Boletín Oficial de la República Argentina del 14/02/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 14 de febrero de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.845

RESOLUCIONES

Art. 3º El aporte dispuesto por el Artículo 1º deberá ser ingresado a la TESORERIA GENERAL
DE LA NACION antes del quinto día hábil posterior a la suscripción de la presente medida.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos A. Mosse.

Secretaría de Hacienda
PRESUPUESTO
Resolución 38/2006
Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, a fin de incorporar a la Tesorería General de la Nación remanentes de recursos del Ejercicio 2001 correspondientes al Ministerio de Economía y Producción y del Ejercicio 2003, pertenecientes a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

NOTA: Esta Resolución se publica sin las Planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
REGIMEN DE IMPORTACION
DE LINEAS DE PRODUCCION
USADAS

Bs. As., 9/2/2006
Resolución 35/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0023708/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y
Extiéndese el plazo fijado por la Resolución Nº 511/2000 del ex Ministerio de Economía para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma Erc Latinoamérica S.A.

CONSIDERANDO:

Bs. As., 10/2/2006

Que se deben incorporar remanentes de recursos del Ejercicio 2001 correspondientes al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del Ejercicio 2003 pertenecientes a la COMISION NACIONAL DE REGULACION
DEL TRANSPORTE, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la Tesorería General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 13 de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006.

VISTO el Expediente Nº S01:0266246/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
Que por el referido artículo se faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a disponer las adecuaciones presupuestarias necesarias para la implementación de su ingreso al TESORO NACIONAL.
Que los remanentes de recursos surgen de la diferencia entre los ingresos percibidos y los gastos devengados en cada ejercicio.
Que la percepción de dichos excedentes se destinará en su totalidad a Aplicaciones Financieras.
Que por Disposición del Subsecretario de Presupuesto Nº 7 de fecha 23 de enero de 2006 se fijaron las cuotas de compromiso para el cuarto trimestre y de devengado presupuestario para los meses de enero, febrero y marzo del presente año.
Que resulta necesario modificar los montos autorizados para el primer trimestre, a fin de que los Organismos citados anteriormente puedan cumplimentar con los respectivos aportes al TESORO NACIONAL.
Que la presente medida se dicta en uso de la atribuciones emergentes del último párrafo del Artículo 13 y 15 de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006.
Por ello, EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º Modifícase la cuota de compromiso para el primer trimestre y de devengado presupuestario correspondiente al mes de febrero de 2006, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

CONSIDERANDO:
Que la firma ERC LATINOAMERICA S.A. ha solicitado mediante el Expediente Nº S01:0261531/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION que se le conceda una prórroga del plazo para la importación y puesta en marcha de los bienes integrantes de una línea completa y autónoma destinados a una planta de producción de balastos que fuera aprobada por la Resolución Nº 250 de fecha 23 de septiembre de 2004 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, los beneficios del Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas conforme a la Resolución Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la mencionada firma justifica su solicitud en los forzosos cambios producidos en el cronograma de ejecución y puesta en marcha del proyecto, como consecuencia de la necesidad de una mayor inserción internacional por aparición de novedades en el mercado de exportación vinculadas a la política de ahorro energético, que afectan el diseño original de la línea de producción proyectada y que operaron con posterioridad al dictado de la Resolución Nº 250/04 de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la empresa presentó, de acuerdo a lo exigido por el Artículo 11 de la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, el Informe Técnico elaborado por la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL
FACULTAD REGIONAL DE HAEDO de donde surge que el cronograma del proyecto se vio alterado en su concepción original postergando la fecha de importación y la puesta en marcha del proyecto.
Que del análisis realizado por la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa dependiente de la SUBSECRETARIA
DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL y por la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
ambas dependientes de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, surge que se verifican las razones técnicas tanto desde la perspectiva empresarial y conveniencia para la actividad económica general, resultando por lo tanto atendibles las razones aducidas por la firma para obtener la prórroga requerida.

INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Resolución General 1/2006
Vigencia de la Resolución General Nº 7/
2005, aprobatoria de las Normas de la I.G.J, con los Anexos, modificaciones y enmiendas aprobados por la Resolución General Nº 10/2005.

Que la presente medida se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 5º de la Resolución Nº 511/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA.
Por ello,
Bs. As., 13/2/2006

EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:

VISTO las Resoluciones Generales I.G.J. Nros.
7/05, 10/05 y 12/05, y
Artículo 1º Extiéndese en CIENTO OCHENTA DIAS 180 días, el plazo fijado por el Artículo 11 de la Resolución Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA
para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ERC LATINOAMERICA S. A., que fuera aprobado por la Resolución Nº 250 de fecha 23 de septiembre de 2004 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 2º A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA
Y GESTION COMERCIAL de esta Secretaría notifíquese a la firma ERC LATINOAMERICA S. A..
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Miguel G. Peirano.

CONSIDERANDO:
Que el artículo 4º de la Resolución General I.G.J. Nº 7/05 determina que la misma entrará en vigencia a los ciento ochenta 180 días de su publicación en el Boletín Oficial, habiéndose efectuado dicha publicación el día 25
de agosto de 2005 y debiéndose efectuar el cómputo por días corridos.
Que en consecuencia la normativa citada, así como la de la resolución General I.G.J. Nº 10/
05, entrará en vigencia el día 21 de febrero del corriente año, habiéndose incurrido en error material al consignarse una fecha diferente 26 de febrero en el considerando quinto de la Resolución General I.G.J. Nº 12/05.
Que si bien resulta clara la primacía de las disposiciones del Código Civil y en particular el citado artículo 4º de la Resolución General I.G.J. Nº 7/05 por sobre el considerando de una norma que, en cuanto tal, carece de valor dispositivo, resulta conveniente aclarar expresamente la fecha precisa de entrada en
BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/02/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date14/02/2006

Page count24

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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