Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 13 de julio de 2005

Que lo citado en el párrafo precedente no resulta aplicable, toda vez que no se han autorizado ni determinado los plazos de puesta en funcionamiento de los medios, enlaces o sistemas de telecomunicaciones que dicho punto menciona.
Que cumplidos los requisitos correspondientes y recabada la intervención del órgano jurídico respectivo, este se expide en el sentido que se proceda a la baja de dicha licencia.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.694

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

17

Resolución ENRE N 439/05
ACTA N 780
Expediente ENRE N 10.282/01

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9 del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto N 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.
Por ello, EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1 Cancélase la Licencia otorgada a TAXIGOL SOCIEDAD RESPONSABILIDAD
LIMITADA por Resolución N 176 dictada por ex SECRETARIA DE ENERGIA Y COMUNICACIONES, dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
con fecha 5 de octubre de 1995, para la prestación del Servicios de Radio Taxi, en el ámbito Nacional.
ARTICULO 2 La medida adoptada en el Artículo 1, tendrá vigencia a partir del 17 de agosto de 2004.
ARTICULO 3 Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto N 1759/72 t.o. Decreto N 1883/91.
ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. MARIO GUILLERMO MORENO, Secretario de Comunicaciones.
e. 13/7 N 485.286 v. 13/7/2005

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
Resolución N 170/2005
Bs. As., 6/7/2005
VISTO el expediente N 8047/2003 del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
Buenos Aires, 07 de julio de 2005
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Hacer lugar parcialmente al Recurso de Reconsideración interpuesto por EDESUR S.A. contra la Resolución ENRE N 130 del 26 de febrero de 2004 de conformidad con lo expuesto en los considerandos del presente, rechazando lo demás que fuera objeto del Recurso. 2.- Reformular el Artículo 2 de la Resolución ENRE N 130/2004, de acuerdo con el siguiente texto: ARTICULO 2.- EDESUR S.A. deberá acreditar a cada uno de los usuarios afectados en cada uno de los: DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO 18.284 casos de estimaciones incluidos en la tabla Estimaciones penalizables del archivo Análisis Recurso Estimados 2000.mdb obrante a fojas 167, el importe que se detalla en el campo Multa a aplicar, actualizado a la fecha de efectivo pago con los intereses previstos en el artículo 9 del Reglamento de Suministro, por el incumplimiento al deber de emitir las facturas reflejando lecturas reales previsto en el artículo 4 inciso b del Reglamento de Suministro. DOSCIENTOS
UNO 201 casos de estimaciones detallados en las tablas Multas NO inf en T18 SIN automulta y Multas NO inf en T18 Sin observaciones del archivo Análisis Recurso Estimados 2000.mdb obrante a fojas 167, el importe que se detalla en el campo MULTA_CALC, actualizado a la fecha de efectivo pago con los intereses previstos en el artículo 9 del Reglamento de Suministro, por haber superado los máximos admisibles previstos en el punto 4.2 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión. CUATRO
MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS 4416 casos de estimaciones detallados en la tabla Multas inf T18 extemporáneas del archivo Análisis Recurso Estimados 2000.mdb obrante a fojas 167, los intereses previstos en el artículo 9 del Reglamento de Suministro respecto de los importes indicados en el campo MULTA_CALC entre la fecha en que debió abonarse la penalidad F_MULTA_CALC y la de su efectivo pago f_fact_T18. SEIS 6 casos detallados en la tabla Multas inf T18 extemporáneas e inferiores del archivo Análisis Recurso Estimados 2000.mdb obrante a fojas 167, los importes indicados en el campo DIF_MULTA, actualizados a la fecha de efectivo pago con los intereses previstos en el artículo 9 del Reglamento de Suministro. Asimismo deberá abonar en los mismos SEIS 6
casos, los citados intereses, respecto de los importes indicados en el campo MULTA_CALC entre la fecha en que debió abonarse la penalidad F_MULTA_CALC y la de su efectivo pago f_fact_T18.
3.- Reformular el Artículo 3 de la Resolución ENRE N 130/2004, de acuerdo con el siguiente texto:
ARTICULO 3.- Aplicar a EDESUR S.A., conforme lo dispuesto en los numerales 6.3 y 6.7 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión, una multa en pesos equivalente a 1.399.595 kW/h, calculada como se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, por el incumplimiento a lo dispuesto en la Tabla 15 del anexo a la Resolución ENRE N 2/98 y en el artículo 25 incisos a, x e y del Contrato de Concesión. El monto de dicha sanción deberá determinarse de acuerdo con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N 20.046. 4.- Notifíquese a EDESUR S.A. esta Resolución y su Anexo, con copia del informe obrante a fojas 164/166 y del soporte informático de fojas 167 y devuélvase al Departamento de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica para el control de multas correspondiente. Firmado: JORGE DANIEL BELENDA, Vocal tercero. MARCELO BALDOMIR
KIENER, Vocal Primero. RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Vicepresidente. El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N 1020 10 piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y en www.boletinoficial.gov.ar e. 13/7 N 485.366 v. 13/7/2005

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N 5421 de fecha 19 de noviembre de 2003 dictada por la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, se autorizó a SERGIO MARCOS JEROSIMICH CUIT 2014382056-5 a instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Sistema de Transporte de Programas de Radiodifusión Sonora TPRS.
Que el servicio radioeléctrico citado se encuentra alcanzado por lo establecido en la Resolución N 1619 de fecha 5 de octubre de 1999 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, debiendo la titular de las mismas presentar dentro de los CIENTO VEINTE 120 días contados a partir de la notificación del acto mencionado en el primer considerando la certificación a que hace referencia el Capítulo II del Anexo A de la norma citada precedentemente.
Que la certificación antes mencionada no ha sido presentada dentro del plazo normativamente establecido, por lo que se procedió a intimar a la permisionaria para que subsane dicho incumplimiento, mediante la Nota CNCGI N 344 de fecha 3 de septiembre de 2004, otorgándose para ello un plazo de DIEZ 10 días hábiles, a contar de recibida la notificación.
Que en razón de lo expuesto precedentemente y no obteniéndose respuesta al requerimiento citado corresponde declarar la caducidad de la autorización oportunamente otorgada en concordancia con lo establecido en el punto 2 del Capítulo III del Anexo A de la Resolución N 1619 de fecha 5 de octubre de 1999 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9 del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 1142
de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto N 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.
Por ello, EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1 Declarar la caducidad de la autorización otorgada a SERGIO MARCOS JEROSIMICH CUIT 20-14382056-5 mediante la Disposición N 5421 de fecha 19 de noviembre de 2003
dictada por la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. MARIO GUILLERMO MORENO, Secretario de Comunicaciones.
e. 13/7 N 485.287 v. 13/7/2005

Resolución ENRE N 442/05
ACTA N 781
Expediente ENRE N 16.835/04
Buenos Aires, 07 de julio de 2005
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Autorizar a GECOR SA a acceder a la capacidad de transporte para incorporar un nuevo turbogenerador de 16 MW de potencia, a conectarse a las barras de 66 kV existentes en la Estación Transformadora propiedad de EPEC, dentro de la Central Térmica Gral. Levalle, ubicada en el acceso a la ciudad de General Levalle, en la Provincia de Córdoba. 2.- Instruir a GECOR SA a que implemente un sistema de Desconexión Automática de Generación - DAG, para mantener la estabilidad de la Red ante contingencias, e informarle a la misma que no podrá negarse al reemplazo de los transformadores de intensidad TI de la línea de 66 kV Gral. Levalle-Laboulaye cuándo éste sea solicitado por el PAFTT, para evitar la sobrecarga de los mismos, y dar cumplimiento a los requerimientos para la Etapa II definidos por CAMMESA. 3.- Notifíquese a GECOR S.A., a E.P.E.C. y a CAMMESA. Firmado: JORGE DANIEL
BELENDA, Vocal tercero. JULIO CESAR MOLINA, Vocal Segundo. MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Vicepresidente.
e. 13/7 N 485.365 v. 13/7/2005

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios a la firma SOL DE NOCHE S.R.L. y al señor ENRIQUE ALEJANDRO FERNANDEZ para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos - Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, sito en Reconquista 250, Piso 5, Oficina 502, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N 100626/04, Sumario N 3149, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N 19.359 t.o. por Decreto N 480/95, bajo apercibimiento de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 cinco días.
GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
LAURA A. BONFIGLIO, Analista Administrativo de Asuntos Contenciosos, Gerencia de Asuntos Contenciosos. RAUL MAURO FINOCCHIARO, Subgerente de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 13/7 N 485.387 v. 19/7/2005

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios a la firma EL CONDOR DE LOS ANDES S.R.L., para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos - Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios -, sito en Recon-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/07/2005

Page count60

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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