Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 23/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 160

23 de agosto de 2019

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ficados o fotocopias de la documentación, efectuará la valoración de los mismos, de acuerdo con el siguiente baremo.
A/ Experiencia educativa máximo 10 puntos.
A.1 Experiencia en Educación de Personas Adultas máximo 5 puntos:
Por cada mes o fracción de mes que exceda de 14 días: 0,084 puntos.
A.2 Experiencia en otras enseñanzas oficiales máximo 5 puntos:
Por cada mes o fracción que exceda de 14 días: 0,04 puntos.
Los servicios prestados a tiempo parcial se reducirán proporcionalmente. El apartado de experiencia educativa se acreditará mediante certificación de servicios prestados emitido por la entidad correspondiente, acreditativa del tiempo trabajado por el aspirante, debiendo constar en la misma la modalidad contractual y la categoría profesional; o bien mediante la aportación de los contratos de trabajo debidamente registrados en la Oficina de Empleo. En ambos casos se deberá adjuntar informe emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la vida laboral del aspirante.
Se entenderá por enseñanzas oficiales las de E.G.B., Primaria, Secundaria, Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Bachiller o Universitarias, en centros de enseñanza del MEC, Departamento Educación DGA o concertados. En este último apartado se contabilizará la experiencia educativa en Aulas Taller o Escuelas Taller. En caso de que haya que desempatar por este apartado, tendrán prioridad los servicios prestados en centros de titularidad pública sobre los privados.
En el supuesto de que existan aspirantes que hayan prestado servicios por dichos conceptos en varios periodos de tiempo, se sumará la totalidad de los servicios prestados respecto a cada uno de los apartados.
B/ Formación máximo 10 puntos.
B.1.- Curso de Postgrado en Educación de Personas Adultas 2 puntos.
B.2.- Curso o Seminario de Formación Inicial en Educación de Personas Adultas 0,25 puntos. B.3.- Curso de Administrador de Aula Mentor 0,25 puntos B.4.- Otras formaciones en materias que, a juicio del Tribunal, tengan aplicación en la Educación de Personas Adultas. Por cada crédito 10 horas de formación 0,015 puntos máximo 0,50 puntos.
B.5.- Curso de Postgrado de Español como Lengua Extranjera 2 puntos.
B.6.- Cursos de Español para Extranjeros. Por cada crédito 10 horas de formación 0,02 puntos máximo 1
punto.
B.7.- Cursos Oficiales de Informática Mentor, Aularagón, manejo de las TIC, etc.. Por cada crédito 10 horas de formación 0,02 puntos máximo 2 puntos.
B.8.- Idiomas máximo 2 puntos:
B1 en la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente: 0,50 puntos.
B2 en la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente: 1 puntos.
Solamente se valorarán los cursos, seminarios, etc. que hayan realizado los aspirantes en calidad de participantes y siempre que los mismos hayan sido impartidos por Administraciones Públicas o Entidades particulares reconocidas al efecto por cualquier Administración Pública.
Para este último caso los aspirantes deberán aportar junto al curso, seminario, etc., documento acreditativo de dicho reconocimiento.
No serán valorados aquellos cursos, seminarios, etc. en los que no se haga constar la duración en horas o créditos de los mismos, o que dicho extremo figure fuera de texto de la certificación y no conste en dicho añadido firma y sello de la Administración Pública correspondiente que dé fe de los créditos de los mismos o de la duración en horas.
La formación deberá acreditarse mediante fotocopia del título, diploma o certificado de la realización del curso con indicación de la materia impartida y del número de créditos/horas de duración. La documentación deberá figurar en castellano o traducida por la propia organización que expide el título, diploma o certificado.
C/ Titulación máximo 5 puntos.
Por cada Doctorado, 1,5 puntos.
Por cada Licenciatura, 1 puntos.
Por cada Diplomatura 0,5 puntos.
Por Diplomatura en Magisterio, 1 puntos.
La titulación presentada como requisito para concursar no contará como mérito.
OCTAVA.- Calificación de los Ejercicios y propuesta de contratación.
El Tribunal hará públicas las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada una de las fases así como en cada uno de los ejercicios, mediante anuncio que será expuesto en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento o en el lugar donde se haya realizado el ejercicio o prueba.
La nota final del concurso-oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.
En el caso de empates se resolverá atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación alcanzada en: a Experiencia, b Formación y c Titulación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 23/8/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaysEspagne

Date23/08/2019

Page count13

Edition count5757

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Dernière édition05/07/2024

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