Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, martes 18
de marzo de 2008

BOLETIN OFICIAL

Año CXVI
Número 31.368

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Precio $ 0,80

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Sumario Pág.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 63/2008

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
63/2008
Danse por aprobados contratos celebrados de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo I de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02.

Danse por aprobados contratos celebrados de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo I de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02.

1
Bs. As., 17/3/2008

RESOLUCIONES
TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
139/2008-ST
Autorízase a Crucero del Norte S.R.L. a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo utilizando aeronaves de reducido porte.
SANIDAD ANIMAL
148/2008-SENASA
Modifícase la Resolución Nº 725 del 15 de noviembre de 2005 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
540/2008-CNRT
Créase el Programa Anual de Capacitación de la citada Comisión.
INDUSTRIA ACEITERA
3513/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.
INDUSTRIA LACTEA
3562/2008-ONCCA
Autorízase el pago de aportes no reintegrables solicitados en el marco del mecanismo establecido mediante la Resolución Nº 48/2008 del Ministerio de Economía y Producción.

VISTO el Expediente Nº 58/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y
2

CONSIDERANDO:

3

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre distintos funcionarios competentes de esta Jurisdicción y los agentes nominados en los Anexos I y II de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

5

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que los agentes involucrados en la presente medida se encuentran afectados exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del decreto mencionado en primer término del Visto.

5

5

Que en la contratación propiciada en el Anexo I de la presente medida, se configura el supuesto previsto en el considerando precedente por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
3563/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

13

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
3564/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

14

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
3565/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

15

PRODUCCION DE GANADO PORCINO
3566/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.
PRODUCCION DE GANADO BOVINO
3567/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN $ 3.100.-.

16

Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 t.o.
1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo, entre otras consideraciones, para el Nivel B la exigencia del título universitario o terciario y la edad de 25 años, y para el Nivel D la exigencia del ciclo básico secundario.
Que los antecedentes curriculares de los agentes nominados en el Anexo II de la presente medida, resultan atinentes al objetivo de las funciones que les van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar las contrataciones de los mismos como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 627.576

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
17

Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Continúa en página 2

DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2008 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/03/2008

Page count36

Edition count9382

Première édition02/01/1989

Dernière édition30/06/2024

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