Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/1/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe Edición del 17 de enero de 2022
REGISTRADA BAJO EL Nº 14.069
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
TÍTULO I
CAPÍTULO I
IMPUESTO INMOBILIARIO
ARTÍCULO 1.- Establécese un incremento en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural, aplicable a partir del período fiscal 2.022, sobre el impuesto calculado para el período fiscal 2.021 o el que hubiere correspondido para aquel período, sin considerar el adicional previsto en el artículo 159 del Código Fiscal Lo. 2014 y sus modificatorias y los descuentos otorgados por disposiciones legales especiales y vigentes para el período fiscal 2.021, conforme lo siguiente:
10% para los Rangos 1 a 2, inclusive.
25% para los Rangos 3 a 9, inclusive.
35% para los Rangos 10 a 11, inclusive.
ARTÍCULO 2.- Establécese un incremento en concepto de Impuesto Inmobiliario Urbano y Suburbano, aplicable a partir del periodo fiscal 2.022, sobre el impuesto calculado para el período fiscal 2.021 o el que hubiere correspondido para aquel periodo, sin considerar el adicional previsto en el artículo 158 del Código Fiscal t.o.
2014 y sus modificatorias y los descuentos otorgados por disposiciones legales especiales y vigentes para el período fiscal 2.021, conforme lo siguiente:
10% para los Rangos 1 a 3, inclusive.
25% para los Rangos 4 a 6, inclusive.
35% para los Rangos 7 a 8, inclusive.
ARTÍCULO 3 Sustitúyese el artículo 4 de la Ley Impositiva Anual N 3650 t.o. 1997 y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 4º.- Impuesto mínimo. El impuesto mínimo a que refiere el artículo 155, segundo párrafo del Código Fiscal t.o. 2014 y sus modificatorias, será el siguiente:
- Para los inmuebles ubicados en zona rural, pesos dos mil quinientos veinte $ 2.520
Para los inmuebles del resto del territorio, pesos un mil ciento treinta $ 1.130.