Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 8 de noviembre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.028

12

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nro. 235/04 AFIP, procede disponer en consecuencia.

cias de gestión, se desarrollarán talleres temáticos y se evaluarán las condiciones de interacción con los programas nacionales de fomento a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Por ello,
Que la realización de dicho Encuentro Nacional cumple con los objetivos mencionados, y se enmarca dentro del fomento de canales de participación e instrumentos de promoción a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DEL INTERIOR
DISPONE:
Artículo 1º Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos de ausencia o impedimento de la Dirección Regional Santa Fe, el que quedará establecido de la forma que seguidamente se indica:
UNIDAD ESTRUCTURA

REEMPLAZANTE

DIRECCION REGIONAL SANTA FE

DIVISION REVISION Y RECURSOS
AGENCIA SEDE SANTA FE
DIVISION JURIDICA

Art. 2º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Jaime L. Mecikovsky.
Nº 529.568

Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
ADHESIONES OFICIALES
Disposición 151/2006
Institúyese la realización de un Encuentro Nacional de Agencias de Desarrollo Productivo.
Convocatoria.

Bs. As., 2/11/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0317984/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, en el Decreto Nº 25 de fecha 27
de mayo de 2003 y sus modificatorios, y en la Disposición Nº 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el cual se transfirió la ex-SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION
como Subsecretaría a la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION las áreas de competencia que le asistían a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300, y por el Decreto Nº 25/03 y sus modificatorios.
Que el Artículo 13 de la Ley Nº 24.467 modificado por el Artículo 35 de la Ley Nº 25.300 creó la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, con el objeto de brindar asistencia homogénea a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas MIPyMEs en todo el Territorio Nacional.
Que dispuso asimismo el citado artículo que los contratos del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa FONAPYME y Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa FOGAPYME deberán prever una asignación de fondos para la instalación y puesta en marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo por hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES $ 5.000.000.
Que por la Disposición Nº 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se procedió a aprobar un nuevo Reglamento para la instalación y puesta en marcha de la Red de Agencias de Desarrollo Productivo.
Que en el Artículo Cuarto, Item A, apartado I, del Reglamento Anexo a la disposición mencionada se ha previsto destinar la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL
$ 750.000 para el fortalecimiento institucional de las Agencias y la Red de Agencias.
Que en el Artículo Quinto, apartado 2 in fine, de dicho Reglamento se establece como uno de los canales de financiación el destinado a solventar las actividades de fortalecimiento institucional de la Red de Agencias, en particular, acciones tendientes a mejorar los vínculos interagencias, promoviendo una mayor sinergia entre las entidades que conforman la red.

Que para equiparar las posibilidades de acceso a este espacio de intercambio se cubrirán parte de los costos de pasaje y estadía para los representantes de las organizaciones participantes.
Que se ha estimado un presupuesto preliminar, en cuyo marco se desarrollarán las actividades previstas, que responde al cálculo de erogaciones cuyos criterios se detallan en un informe obrante en el expediente por el cual tramita la presente medida.
Que en virtud de lo establecido en el Artículo 3º de la Disposición Nº 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los fondos necesarios para solventar la realización del referido encuentro serán provistos por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en su carácter de ente fiduciario del Contrato de Fideicomiso en el marco de lo dispuesto por los Artículos 3º y 9º de la Ley Nº 25.300, en virtud de las asignaciones aprobadas por el Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa FONAPYME y el Comité de Administración del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa FOGAPYME en función del destino establecido por la Autoridad de Aplicación.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros.
24.467 y 25.300, el Decreto Nº 25/03 y sus modificatorios y la Disposición Nº 114/06, de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
Artículo 1º Institúyese la realización del un Encuentro Nacional de Agencias de Desarrollo Productivo a realizarse en la fecha que en forma anual establezca la Autoridad de Aplicación.
Art. 2º Convócase al Primer Encuentro Nacional de Agencias de Desarrollo Productivo a realizarse durante los días 29 y 30 del mes de noviembre de 2006 en la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES.
Art. 3º Apruébase el presupuesto estimado para la realización del encuentro convocado por el artículo precedente, de acuerdo con el detalle que como Anexo con UNA 1 hoja forma parte integrante de la presente medida.
Art. 4º Instrúyese la confección de un registro de actividades y la documentación de las conclusiones finales del Primer Encuentro Nacional de Agencias de Desarrollo Productivo, los que serán elaborados en el ámbito de la Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 5º Ordénase solventar los gastos derivados del encuentro mencionado en el Artículo 2º de la presente medida, a través del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa FONAPYME y el Comité de Administración del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa FOGAPYME, con cargo a los fondos asignados en el Artículo Cuarto, Item A, apartado I, del Reglamento Anexo de la Disposición Nº 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y en función del presupuesto aprobado en el Artículo 3º de la presente medida.
Art. 7º La presente medida entrará en vigencia desde el día posterior a su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 8º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Matias S. Kulfas.
ANEXO
PRIMER ENCUENTRO NACIONAL
DE AGENCIAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO
PRESUPUESTO ESTIMADO
Montos máximos por ítem Concepto
Importe
Que en ese sentido se ha decidido encarar una serie de acciones que apuntan al desarrollo integral y articulado de las Agencias de Desarrollo Productivo, a su afianzamiento como agentes receptores de la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en sus localidades y a su definitiva integración a una red que las comunique e interrelacione.

Pasajes
90.000,00

Viáticos
70.000,00

Comidas
60.000,00

Que esta decisión implica, entre otras, la necesidad de abrir espacios de encuentro, reflexión y diálogo con los representantes de dichas agencias, en los que se evalúen cuestiones vinculadas con la conformación de mayores y mejores vínculos entre ellas y la promoción de su accionar articulado.

Librería
4.000,00

Que en virtud de ello se entiende oportuno impulsar, entre otras medidas, la organización de un Encuentro Nacional de Agencias de Desarrollo Productivo con el objeto de impulsar el intercambio de experiencias, la profundización del trabajo en red y una mayor interrelación entre las agencias participantes.

Total
Que a tales fines se entiende conveniente promover un evento a desarrollarse en DOS 2
jornadas, durante las cuales se analizarán problemáticas comunes, se expondrán experien-

Alquileres Otros
20.000,00
5.000,00
249.000,00

Los pagos con cargo al presente Presupuesto se tramitarán previa aprobación de su documentación respaldatoria por parte de la Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date08/11/2006

Page count36

Edition count9412

Première édition02/01/1989

Dernière édition30/07/2024

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