-4
388089403000001816102-6
19
S01-57051/08
ALBERTO TOBAL S.A.
30-69486584-0
007012312000000143556-6
20
S01-0060663/08
LA ROPA S.A.
30-70741670-6
150001690000663217410-0
21
S01-003316/08
COGRACOP SRL
30-65883181-6
388071763000000249085-3
22
S01-0049911/08
20-07705684-0
386000890100000035460-3
23
S01-0112389/08
MARCELO FASCETTO
20-17078053-2
191019815501985025637-8
24
S01-0058824/08
LOS CASSINI SRL
30-70923906-2
014000070110000542995-2
FABIAN
JORGE ALBERTO CALANDRI
ALBERTO FRANCISCO PELLEGRINI
RICARDO SANTIAGO
EICHHORN
TOTAL
0,00
0,00
52.433,64
47.008,25
43.848,88
16.425,05
75.667,64
73.848,28
14.748,12
62.393,35
60.024,25
29.460,46
77.734,52
49.088,70
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
138.806,79
137.932,09
130.583,83
48.294,77
84.959,03
15.815,51
15.580,06
133.816,52
105.892,45
255.202,06 238.860,06
56.295,56
33.538,67
15.169,52
52.909,67
35.858,40
38.071,01
21.015,82
3.025.298,17