Boletín Oficial de la República Argentina del 05/11/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.266 1 Sección MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Viernes 5 de noviembre de 1999

59

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 424/99

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Bs. As., 28/10/99

ADUANA DE ORAN

VISTO la Resolución Nº 73 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL de fecha 13 de octubre de 1999, y
27/10/99
CONSIDERANDO:
Se cita a las personas que más abajo se anuncian para que dentro de los DIEZ 10 días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar defensa y ofrecer prueba por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana Art. 1001 y Ss. del C.A. bajo apercibimiento del Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. G del citado cuerpo legal Ley 22.415. Se les notifica que podrá concurrir a esta dependencia dentro del tercer día hábil de la notificación de la presente a los fines de verificación de la mercadería en trato Art. 1094 inc. B bajo apercibimiento de tenerlo conforme con la misma. Asimismo se le notifica que en caso de haber entre las mercaderías cigarrillos, hojas de coca, artículos perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia en depósito implicare peligro para su inalterabilidad o para la mercadería contigua será destruida transcurrido cinco días de notificada la presente Arts. 438, 439 y 448 del C.A.. Aduana de Orán: Carlos Pellegrini Nº 139 Orán Salta. Fdo.: ALBA DE LA VEGA - Administrador Aduana de Orán.
SUMARIOS
SA76
259/99
246/99
248/99
234/99
251/99
256/99
255/99
216/99
262/99
263/99
260/99

INTERESADO

ART. 947 CA.
ART. 986 Y 987
ART. 947 CA.
ART. 947 CA.
ART. 947 CA.
ART. 947 CA.
ART. 947 CA.
ART. 987 CA.
ART. 947 CA.
ART. 987 CA.
ART. 947 CA.

Que la citada Comisión de Estudio estará integrada por DOS 2 representantes de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSeS, DOS 2 representantes de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
SAFJP y DOS 2 representantes de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

MULTA

Que en consecuencia corresponde dictar el pertinente acto administrativo a los fines de proceder a la designación de los funcionarios que integrarán la mencionada Comisión de Estudio.

217.28
712.69
510.90
718.42
260.22
475.76
458.24
1144.08
1790.74
497.43
212.50
e. 5/11 Nº 297.702 v. 5/11/99

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

INFRACCION
IMPUTADO

RIVERO NINFA DEL CARMEN
MOURA MORCILLO PATRICIA
SURUGUAY CELSO
SANCHEZ CARMEN
ABDO RAUL EDUARDO
SANCHEZ HUGO ROLANDO
SANCHEZ ANIBAL INCA MANUEL HIPOLITO
FERREYRA DOMINGA
VERA JUAN CARLOS
VARGAS JESUSA

Que por la Resolución citada en el VISTO se crea una COMISION DE ESTUDIO con el objeto de analizar la problemática previsional de los trabajadores alemanes y argentinos que se desempeñan en jurisdicción diversa a la de su origen y proponer un anteproyecto de Acuerdo Bilateral para ser elevado a la Comisión Mixta Argentino-Alemana que funciona en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a fin de la remisión ulterior al Ente Gestor de Previsión Social de la REPUBLICA ARGENTINA.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Desígnase al Doctor Antonio SALES L.E. Nº 7.606.925 y a la Doctora Mirta Catalina MARTELLO D.N.I. Nº 13.615.578 en representación de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSeS para integrar la Comisión de Estudio creada para analizar la problemática previsional de los trabajadores alemanes y argentinos que se desempeñan en jurisdicción diversa a la de su origen, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, y archívese. Lic. LEOPOLDO VAN CAUWLAERT, Director Ejecutivo.
e. 5/11 Nº 297.774 v. 5/11/99

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE ORAN

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Cumplimentando el Instructivo General Nº 01/98 D.G.A.; se cita a las personas que más abajo se anuncian para que dentro de los CINCO 5 días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios Contenciosos o Expedientes respectivos a los efectos de dar destinación aduanera de las mercaderías involucradas en autos, a saber: a Abandono de la misma a favor del Estado Nacional, debiendo hacerlo de manera escrita Carta/Telegrama o en forma personal mediante Acta; b Retiro de las mismas previo pago de los Tributos que pudieren corresponder acreditando indefectiblemente su condición de Comerciantes; caso contrario se tendrá por abandonada la mercadería a favor del Estado Nacional y se procederá con lo preceptuado por el art. 429 y s.s. de la Ley 22.415. Se pone en su conocimiento que de comprobársele otra transgresión al Código Aduanero se aperturará Sumario Contencioso aplicándose, de corresponder, las sanciones de Ley. Archívese como antecedente. Aduana de Orán: Carlos Pellegrini Nº 139 Orán Salta. Fdo.: ALBA DE LA VEGA - Administrador Aduana de Orán.
ACTUACION
Nº DN76-99-526
DN76-99-640
DN76-99-643
DN76-99-645
DN76-99-420
DN76-99-421
DN76-99-419
DN76-99-636
DN76-99-539
DN76-99-540
DN76-99-642
DN76-99-481
DN76-99-486
DN76-99-416
DN76-99-737
DN76-99-736
DN76-99-734
DN76-99-732
DN76-99-730
DN76-99-568
DN76-99-553
DN76-99-511
DN76-99-505
DN76-99-501
DN76-99-495
DN76-99-517
DN76-99-512
DN76-99-510
DN76-99-508
DN76-99-492
DN76-99-493
DN76-99-500
DN76-99-503
DN76-99-504
DN76-99-507
DN76-99-422
DN76-99-167
DN76-99-165
DN76-99-166

INTERESADO

Resolución Nº 1193/99
Bs. As., 17/9/99
VISTO el Expediente Nº 3573/98 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
ENARGAS, lo dispuesto en el Capítulo I, Punto XII de la Ley 24.076, en el Anexo I, Capítulo I, Punto XII del Decreto 1738/92, los Decretos 2255/92 y 2452/92 y CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de las auditorías efectuadas dentro del ámbito de GASNOR S.A. en adelante GASNOR, se labró el Acta de Auditoría ENARGAS/GR/DRN Nº 3/98 fs. 4 a 26, dejándose constancia en la misma, entre otras cosas, de irregularidades referidas a la ejecución de obras en la vía pública, especialmente en cuanto a señalización y seguridad de la obra se refiere.
Que por Nota G/S Nº 110/98 la Licenciataria señaló que la obra se desarrolló en veredas y calles sin pavimento, de escaso tránsito peatonal, y que los trabajos y la forma en que se realizaron cuentan con la debida autorización de la municipalidad correspondiente.

KOUCHOUMPOS MARIA ALEJANDRA
GARCIA EDUARDO Y OTROS
RIOS YOLANDA Y OTROS
ESPEJO ELIZABETH Y OTROS
RAMOS VALDA
PRANO SILVIA MARIA
SAGARDIA MIRTA DEL VALLE
PALMA CORINA
CHAVES ALFREDO
MARTINEZ PEDRO
GUTIERREZ ALEMAN NILA
RODRIGUEZ DE NAVARRO ARMECINDA
ARIAS TERESA AIDA
CARRIZO RUBEN DARIO
CONDE JULIA Y OTROS
SEGALES SULMA Y OTROS
CAMACHO CARRIZO CARLOS
RUIZ SANDRA DEL VALLE
LESCANO NANCY PATRICIA
JUAREZ GABRIELA
CHOQUE MONICA
RAMOS NELIDA Y OTROS
OVANDO SERGIO Y OTROS
CRUZ JULIA Y OTROS
MIRANDA PEDRO Y OTROS
ROMERO VERONICA
PANAFIEL MARISO Y OTROS
RAMIRES SOLEDAD Y OTROS
VEDIA PAULINA
VALDEZ CECILIA Y OTROS
ALVAREZ XIMENA Y OTROS
GUTIERREZ CECILIA Y OTROS
TOPO HUGO Y OTROS
CORREA PAULA Y OTROS
GUEMES MARIA Y OTROS
CARREÑO JULIO
CAMPOS JOSE Y OTROS
SANCHEZ EDUARDO Y OTROS
ARAMAYO NORA Y OTROS

Que en dicha Nota agregó que la obra se encontraba en plena ejecución por lo que aún era posible detectar inconvenientes propios de este tipo de obras, como hundimientos de tierra removida así como movimiento de equipos y maquinaria.
Que señaló también que los pozos ubicados en las esquinas de las calles 25 de Mayo y Sarmiento, y Sarmiento y Aráoz, estaban señalizados deficientemente, hecho éste que fue observado por el inspector actuante mediante O/S Nº 19 del 28 de enero de 1998 fs. 32.
Que por otra parte la Licenciataria expresó que las posibles extensiones en los tiempos de respuesta de la empresa contratista, en parte, se debieron a las anormales condiciones climáticas intensa lluvia y viento que azotaron a la ciudad de Tartagal el día en cuestión, paralizando la ejecución de los trabajos y obligando al retiro del personal de la contratista de la obra, dejándola en las condiciones observadas.
Que finalizó agregando que dentro de las políticas adoptadas por esa Distribuidora se encuentra la constatación periódica del cumplimiento de las normas relacionadas con la señalización y balizamiento O/S Nº 13 y 16, fs. 35 y 36.
Que la Autoridad Regulatoria imputó a GASNOR mediante NOTA ENRG/GD/GR/GAL/D Nº 2045
fs. 38, el incumplimiento de la obligación de control establecida en el Anexo XXVII de su Contrato de Transferencia de Acciones.
Que en su descargo GASNOR negó haber incurrido en el incumplimiento de su obligación de control, y en lo que hace a cada uno de los hechos a los que se refiere el acta aludida, se remite a lo informado en Nota G/S Nº 110/98 fs. 27 a 36, lo que da por reproducido en su descargo y solicita sea expresamente considerado por el ENARGAS en su decisión.
Que sin perjuicio de ello estimó pertinente reiterar que en la eventualidad de hipótesis de que hayan existido apartamientos a las normas de ejecución de obras, no ha dejado de cumplir con su obligación de control.

e. 5/11 Nº 297.705 v. 5/11/99

Que puso de resalto que la existencia de apartamientos de la normativa vigente por parte de la empresa constructora durante la ejecución de la obra no puede, por sí sola, constituir para ella incumplimiento de su obligación de control y que resultaría subjetivo inferir, a partir de suposiciones, incumplimientos que a la luz de los antecedentes no pueden demostrarse, agregando que su control es permanente y se extiende hasta el término de la obra.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/11/1999 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/11/1999

Page count64

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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