Boletín Oficial de la República Argentina del 29/04/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 31.394

Primera Sección
Martes 29 de abril de 2008

3

CONGRESO DE LA NACION

CONGRESO DE LA NACION

CONGRESO DE LA NACION

CONGRESO DE LA NACION

Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Declárase la validez del Decreto Nº 899/2007.

Declárase la validez del Decreto Nº 861/2007.

Declárase la validez del Decreto Nº 863/2007.

Declárase la validez del Decreto Nº 871/2007.

PE-44/08

PE-41/08

PE-45/08

PE-43/08

Bs. As., 9/4/2008

Bs. As., 9/4/2008

Bs. As., 9/4/2008

Bs. As., 9/4/2008

A la señora Presidenta de la Nación.

A la señora Presidenta de la Nación.

A la señora Presidenta de la Nación.

A la señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 899 de fecha 12 de julio de 2007.

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 861 de fecha 5 de julio de 2007.

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 863 de fecha 5 de julio de 2007.

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 871 de fecha 5 de julio de 2007.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Saludo a usted muy atentamente.

Saludo a usted muy atentamente.

Saludo a usted muy atentamente.

Saludo a usted muy atentamente.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

CONGRESO DE LA NACION

CONGRESO DE LA NACION

Resolución
Resolución
Declárase la validez del Decreto Nº 757/2007.

Declárase la validez del Decreto Nº 444/2007.

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GANADO OVINO

PE-40/08

PE-38/08

Resolución 25/2008

Bs. As., 9/4/2008

Bs. As., 9/4/2008

Requisitos que deberán cumplimentar los establecimientos faenadores de hacienda ovina.
Declaraciones Juradas diarias y mensuales de Faena. Formularios.

A la señora Presidenta de la Nación.

A la señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 757 de fecha 19 de junio de 2007.

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 444 de fecha 26 de abril de 2007.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Saludo a usted muy atentamente.

Saludo a usted muy atentamente.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

CONGRESO DE LA NACION

CONGRESO DE LA NACION

Resolución
Resolución
Declárase la validez del Decreto Nº 872/2007.

Declárase la validez del Decreto Nº 40/2007.

VISTO el Expediente Nº S01:0094164/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº J - 152 de fecha 24 de noviembre de 1983 de la ex JUNTA NACIONAL DE CARNES, se dispuso la obligación de presentación de Lista de Matanza a los establecimientos faenadores de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y equinos.
Que, por Resolución Nº J - 159 de fecha 31 de octubre de 1990 de la ex JUNTA NACIONAL
DE CARNES, se estableció la modalidad en que han de confeccionarse los formularios Lista de Matanza.
Que, a fin de realizar una correcta evaluación de la tendencia de faena en relación a las existencias y al mercado de consumo, resulta necesario contar con información relativa del peso promedio de faena, como así también del detalle de las diferentes categorías de animales sacrificados.
Que, siendo una de las funciones primordiales de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO velar por la transparencia del mercado y la libre concurrencia de los operadores al mismo, así como llevar a la mínima expresión toda práctica desleal de comercialización, es necesario crear un marco normativo acorde con las necesidades actuales de información.
Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

PE-42/08

PE-37/08

Bs. As., 9/4/2008

Bs. As., 9/4/2008

A la señora Presidenta de la Nación.

A la señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

Bs. As., 28/4/2008

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, a fin de llevar a su conocimiento que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de resolución:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

EL SENADO
DE LA NACION ARGENTINA, RESUELVE:

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 872 de fecha 10 de julio de 2007.

Artículo 1º Declarar la validez del Decreto del PEN Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Saludo a usted muy atentamente.

Saludo a usted muy atentamente.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

JULIO CESAR C. COBOS. Juan José Canals.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Los establecimientos faenadores de hacienda ovina deberán completar el formulario de Declaración Jurada Diaria de Faena Ovina que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que deberá archivarse en el establecimiento junto con la copia de la Lista de Matanza del día correspondiente a la fecha.
Art. 2º Los establecimientos faenadores de hacienda ovina deberán completar el formulario de Declaración Jurada Mensual de Faena Ovina, que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución, debiéndose enviar vía correo electrónico a la dirección: ovinos@oncca.gov.ar e imprimir UNA 1 copia y adjuntarla a la última Lista de Matanza del mes, la cual deberá enviarse por correo postal ante la Oficina de Recepción de Información, Venta y Archivo RIVA de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, sita en la Av. Paseo Colón Nº 922, 1º piso, Oficina Nº 149 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro de los primeros CINCO 5 días de finalizado el mes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/04/2008 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date29/04/2008

Page count28

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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