Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 26/1/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- Dto:
Reglamentario 619/10: ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62
de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de 10 diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.
S/C 35406 En. 26 En. 28


EDICTO NOTIFICATORIO DE CESE DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL

Por Disposición Nº 207/21 de fecha 30 de diciembre de 2021, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario. Ministerio de desarrollo Social. Provincia de Santa Fe, dentro de los Legajo social referenciado administrativamente como MEDINA WILHELM GUSTAVO HERNAN DNI:
45.639.407 S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE DERECHOSque tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, sírvase notificar por este medio al Sr. MEDINA WILHELM GUSTAVO HERNAN DNI, 45.639.407 con paradero desconocido actualmente que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: Rosario, 30 de diciembre de 2021.DISPOSICIÓN N.º 210/21
Y..VISTOS Y..CONSIDERANDOS DISPONE:- a Dictar el CESE de la Medida de Protección Excepcional en relación al joven MEDINA WILHELM GUSTAVO HERNAN DNI: 45.639.407, FN: 12/10/03, hijo de Joana Fabiana Medina DNI: 32.166.095 con domicilio Constitución 2770 de la ciudad de Rosario y del Sr. Ricardo Armando Wilhelm DNI: 26.070.415 en virtud del reconocimiento legal de fecha 26/07/16 con consta en el acta de nacimiento, con domicilio en calle Ocampo N 5125 de la ciudad de Rosario .b DISPONER notificar el cese a los progenitores c DISPONER notificar el cese de la presente medida y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia Competente. Fdo Dra. Patricia A. Virgilio. Directora Provincial De Los Derechos De La Niñez, Adolescencia Y Familia De Rosario, Ministerio De Desarrollo SociaL.
S/C 35395 En. 26 En. 28


EDICTO NOTIFICATORIO DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA
DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL

Por Disposición Nº 170/21 de fecha 05 de noviembre de 2021, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario. Ministerio de desarrollo Social. Provincia de Santa Fe,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 26/1/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date26/01/2022

Page count4

Edition count709

Première édition03/05/2002

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2022>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031