Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2001 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.709 1 Sección MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS
HUMANOS

Lunes 13 de agosto de 2001

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AVISOS OFICIALES
ANTERIORES

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución N 363/2001
Bs. As., 7/8/2001
VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
S.R.T N 1830/01, la Ley N 24.557, la Resolución S.R.T. N 318 de fecha 29 de junio de 2001, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley N 24.557 ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO como organismo de regulación y supervisión de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.
Que la Resolución S.R.T. N 318/01 aprobó la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, con vigencia a partir del 1 de julio del presente año.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina notifica a las señoras Hilda R. Scarpatti de Raimondo y Adriana Raimondo de Barrales y al señor Fernando Antonio Raimondo que en el Expediente N
2137/89, Sumario N 1499, se resolvió cerrar el período de prueba. Asimismo se los intima para que en el plazo de cinco días constituyan domicilio en el radio de la Ciudad de Buenos Aires, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en esta Institución, Asuntos Contenciosos, Reconquista 266, Edificio Sarmiento, Piso 1, Of. 15, Ciudad de Buenos Aires. Publíquese por 5 cinco días.
e. 8/8 N 359.109 v. 14/8/2001

Que la Resolución mencionada precedentemente dispuso la creación del Gabinete de Asesores del Superintendente.
Que en virtud del proceso de Planificación Estratégica llevado a cabo con la SECRETARIA DE
MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se evidenció la ausencia de acciones, por parte de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, que estuviesen dirigidas a la implementación del Sistema de Riesgos del Trabajo en las Provincias.
Que, en tal sentido, se considera que el Gabinete de Asesores creado mediante Resolución S.R.T.
N 318/01 constituye el ámbito adecuado en donde concentrar y desarrollar las relaciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO con las Jurisdicciones Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, asimismo, resulta necesario y oportuno dotar al Gabinete de Asesores de funciones y facultades que permitan un mayor grado de coordinación y de supervisión del accionar de las diferentes áreas que componen la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, a los fines de realizar un adecuado asesoramiento al Sr. Superintendente.
Que la Subgerencia de Asuntos Legales de la S.R.T. ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO para determinar su propia estructura, las que se encuentran conferidas en el artículo 36, apartado 1 inciso e de la Ley N 24.557.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébase la Responsabilidad Primaria y Acciones del Gabinete de Asesores, que se describen en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2 Facúltase al JEFE DE GABINETE DE ASESORES a solicitar información y requerir la colaboración y participación del área que considere pertinente para el pleno ejercicio de sus funciones.
ARTICULO 3 Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. Dr. DANIEL MAGIN ANGLADA, A/C Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
ANEXO I
GABINETE DE ASESORES
Responsabilidad Primaria Asesorar al Superintendente en las materias que le sean sometidas a su consideración.
Coordinar las relaciones entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO y las jurisdicciones provinciales, a efectos de optimizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Ley sobre Riesgos del Trabajo.
Mantener vínculos con otros organismos de la Seguridad Social.
Acciones Asesorar al Superintendente en las materias que le sean sometidas a su consideración.
Asistir al Superintendente en todas las actividades que específicamente indique.
Realizar la vinculación con las provincias propiciando negociaciones que posibiliten la inclusión de las mismas en el Sistema de Riesgos del Trabajo.
Intervenir, en coordinación con las áreas competentes, en la elaboración de los anteproyectos de convenios a suscribir entre la SUPERINTENDENCIA y las Provincias.
Coordinar con el resto de las áreas la efectivización del cumplimiento de los compromisos asumidos por el Organismo, acordados con los Convenios firmados.
Analizar junto con el área pertinente, las propuestas de actividades de capacitación a desarrollar en las Provincias; coordinar su ejecución y controlar el cumplimiento de las mismas.
Controlar el cumplimiento de los aspectos técnicos y administrativos de acuerdo con lo establecido en los convenios operativos que se suscriban entre la SUPERINTENDENCIA y las autoridades provinciales.
Distribuir a las áreas pertinentes los informes remitidos por las provincias respecto a las actuaciones en inspecciones y formación de sumarios que realicen en cumplimiento de los convenios firmados.
Informar al Superintendente el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes en los convenios suscriptos, y de la actuación de las jurisdicciones provinciales con relación al Sistema de Riesgos del Trabajo, formulando y proponiendo acciones a desarrollar tendientes al cumplimiento de los objetivos propuestos.
e. 13/8 N 359.686 v. 13/8/2001

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina notifica a la señora Dora Esther Libolsi de Carballeda en el Sumario N 1845 Expediente N 58547/87 la renuncia del Dr. Raúl Horacio Bottaro, como su abogado patrocinante. Asimismo, se la intima para que en el plazo de diez días presente la defensa de fondo bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y para que constituya domicilio en el radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en estas oficinas de Asuntos Contenciosos, Reconquista 266, Edificio Sarmiento Piso 1 Oficina 15. Publíquese por 5 cinco días.
e. 8/8 N 359.106 v. 14/8/2001

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, sito en Avda. Belgrano N 1656/58 de Capital Federal, hace saber a la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA SALLE, matrícula N 13.470, con domicilio legal en Capital Federal, que en el Expte. N 73.706/99 por el que tramita un sumario instruido a la citada entidad, ha recaído la Disposición Sumarial Nº 171/01, que en lo sustancial expresa: Bs. As., julio 13 de 2001. VISTO DISPONGO: Art.1º: Dásele por decaído el derecho para alegar, en lo sucesivo. Art. 2: Repútase consentida la declaración de puro derecho. Art. 3: Decrétase la rebeldía respecto de la obligación de denunciar el domicilio real en los términos de los Art.19
a 22 del Decreto Nº 1759/72, extremo que podrá ser materia de promoción de nuevas actuaciones sumariales. Art.4º: Llámase autos para resolver. De forma. Fdo.: Dra. ELENA DOMINGUEZ. Instructora Sumariante.
e. 9/8 Nº 359.304 v. 13/8/2001

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL, sito en Av. Belgrano 1656/58 de Capital Federal, hace saber a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRABAJO EL
PATRICIO LIMITADA, matrícula N 19.629, COOPERATIVA DE TRABAJO URQUIZA LIMITADA matrícula N 18.947, todas con domicilio legal en Capital Federal, que se ha ordenado respecto de las nombradas, la instrucción de sumario administrativo en los términos del art. 101 de la Ley 20.337, modificada por la Ley 22.815, conforme surge de las Resoluciones recaídas en los respectivos expedientes que por su orden se transcribe a continuación en su parte sustancial: Res. No 801/01 Expte.
76.815/00 El DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL Resuelve: Art. 1.- Instruir sumario a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL PATRICIO LIMITADA, matrícula 19.629, con domicilio legal en la Capital Federal. Art. 2.- A los fines de lo establecido en el artículo anterior, dar intervención a la Gerencia de Intervenciones e Infracciones. Art. 3.- de forma.
Fdo. Juan E. Ricci, Presidente, Henrri R. D. Francisca Vocal, Héctor Santiago Mazzei Vocal Marcelo Leonardo García Vocal; y Res. N 800/01 Expte. 76.813/00 El DIRECTORIO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA Y SOCIAL Resuelve: Art. 1.- Instruir sumario a la COOPERATIVA DE TRABAJO URQUIZA LIMITADA, matrícula 18.947, con domicilio legal en la Capital Federal Art. 2.- A los fines de lo establecido en el artículo anterior, dar intervención a la Gerencia de Intervenciones e Infracciones. Art. 3.- de forma. Fdo.: Juan E. Ricci, Presidente, Henrri R. D. Francisca Vocal, Hector Santiago Mazzei Vocal Marcelo Leonardo García Vocal.
En los trámites referenciados ha sido designada la suscripta en calidad de instructora sumariante, habiéndose fijado el plazo de diez 10 días para que la entidad sumariada presente el descargo y ofrezcan la prueba de la que intente valerse Art. 1 inc. F ap. 1 y 2 de la Ley 19.549. Intímaselas, asimismo para que, dentro de igual plazo, procedan a denunciar su respectivo domicilio real y, en su caso, a constituir el especial, de conformidad a lo estatuido en los Art. 19 a 22 del Decreto 1759/72
T.O. 1991 bajo apercibimiento de ley. Fdo.: Dra. MARIA ELENA TORRES, Instructora Sumariante.
e. 9/8 Nº 359.305 v. 13/8/2001

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE EZEIZA
Se comunica al agente de esta Administración Federal de Ingresos Públicos de la Dirección General de Aduanas don Jorge RODRIGUEZ L.E. N 4.308.606 que inasistiendo en forma injustificada desde el 04 de junio, en orden a lo establecido por el Art. 244 de la Ley de Contrato de Trabajo N 20.744, intímaselo a regularizar su situación laboral dentro de las 24 hs., bajo apercibimiento de aplicar las medidas sancionatorias previstas en el Anexo I Capítulo Tercero Artículo 6- Punto 3
del Régimen Disciplinario vigente, Aprobado por la Disposición N 501/99 AFIP. Lic. JAVIER ZABALJAUREGUI, Administrador, Aduana de Ezeiza.
e. 10/8 N 359.348 v. 14/8/2001

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2001 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/08/2001

Page count28

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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