Boletín Oficial de la República Argentina del 14/11/2006 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Martes 14 de noviembre de 2006
CONSIDERANDO:
ANEXO I
Que por el Decreto Nº 577/03 se estableció que toda contratación encuadrada en las prescripciones del Decreto 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.-.
UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL
PROGRAMA APOYO AL PROGRAMA FAMILIAS
APELLIDO Y NOMBRE
Carratu Margarita
DNI/LC/LE/CI
92,528,021
8
BOLETIN OFICIAL Nº 31.032
INICIO DEL
CONTRATO
FINALIZACION
CONTRATO
IMPORTE IMPORTE
MENSUAL TOTAL
FUNCION /RANGO
01-08-06
31-12-06
$ 2.440,00 $ 12.200,00
Consultor B
Que a fin de asegurar y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, es necesario exceptuar de lo establecido por el articulo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, el cual regula el Régimen de Contrataciones de Personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, a las personas que se consignan en el Anexo I de la presente Decisión Administrativa.
I
Que las personas cuyas contrataciones se proponen reúnen los requisitos de idoneidad necesaria para cumplir las tareas que se indican.
Que resulta necesario proceder a la celebración de los contratos con cargo a la Jurisdicción 85 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 831/2006
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios, celebrado en el marco del Convenio de Préstamo Nº 1669/OC-AR.
Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 2º del artículo 100
de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01.
Por ello,
Bs. As., 8/11/2006
VISTO el Expediente Nº E-22658-2006 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Convenio de Préstamo Nº 1669/OC-AR, celebrado entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO de APOYO AL PROGRAMA FAMILIAS-FASE I, aprobados por el Decreto Nº 32 del 10 de enero de 2006 y CONSIDERANDO:
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de lo establecido por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, al solo efecto de posibilitar las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo I de la presente Decisión Administrativa.
Que por el expediente de referencia tramita la contratación de un consultor para el PROGRAMA indicado en el visto, a fin de desarrollar los planes de acción previstos y a efectos de contar con la dotación del personal técnico y profesional con experiencia, que permitan la adecuada consecución de los objetivos del mencionado PROGRAMA, habiéndose efectuado en tal sentido la selección pertinente.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.
Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000..
JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
ANEXO I
APELLIDO
NOMBRES
DOC. Nº
INICIO DEL
CONTRATO
FIN DEL
CONTRATO
FUNCION
Y
RANGO
IMPORTE
MENSUAL
IMPORTE
TOTAL
NASO
Mario Sebastián
23.472.303
01/04/2006
31/12/2006
C-II
$ 1.800,00
$ 16.200,00
GOMEZ
Fernando Mauricio 26.020.485
01/04/2006
31/12/2006
C-II
$ 1.800,00
$ 16.200,00
$ 3.600,00
$ 32.400,00
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Artículo 1º Dase por aprobado el contrato de locación de servicios, con la persona que se consigna en la Planilla, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente, a partir de la fecha allí indicada, de acuerdo a las tareas, condiciones e importe mensual y total, que en concepto de honorarios, se indican en la misma.
Art. 2º Establécese que la erogación de dicho contrato será financiada de acuerdo al CONVENIO DE PRESTAMO Nº 1669/OC-AR, celebrado entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, de APOYO AL PROGRAMA FAMILIAS-FASE I.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.
ANEXO I
UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL
PROGRAMA APOYO AL PROGRAMA FAMILIAS
Decisión Administrativa 833/2006
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios, celebrado en el marco del Convenio de Préstamo Nº 1669/OC-AR.
Bs. As., 8/11/2006
VISTO el Expediente Nº E-20124-2006 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Convenio de Préstamo Nº 1669/OC-AR, celebrado entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO de APOYO AL PROGRAMA FAMILIAS-FASE I, aprobados por el Decreto Nº 32 del 10 de enero de 2006 y Nº 577 del 07 de Agosto de 2003
y CONSIDERANDO:
APELLIDO Y NOMBRE
DNI/LC/LE/CI
INICIO DEL
CONTRATO
FINALIZACION
CONTRATO
IMPORTE IMPORTE
MENSUAL TOTAL
FUNCION /RANGO
Grigera Agustina
22,061,618
01-07-06
31-12-06
$ 3,498.00 $ 20,988.00
Consultor A
II
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 832/2006
Exceptúase al citado Ministerio de lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, a efectos de posibilitar contrataciones de personal.
Que por el expediente de referencia tramita la contratación de un consultor para el PROGRAMA indicado en el visto, a fin de desarrollar los planes de acción previstos y a efectos de contar con la dotación del personal técnico y profesional con experiencia, que permitan la adecuada consecución de los objetivos del mencionado PROGRAMA, habiéndose efectuado en tal sentido la selección pertinente.
Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000..
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003.
Por ello,
Bs. As., 8/11/2006
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
VISTO el Expediente Nº E-11318-2003 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, y lo solicitado por el mencionado MINISTERIO, y
Artículo 1º Dase por aprobado el contrato de locación de servicios, con la persona que se consigna en la Planilla, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente, a partir de la fecha allí