Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/4/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 3 DE ABRIL DE 2024

JUAREZ Juez OTRO: Rosario, 1 de octubre de 2020 Téngase presente lo manifestado. Informando verbalmente el Actuario en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Secretaria MARÍA JOSÉ CASAS LUCIANO
D JUAREZ Juez OTRO: Rosario, 27 de diciembre de 2023 Advirtiendo el proveyente tras un examen pormenorizado del expediente, que de acuerdo al informe del oficial de justicia de f. 45, la demandada no viviría en el domicilio informado por el ReNaPer desde aproximadamente 7 años, y que la notificación al domicilio informado por el SINTyS
a f. 54 también resultó infructuosa, procédase a la notificación por edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. MARÍA JOSÉ
CASAS Secretaria LUCIANO D. JUAREZ Juez.
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Mar. 27 Abr. 4


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2 Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. VILLALBA, ELIAS JOEL DNI N 41.635.472 lo declarado en autos: ELECTRONICA
MEGATONE S.A c/ VILLALBA, ELIAS JOEL s/ Ejecutivo CUIJ N 21-13918163-5:
ROSARIO, 01 de Febrero de 2024. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. Maria Elvira Longhi Secretaria Dr. Luciano A. Ballarini. Juez.
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Mar. 27 Abr. 4


El Sr Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1a Nominación de Rosario: DRA. MARIANA MARTINEZ notifica al Sr FLEITAS
LUIS EDUARDO DNI N 27.140.259 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ FLEITAS LUIS EDUARDO s/ Ejecutivo CUIJ N 2113889071-3
Nro.: 2183 Rosario 30 de noviembre de 2023 Y VISTOS Y CONSIDERANDO: . . .
FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de FLEITAS, LUIS
EDUARDO hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $8.529,40 Ocho mil quinientos veintinueve pesos con 40/100 cent. en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II-Costas a la parte demandada vencida art. 251 CPCC.- - III-Regular los honorarios del/la Dr/a.
KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164 en la suma de $35.253,69
equivalentes a 1 JUS arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851, más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago.
Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe SA. . Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal AFIP en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a Mesadeentradascajaforense.com. Insértese y notifíquese.- Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario Dra. MARIANA P. MARTINEZ -Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a.
Nom. Rosario.
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Mar. 27 Abr. 4


El Sr Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1a Nominación de Rosario, DRA. MARIANA MARTINEZ notifica al Sr SARATI
SILVINA VIRGINIA DNI N 25.524.619 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE 5 A c/ SARATI, SILVINA VIRGINIA s/ Ejecutivo CUIJ N 21- 138875781:ART 82 Rosario, 30 de noviembre de 2023. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
. . . FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de SARATI, SILVINA VIRGINIA hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $17.684,91 Diecisiete mil seiscientos ochenta y cuatro pesos con 91/100
cent. en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.II-Costas a la parte demandada vencida art. 251 CPCC.- - III-Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT - 27213070164 en la suma de $35.253,69 equivalentes a 1 JUS arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o.
ley 12.851, más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe SA. . Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal AFIP en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a Mesadeentradascajaforense.com. Insértese y notifíquese.- Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario Dra. MARIANA P. MARTINEZ -Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario 7 DE Febrero de 2024.
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Mar. 27 Abr. 4


El Sr Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1a Nominacion de Rosario, DRA. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. JIMENEZ, JUAN CARLOS DNI N 17.421.963 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ JIMENEZ, JUAN CARLOS s/ Ejecutivo CUIJ N 21-13912519-0:

Pág. 44

ROSARIO, 03 de Agosto de 2021. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres propiedad de la parte demandada por el capital reclamado mas un 50% estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula.- Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA Secretaría Dra. MARIANA MARTINEZ Juez.16 DE Febrero 2024.
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Mar. 27 Abr. 4
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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO, notifica al Sr. GODOY, GABRIEL JESUS, DNI N 22.703.493, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE SA. c/ GODOY, GABRIEL JESUS s/ Ejecutivo CUIJ N 21-02909956-9:
Rosario, 25/10/2023. Agréguese el edicto acompañada. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedió a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL
la publicación de edictos cuya constancia obra agregada a fs. 54 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaría. Informada verbalmente la actuarla que la parte demandada Gabriel Jesús Godoy no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por cédula. FIRMA: dra. Verónica a. Accinelli Secretaria, DRA. MARÍA FABIANA GENESIO,Jueza.14 de febrero de 2024.
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Mar. 27 Abr. 4


El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO N 5 , DR. Maximiliano Cossari, notifica al Sr. CORIA, CESAR NICOLAS D.N.I Nº 28.449.551 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ CORIA, CESAR NICOLAS s/ Ejecutivo CUIJ N 21-12621976-5:ROSARIO,24 de noviembre de 2023.
Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial. Agréguese cédula acompañada.Firmado: DR. Maximiliano Cossari Juez, DRA. GABRIELA PATRICIA ALMARASec..
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Mar. 27 Abr. 4

El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2 Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr.
BREILING, EFRAIN JUAN DNI N 10.068.295 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ BREILING, EFRAIN JUAN s/ Ejecutivo CUIJ N 2113924473-4: ROSARIO, 22 de Febrero de 2023. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL art. 25 C.P.C.C.. Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO
ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.
14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N 7 p. II . Designase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial art. 261 y 263 Código Penal de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.SJ.S.F., punto
1 3 del Reglamento de PRESENTACION ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES - http www.justiciasantafe.gov.ar.. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI -SecretariaJuzgado 1a, Inst. Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario Dr.
LUCIANO A. BALLARINI -JuezJuzgado 1. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2a.
Nom. - Rosario.
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Mar .27 Abr. 4


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ DIAZ BLANCA s/ Apremio Municipal CUIJ 21-227680587 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N 873.Arroyo Seco, 16/06/2023.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra;
RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 24.573,50.- en concepto de capital, con más la suma de $ 12.286,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/4/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date03/04/2024

Page count46

Edition count703

Première édition03/05/2002

Dernière édition03/07/2024

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