Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/4/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

sentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual; 4 Fijar el día Jueves 21 de Noviembre de 2024 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ; 5 Fijar el día Jueves 12 de Diciembre de 2024 para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q.; 6 Fijar el día Jueves 19 de Diciembre de 2024 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de concurso preventivo en el Boletín Oficial y diario El Forense haciendo conocer la presente resolución, así como el nombre, domicilio del Síndico y horario de atención. Insértese, déjese copia y hágase saber. Ambas resoluciones fueron firmadas por el Dr. Fabián Bellizia Juez Dra. Elizabet Felippetti Secretaria. Se hace saber que la Síndico designada es la CPN Hilda Amelia Gontin, quién aceptó el cargo en autos, constituyendo domicilio legal en calle Dorrego 1572 PB 1 de Rosario e informando que los días de atención son lunes y miércoles de 15hs a 18 hs. y el correo , electrónico es gontin_ha@hotmail.com. Secretaria, 4 de abril de 2024.Elisabet Felipetti Secretaria subrogante.
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Abr. 18 Abr. 24
$ 250


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Institución de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: TECMAN SA s/ Concurso Preventivo, CUIJ 21-01482374-0, se ha dispuesto designar como Sindica -suplenteresultando el mismo el CPN JOSE EDUARDO PREVE, con domiciliado en calle Dorrego N 1388 de la ciudad de Rosario con horarios de atención de Lunes a Viernes de 9 hs. a 17 hs, denunciando correo electrónico estudiopreve@gmail.com.Rosario,FDO. Secretaria Subrogante: Dra. Elisabet Felippetti.
518018
Abr. 18 Abr. 24
S/C


Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: BAONA ELIANA EVA s/SOLICITUD PROPIA
QUIEBRA, CUIJ 21-02976390-6, mediante Resolución N 367 de fecha 09/04/2024, se ha ordenado: 1 Declarar la quiebra de ELIANA EVA BAONA, DNI Nº 33.301.465, con domicilio real en calle Gaboto 447 Planta Baja A y legal en calle España 1566, ambos de la ciudad de Rosario. 2 Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 3 Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios CABA, al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones. Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS, a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial SCIT
para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 4 Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API a los fines del art. 23 del Código Fiscal, a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 5 Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6 Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 7 Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 8 Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial SA y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A. 9 Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual, en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes.
Los oficios deberán ser remitidos por la secretaría vía correo electrónico, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 10 Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal Delegación Rosario, Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 1 1 Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación art. 106 y ss. L.C.Q.. 12 Clasificar al proceso en 12 categoría B a los fines de sorteo de síndico a sus efectos designase la audiencia del día 24 de abril de 2024 a las 10hs. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 13 Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15
días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art.
177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14 Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días. 15 Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16 Hacer
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saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17 Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme arts. 89 y 182 LCQ. Rosario, 11 de Abril de 2024. Dra. Beade, Secretaria Subr.
S/C
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Abr. 23 Abr. 29


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de la Dr. Luciano D. Carbajo dentro de los autos MARZETTI, VIVIANA ESTELA C/ PODESTA, EUGENIO Y OTROS 5/
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - 21-02939946-5 133/2021, se hace saber: Que en el presente expediente se cita y emplaza a los herederos de: PAULINA ANTONIA
CARLOTA PODESTA, DNI 2817183; ZULEMA PODESTA, DNI 5543881, NICOLAS
LUIS PODESTA DNI 2150350.- a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrar defensor, todo atento lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. S.F. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. En caso de existir juicio sucesorio iniciado, deberán precisar el juzgado y la carátula completa del proceso, así como denunciar si se ha designado administrador de la sucesión y/o se ha dictado declaratoria de herederos, acompañando copia autenticada de la resolución judicial respectiva. Asimismo ofíciese al Registro de Procesos sucesorios de la jurisdicción a la cual pertenezca el domicilio del causante a fin de que informe si se en entra abierto el proceso sucesorio. Rosario, 05/04/2024. Dr. Sergio A. González, Secretario.
$ 50
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Abr. 23 Abr. 25


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, Dr. María Silvia Beduino, notifica al Sr. SANCHEZ, NATALIA CAROLINA, DNI N 29.402.935, lo declarado en autos: CFN S.A. c/SANCHEZ, NATALIA CAROLINA s/Ejecutivo CUIJ N 21-02965753-7: N 244. ROSARIO, 28103/2023. VISTO Y CONSIDERANDO: RESUELVO: Tener a la compareciente por presentada, domiciliada yen el carácter invocado a mérito de la copia del poder general que se acompaña, se agrega y deberá certificar. Otórgasela la participación que por derecho corresponda. Agréguense las constancias acompañadas, las cuales certificar. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Por iniciado Juicio Ejecutivo al que se le imprime el trámite previsto en los arts. 452
subs. y ccdt. del CPCC. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. A la medida cautelar solicitada: Previa reposición de ley, trábese embargo sobre los haberes que percibe la parte demandada en la empleadora denunciada HOTEL NECOF
S.R.L.- en la siguiente proporción: el 10% del importe que exceda del salario mínimo vital y móvil, y el 20% del importe que exceda del doble del mínimo vital y móvil, hasta cubrirla suma de $176.912,40, con más el 30% para atender intereses y costas. Los fondos deberán ser depositados en el Banco Municipal Sucursal Caja Abogados S.A., para estos autos. Librándose a tal fin el despacho que fuera menester.
Notifíquese por cédula debiendo el oficial notificador corroborar fehacientemente que el mismo se domicilia allí y sólo ln caso afirmativo procederá a realizar la notificación. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dra. María Silvia Beduino Juez; Dra. Ma. Amalia Lantermo Sec. Dr. Aguzzi, Prosecretario.
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Abr. 23 Abr. 25

Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, Dr. Luciano D. Carbajo. Secretaria a cargo del Dr. Sergio A.
González, se ha ordenado citar, llamar y emplazar a LUIS ALBERTO SPARN en su carácter de heredero del Sr. Hugo Domingo Pinchetti, para que comparezcan a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimiento de nombrar defensor, todo atento a lo normado por el art.597 del CPCCSF. Debiendo acompañar las partidas demostrativas de su calidad de tal, denunciar la existencia de otros herederos del causante, o en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos, lo que se publica a sus efectos legales. Autos caratulados: BOCANEGRA CAROLINA PINCHETTI HUGO DOMINGO C/SUCESORES DE PINCHETTI HUGO DOMINGO
s/COBRO DE PESOS LABORAL Expediente CUIJ N 21-04215844-2 de esta ciudad de Rosario. Dr. González, Secretario.
S/C
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Abr. 23 Abr. 25


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, Dr. María Silvia Beduino, notifica al Sr. Ledesma, Liliana Adriana, DNI N 12.526.455, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LEDESMA, Liliana Adriana s/Ejecutivo CUIJ Nº 21-02914336-3: ROSARIO, 01/11/2023. Al escrito cargo N 11887/2023 se provee: Téngase presente la planilla practicada y póngase de manifiesto la misma en la oficina por el término de ley. Notifíquese por cédula haciéndose saber el monto al que asciende la misma, Fdo.: Dra. M. Amalia Lantermo Secretaria. Dra. María Silvia Beduino Jueza. Por lo tanto queda Ud. debidamente notificado de la planilla practicada que asciende a la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SEIS
CENTAVOS $ 158595.06.-. Dr. Hérnán Aguzzi, Prosecretario.
$ 50
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Abr. 23 Abr. 25

El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, DR. MARIA SILVIA BEDUINO, notifica al Sr. CUEVAS, RAMONA HAYDEE, DNI N12.216.310, lo declarado en autos: CFN SA. c/ CUEVAS, RAMONA HAYDEE s/ Ejecutivo CUIJ N 21-029630701: ROSARIO, 10/11/2022. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Proveyendo escrito inicial: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado a mérito del poder general en copia acompañado y que deberá certificar. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciado Juicio Ejecutivo contra CUEVAS RAMONA
HAYDEE al que se le imprime el trámite previsto en los arts. 442 subs. y ccdt. del CPCC. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese por cédula debiendo el oficial notificador corroborar fehacientemente que el mismo se domicilia allí y sólo en caso afirmativo procederá a realizar la notificación. . Firmado:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/4/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date24/04/2024

Page count65

Edition count712

Première édition03/05/2002

Dernière édition17/07/2024

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