Boletín Oficial de la República Argentina del 05/08/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 5 de agosto de 2004

Pág.
Decisión Administrativa 358/2004
Apruébase una contratación de locación de servicios para el Proyecto Apoyo a Proyectos Alimentarios Comunitarios APAC, financiado de acuerdo con el Convenio NºALA/B7-310/2003/5760, celebrado con la Unión Europea.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decreto 983/2004
Desígnase Agregado Especializado en el Area Agrícola de la Embajada ante la República Popular China.

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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 529/2004-MTESS
Juicios entablados por devolución de lo descontado sobre asignaciones familiares, que tramitan por ante el Juzgado Federal de la Ciudad de Viedma. Autorízase a la representación judicial de la citada Jurisdicción a allanarse a los planteos de inconstitucionalidad de los artículos 10 y 12 de la Ley Nº25.453 y la normativa dictada en su consecuencia.

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PESCA
Resolución 675/2004-SAGPA
Autorízase a determinados buques a efectuar operaciones de pesca de la especie merluza común al Norte y al Sur del Paralelo 41º Sur, entre el 1 de agosto de 2004 y el 31 de diciembre de 2004, hasta el límite de la captura máxima establecida en cada caso. Asignación de tonelajes de la especie mencionada a las provincias de Buenos Aires, Río Negro, Chubut y Santa Cruz.

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PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS AGRICOLAS
Resolución 512/2004-SENASA
Establécese que los productos y subproductos agrícolas nacionales no cultivados tradicionalmente, para los cuales no exista una tolerancia nacional expresa del principio activo, podrán comercializarse sólo si el Codex Alimentarius contempla una tolerancia para el residuo de que se trate, y la evaluación de riesgo al consumidor no indique riesgos considerados inaceptables.

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RADIODIFUSION
Decreto 998/2004
Autorízase a la Universidad Católica de Santiago del Estero a instalar y operar un Sistema de Televisión Abierta.
SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS
Resolución 513/2004-SENASA
Modifícase la Resolución Nº240/2003, mediante la cual se creó el Registro Nacional de Identificación Sanitaria de Establecimientos Mayoristas de Frutas y Hortalizas Frescas, con la finalidad de establecer subcategorías en relación con las superficies cubiertas y número de operadores en los distintos mercados.

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Que a efectos de determinar la procedencia técnica del Requerimiento impetrado, la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES procedió a efectuar la correspondiente reserva de canal.
Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, ha dictaminado sobre el particular.
Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto por los artículos 3º, 8º, y 107 de la Ley Nº 22.285 y modificatorias.

Hácese lugar a los recursos jerárquicos en subsidio interpuestos contra la Resolución Nº 30 de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación, de fecha 17 de marzo de 2003, por los siguientes agentes de la Casa Militar: Roberto Daniel Aita, D.N.I. Nº 11.787.427; Alicia Beatriz Cerdan, D.N.I.
Nº 12.445.868; Nilda Liliana Bertone, D.N.I.
Nº 11.751.172; María Cristina Iorio, D.N.I.
Nº 12.012.739; Oscar Pedro González, D.N.I.
Nº 10.465.678; Jorge Orlando Cessario, D.N.I.
Nº 10.123.951 y Alejandro Fabián Davila, D.N.I.
Nº 17.617.196.
Reconócese como de legítimo abono las diferencias de haberes solicitadas por los recurrentes por el ejercicio de funciones superiores. La Secretaría General de la Presidencia efectuará la liquidación y pago de las diferencias de haberes que surjan de los dispuesto, conforme la normativa aplicable al caso.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01, Secretaría General de la Presidencia de la Nación.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Que, por otra parte en el artículo 3º de la norma indicada, se dispone que lo establecido en el artículo 2º de la misma, respecto de las renovaciones o prórrogas no resultará de aplicación en aquellos contratos en los cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato cuya renovación o prórroga se gestione.
Que, en los casos señalados en el considerando anterior, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Que, por su parte, mediante el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades incluidas en el artículo 1º del referido Anexo I, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.
Que a fin de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, es necesario proceder a las contrataciones como excepción a lo establecido por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, con la pertinente autorización otorgada al efecto por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, en consecuencia, resulta procedente autorizar a la titular del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a efectuar las contrataciones, de las personas que se mencionan en el Anexo I de la presente.

Decisión Administrativa 357/2004

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Autorízase a la titular de la citada Jurisdicción a aprobar contrataciones celebradas como excepción a lo establecido por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/2001.

Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1º del artículo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto Nº 577/03.

Bs. As., 29/7/2004
VISTO el Expediente E-3395-2004 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y los Decretos Nros. 577 del 07 de agosto de 2003 y 1184 del 20 de setiembre de 2001, y CONSIDERANDO:

AVISOS OFICIALES

Que la peticionante ha advertido la necesidad de contar con una emisora que dé prioridad a los aspectos de educación e información, al desarrollo y a la situación socio-cultural de SANTIAGO DEL ESTERO. La cosmovisión que informará la programación será la de la concepción cristiana del mundo y de la vida, ajustándose a la verdad, al servicio de la libertad, la justicia, la dignidad humana, la solidaridad social, defendiendo valores nacionales y el sistema democrático.

ción en cuya área desarrollen sus funciones dichos entes.

Por ello,
DECISIONES ADMINISTRATIVAS SINTETIZADAS

Nuevos

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Bs. As., 3/8/2004

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL

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Que en las mencionadas actuaciones tramita el pedido formulado por la Rector de la UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DEL
ESTERO, tendiente a obtener autorización para instalar y operar un Sistema de Televisión Abierta, en la Ciudad de SANTIAGO DEL
ESTERO, provincia homónima.

PRESIDENCIA DE LA NACION

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DECRETOS SINTETIZADOS

CONSIDERANDO:

DECRETOS
SINTETIZADOS
Decreto 997/2004

Decisión Administrativa 359/2004
Dase por aprobada una contratación celebrada por la citada Jurisdicción bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº1184/2001.

PROTECCION DEL PATRIMONIO ARQUEOLOGICO Y PALEONTOLOGICO
Resolución 2272/2004-SC
Establécense los requisitos que deberán reunir, en los casos permitidos por la Ley Nº25.743, las solicitudes de exportaciones temporarias, definitivas y de devolución de bienes arqueológicos.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.457

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Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase a la UNIVERSIDAD
CATOLICA DE SANTIAGO DEL ESTERO, a instalar y operar UN 1 Sistema de Televisión Abierta, en la Ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima.
Art. 2º Asígnase al canal abierto de televisión correspondiente a dicha Universidad Católica, el Canal 3 Polarización Horizontal y Desplazamiento de -10 Khz., Categoría MENOR, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 292/
81 MOySP.
Art. 3º Fíjase un plazo de NOVENTA 90
días a partir de la notificación del presente decreto, para que la UNIVERSIDAD CATOLICA DE
SANTIAGO DEL ESTERO, presente la documentación técnica necesaria para su aprobación e inspección final por parte de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, y consecuente habilitación del servicio.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

Que, por el Decreto Nº 577/03, en su artículo 1, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/
02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL
$ 2.000,00.
Que en dicha previsión normativa quedan incluidos los contratos de locación de servicios personales celebrados en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1184/01, los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00 y los contratos regidos por la Ley Nº 25.164, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.
Que, en el artículo 2º de la misma norma, se establece que, en aquellos supuestos en los cuales la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a la suma antes consignada, o se propicien renovaciones o prórrogas de contrataciones, las mismas serán efectuadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar, según corresponda.
Que, adicionalmente, la referida norma dispone que en el caso de los órganos descentralizados y demás entidades, dichas facultades serán ejercidas por el titular del Ministerio o Secretaría de la Presidencia de la Na-

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a la Señora Ministra de Desarrollo Social a aprobar las contrataciones, que como excepción a lo establecido por el artículo 7º del anexo I del Decreto Nº 1184 del 20 de setiembre de 2001, se celebren entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y las personas que se mencionan en el Anexo I, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales allí consignados, y la asignación de funciones conforme lo establecido en el mismo anexo.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Decisión Administrativa 358/2004
Apruébase una contratación de locación de servicios para el Proyecto Apoyo a Proyectos Alimentarios Comunitarios APAC, financiado de acuerdo con el Convenio Nº ALA/
B7-310/2003/5760, celebrado con la Unión Europea.
Bs. As., 29/7/2004
VISTO el Expediente Nº E-16669-2004, del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/08/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/08/2004

Page count20

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/07/2024

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