Boletín Oficial de la República Argentina del 22/04/1993 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL I a S e c c i ó n Art. 200: Toda resolución que afecte derechos amparados por el presente C onvenio C olectivo u otras disposiciones aplicables al personal comprendido, será susceptible de los siguientes recursos:
a REC ONSIDERAC IÓN
b APELACIÓN
c ALZADA
d JUDICIAL

J u e v e s 2 2 d e abril d e 1993

3 9

CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución y su modificatoria se aprobó el programa de premios de la emisión Nro.: 1, del Juego de resolución inmediata "9 y 5", en el cual se prevé la realización de dos sorteos por un millón de pesos cada uno.
Que resulta oportuno fijar la fecha de realización del primer sorteo.
Que a tal fin, es necesario implementar un reglamento para la realización de dicho sorteo.

La interposición de los recursos administrativos enumerados en los puntos a, b y c del presente articulo, tendrá efectos suspensivos sobre el acto impugnado.
Art. 202: Los recursos de carácter administrativo previstos en este C onvenio, se regirán supletoriamente por el Decreto Ley N8 19.549/72 y su decreto reglamentario N8 1759/72, como así también por sus modificatorias y/o complementarios.
e. 20/4 N8 1917 v. 2 2 / 4 / 9 3

Que el referido reglamento deberá contemplar la metodología para la extracción de la suerte ganadora por el procedimiento de extracción por bombos composición numérica.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 598/90.
Por ello,
MINISTERIO DE TRABAJO T SEGURIDAD SOCIAL

LA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE
LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Articulo l 9 Rjase el 27 de abril de 1993 como fecha de realización del primer sorteo del premio de pesos UN MILLÓN.

SUBGERENCIA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Bs. As.. 2 / 4 / 9 3

El mismo se realizará en el Salón de Sorteos de esta Sociedad o donde ésta lo determine.

Subgerencia de Accidentes de Trabajo cita por el término de diez 10 dias a las personas que tengan derecho a percibir las indemnizaciones emergentes de la Ley 24.028 de acuerdo a la nómina que se detalla. C oncurrir a Hipólito Yrigoyen 1447. piso 4 8 . Capital Federal.
BENITEZ. José María CASTELLANOS. Manuel de Jesús FERNANDEZ, Simón ISLA, José Ricardo ROJAS, Daniel Ricardo
Art. 2 a Apruébase el REGLAMENTO DE SORTEO DEL PREMIO DE UN MILLÓN DEL JUEGO
DE RESOLUCIÓN INMEDIATA "9 y 5". que se detalla en planilla anexa y que forma parte integrante de la Presente Resolución.
Art. 3 9 El presente reglamento regirá únicamente para la emisión Nro.: 1 del Juego de "9 y 5". el que tendrá vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
Art. 5 La GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

8

e. 12/4 N 1694 v. 2 3 / 4 / 9 3

Art. 6 9 Por la SEC RETARIA GENERAL, regístrese y protocolícese. C umplido, gírese a la GERENCIA COMERCIAL DE JUEGO, a los fines de su competencia y amplia difusión de lo resuelto, Cumplido archívese. MERCEDES OC AMPO DE ALLIATI Presidente.
REGLAMENTO DE SORTEO DEL PREMIO DE UN MILLÓN DEL JUEGO DE RESOLUC IÓN
INMEDIATA 9 Y 5

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ARTICULO 1. Los sorteos del millón de pesos del juego de resolución inmediata "9 y 5".
emisión 1 originado y ejecutado por LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, se regirán por la presente norma y las que en el futuro se dicten.

SUBGERENCIA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Bs. As., 12/4/93

ARTICULO 2. Participarán de estos sorteos todos los cupones correspondientes a la emisión N8 1 del referido juego con una suerte indicada bajo la frase "POR EL MILLÓN" a la cual se accede raspando su superficie, la misma está compuesta de dos cifras de 4 cuatro dígitos cada una, las cuales se denominarán la primera o la izquierda "SERIE" y la segunda o la derecha "NUMERO". La "SERIE" sorteará desde los números 0001 uno al 2456 dos mil cuatrocientos cincuenta y seis inclusive, y el "NUMERO" desde el 0000 cuádruple cero al 9999 nueve mil novecientos noventa 8
e. 19/4 N 1,8,96 v. 30/4/93. y nueve. J_
. .
. ,
Subgerencia de Accidentes de Trabajo cita por el término de diez 10 días a las personas que tengan derecho a percibir las indemnizaciones emergentes de la Ley 9688 de acuerdo a la nómina que se detalla. C oncurrir a Hipólito Yrigoyen 1447 piso 48 Capital Federal.
REOS. Adán, Pedro ,

.

,
.

.. ,.

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ARTICULO 3. El cupón del Juego de "9 y 5", es al portador y su tenencia acreditará propiedad a los fines de la percepción del importe del acierto que de resultas del sorteo hubiere correspondido, no participarán del sorteo los cupones adulterados, los deteriorados o aquellos cuyos elementos de seguridad fueren enmendados.

SUBGERENCIA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Bs. As., 12/4/93
Subgerencia de Accidentes de Trabajo cita por el término de diez 10 dias a las personas que tengan derecho a percibir las indemnizaciones emergentes de la Ley 24.028 de acuerdo a la nómina que se detalla. C oncurrir a Hipólito Yrigoyen 1447 piso 48 Capital Federal.
CÓRDOBA, Víctor Lucio CUELLO, Domingo Edgardo MICHALISZYN, Nicolás MORINIGO, Ariel Ramón PÉREZ. Lino ROMERO, Prieto Gerardo PRIETO, William
ARTICULO 4. Ante la presencia de un funcionario designado por LOTERÍA NAC IONAL
SOCIEDAD DEL ESTADO, para presidir el acto del escribano actuante y un representante de la U.
T. E. se procederá a iniciar el sorteo el que será público y su realización ampliamente difundida.
Primeramente se determinará la suerte correspondiente a la "SERIE" y seguidamente la del "NUMERO" a tal efecto se utilizará cuatro bombos uno para la unidad, otro para la decena, otro para la centena y otro para la unidad de mil.
41 Sorteo de la "SERIE":

e. 19/4 N8 1897 v. 3 0 / 4 / 9 3

MINISTERIO DE SALUD T ACCIÓN SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ACCIÓN MUTUAL
El Instituto Nacional de Acción Mutual notifica a las personas que prestaron servicios en el Organismo y que a continuación se mencionan o a sus herederos legítimos, en caso de asi corresponder, que se encuentran a su disposición las sumas que en concepto de diferencia de haberes les corresponde. Concurrir a Gerencia de Administración y Finanzas sita en Avda. de Mayo 869 3 8 Piso Capital Federal, en el horario de 13 a 16 hs.
Apellido y Nombre/s DOMENCH. Petrona C lara COLTURI, Héctor Ariel MASULO, Osear Alfredo MORELLI, Miriam GIRÓN C RESPO. Julio
Dado los números participantes en la "SERJE" 0001 al 2456, y a fin de determinar la misma se procederá a sortear primeramente el millar, el escribano actuante introducirá en el bombo correspondiente 3 tres bolillas con los números 0, 1 y 2, respectivamente, se extraerá la suerte y en caso de ser 0 cero o 1 se introducirán en las correspondientes a la centena, decena y unidad de mil 10 diez bolillas con los números 0 cero al 9 nueve, sorteando el resto de la serie, en caso de salir el número 2 dos se introducirán en el bombo correspondiente a la centena 5 cinco bolillas con los números 0, 1, 2, 3 y 4, realizada esta nueva extracción y de resultar favorecidos los números 0, 1, 2 ó 3 se introducirán en los restantes bolilleros, Decena y Unidad 10 diez bolillas con los números 0 cero al 9 nueve, en caso de extraerse el 4 cuatro se ingresarán al bombo correspondiente a la decena 6 seis bolillas numeradas del 0 al 5, si saliera el 0, 1, 2, 3 ó 4, se ingresarán en la unidad 10 diez bolillas del 0 cero al 9 nueve, caso contrario de resultar favorecido el 5 se ingresarán 7 siete bolillas numeradas del 0 cero al 6 seis, cada una.
obteniéndose así la suerte correspondiente a la "SERIE".
42 Sorteo del "NUMERO":
A fin de sortear el "NUMERO", se ingresarán a los bombos correspondientes a la unidad, decena, centena y unidad de mil de 10 diez bolillas numeradas del 0 cero al 9 nueve, extrayéndose una suerte la cual corresponderá al "NUMERO".
43 C uando se realicen las extracciones ya sea de la "SERIE" o el "NUMERO", los bombos deberán girar previamente un minuto como mínimo.

e. 2 1 / 4 N8 1947 v. 2 3 / 4 / 9 3

Finalizado el sorteo y anunciada la serie y número ganador se rubricará el acta correspondiente realizada por el escribano actuante, dándose por concluido el sorteo.
ARTICULO 5. El funcionario que LOTERÍA NAC IONAL S. E. designe para que ejerza su representación será la autoridad máxima del sorteo, suscribiendo en carácter de requirente las actas de Escribano a que dé lugar.

LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
9

Resolución N 8 8 / 9 3
Bs. As., 16/4/93

8

Visto la Resolución N : 761/92, su modificatoria 17/93, y el acta suscripta con la UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS integrada por CICCONE CALCOGRÁFICA S. A. Y JUEGOS COMPU
TARIZADOSS. A., y
ARTICULO 6. La LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, no se responsabiliza por los perjuicios que provoque la relación entre el Agente Oficial, Permisionario o Subagente y el público apostador. En consecuencia, no se admitirán reclamos relacionados con los daños que resulten de la inobservancia o incumplimiento de las normas reglamentarias de los citados o de sus empleados.
ARTICULO 7. El pago de los premios se efectuaránen LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL
ESTADO, o donde ésta lo indique, hasta la fecha de vencimiento de la citada emisión el 31 de julio de 1993. debiendo el favorecido con el cupón ganador acreditar debidamente su identidad y domicilio al momento de cobrar.
:

e. 2 1 / 4 N8 1950 V. 2 3 / 4 / 9 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/04/1993 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/04/1993

Page count40

Edition count9418

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/08/2024

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