Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.057 1 Sección EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al señor D. Julián Andrés DOMINGUEZ D.N.I.
N 16.387.194.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Alfredo N. Atanasof.

ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2681/2002
Ratifícase la Resolución N 1338/2002 del mencionado organismo descentralizado en jurisdicción de la Secretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la cual se prorrogaron contratos.

risdicción de la SECRETARIA DE SEGURIDAD
SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2003, Jurisdicción 75, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Entidad 850, Administración Nacional de la Seguridad Social, Inciso 1, Gastos en Personal, Partida Personal 2, Personal temporario, Partida parcial 7, Contratos Especiales.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Graciela Camaño.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Bs. As., 27/12/2002
VISTO el Expediente del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL N 024-99-807887609-790; los Decretos Nros. 1184, de fecha 20 de septiembre de 2001; 491 de fecha 12 de marzo de 2002; y 601, de fecha 11 de abril de 2002; la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
N 4, de fecha 15 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N 491/02 se estableció que toda asignación, designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que por el Decreto N 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL, Organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por resolución D.E.-A
N 1338 de fecha 19 de diciembre de 2002, aprobó ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL la prórroga de los contratos vigentes en esa Administración que se individualizan en el Anexo I de la misma y que vencen el próximo 31 de diciembre de 2002.
Que la citada Administración ha solicitado la aprobación de la prórroga así dispuesta por cuanto la misma resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que las personas cuya renovación de contrato se propone reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.
Que el proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Pública para el año 2003 cuenta con partidas asignadas para la atención de los contratos objeto del presente decreto.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo dispuesto por los artículos 1 del Decreto N 491/02 y 1 del Decreto N 601/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Ratifícase la Resolución D.E.-A
N 1338, de fecha 19 de diciembre de 2002, de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, organismo descentralizado en ju-

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 2675/2002
Dase por designado, con carácter transitorio, Director de Programas de Gobierno de la Dirección General de Programas de Gobierno, de la Subsecretaría General de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, como excepción al Decreto N 993/91 t.o. 1995 y al artículo 19 de la Ley N 25.565.
Bs. As., 27/12/2002
VISTO la Ley 25.565, los Decretos N 993 del 27
de mayo de 1991 T.O. 1995, N 491 del 12
de marzo de 2002 y N 800 del 10 de mayo de 2002, las Resoluciones S.G. N 164 del 13 de mayo de 2002, S.S.G.P. N 2 del 30 de mayo de 2002 y la Resolución Conjunta S.S.G.P. - S.H. N 9 del 10 de junio de 2002 y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
transitoria del titular del mencionado cargo con Función Ejecutiva, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 19 de la citada Ley y de lo dispuesto por el Título II, Capítulo I - artículo 11, Título III, Capítulos II
y III y Título VI, artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N 993/91 T.O. 1995.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Lunes 30 de diciembre de 2002

3

Que el cumplimiento de la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.
Que se ha expedido la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION en el sentido de que no existen reparos que formular al dictado de la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y de los artículos 19 y 58 de la Ley N 25.565
y lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 491/02.

Que el presente decreto se dicta con arreglo a lo establecido por el artículo 148 de la Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Dase por designado, a partir del 1 de diciembre de 2002, con carácter transitorio, Director de Programas de Gobierno de la Dirección General de Programas de Gobierno de la SUBSECRETARIA GENERAL de la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel B Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II a D.
Lisandro Domingo TAVANO D.N.I. N 26.472.322.
La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Título II, Capítulo I - artículo 11, Título III, Capítulos II y III y Título VI, artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O. 1995, y a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N 25.565.

Artículo 1 Constitúyese el jurado a que se refiere el artículo 148 de la Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el que será presidido por el PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION, designándose como integrantes del mismo a los Doctores Don Samuel JABLONKA L.E. N 4.265.248, Don Osvaldo Alejandro GROSSMAN D.N.I. N 13.885.407, Doña Alicia Susana MUTILVA L.C. N 4.769.606 y Don Ricardo Mario BUSSO L.E. 4.309.562.

Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA - Decreto N 993/91 T.O.
1995 - en el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 2 Las designaciones del presente decreto regirán desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y por el término de UN 1 año.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Decreto 2683/2002
Apruébase un contrato celebrado por el citado Departamento de Estado, en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/2001.

CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2002.
Que el artículo 19 de la mencionada Ley establece que la Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1 de enero de 2002, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 58 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Jorge R. Matzkin.

Que por las dos últimas resoluciones mencionadas en el visto se aprobó el nuevo Nomenclador de Cargos de Funciones Ejecutivas de dicha Secretaría.
Que en la mencionada Jurisdicción, se encuentra vacante el cargo de Director de Programas de Gobierno de la Dirección General de Programas de Gobierno de la SUBSECRETARIA GENERAL de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a la designación
VISTO el Expediente E-20971-2002 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002 y N 1196 del 5 de julio de 2002, y
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION

CONSIDERANDO:

Decreto 2677/2002

Que por el Decreto N 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Constitúyese el jurado que podrá remover a los miembros del citado Tribunal, previsto en el artículo 148 de la Ley N 11.683 t.o. 1998 y sus modificaciones.
Bs. As., 27/12/2002
VISTO el Expediente N 107/2002 del Registro de la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION y el artículo 148 de la Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N 800/02 y la Resolución S.G. N 164/02 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y sus correspondientes aperturas inferiores.

Bs. As., 27/12/2002

Que el artículo mencionado en el Visto establece que los miembros del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION sólo podrán ser removidos previa decisión de un jurado presidido por el PROCURADOR DEL TESORO DE LA
NACION e integrado por CUATRO 4 miembros abogados y con DIEZ 10 años de ejercicio en la profesión, nombrados anualmente por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS de la CAPITAL FEDERAL.
Que el jurado mencionado hasta la fecha no ha sido constituido por lo que se entiende oportuno proceder a su conformación de acuerdo con lo establecido por el citado artículo.
Que a tales fines el COLEGIO PUBLICO DE
ABOGADOS de la CAPITAL FEDERAL ha propuesto una nómina de CUATRO 4 Profesionales.

Que por el Decreto N 1196/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02
son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N
1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/
00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional o internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que resulta necesario proceder a la contratación del contrato con cargo a la Jurisdicción 85 del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUN-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2002 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/12/2002

Page count56

Edition count9407

Première édition02/01/1989

Dernière édition25/07/2024

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