Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

1520-2020: 500 Años de la Primera Misa en lo que actualmente conforma el Territorio Argentino y 2020- Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXV Nº 5493

publicacion bisemanal Martes y Jueves
DECRETOs del poder ejecutivo DECRETO Nº 0615
RÍO GALLEGOS, 28 de Mayo de 2020.VISTO:
El Expediente MTEySS-N 523.988/20, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia la Ratificación en todas sus partes del Acta Acuerdo obrante a fojas 02, celebrada ante el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con fecha 10 de enero del año 2020, entre el Canal Provincial de Televisión LU85 T.V. CANAL 9, representada por la Secretaria de Estado de Medios e Información Pública Sra. María Valeria DI CROCE y el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS
AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS
SATSAID, representado por el vocal gremial Sr. Julio Eduardo MANSILLA, el que como Anexo forma parte integrante del presente;
Que luego de un trabajo en conjunto, las partes acuerdan la recategorización de los agentes mencionados en el acta, correspondiendo el reencuadre a la categoría 705 a partir del 1 de enero del año 2020;
Que es dable aclarar que ambos agentes se encuentran cumpliendo funciones como personal técnico e informático, contando con las condiciones y formación para la tarea que desempeñan;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 41/20, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 24 y SLyT-GOB-Nº 383/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 33;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Acta Acuerdo suscripta con fecha 10 de enero del año 2020, celebrada ante el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, entre el Canal Provincial de Televisión LU85 T.V. CANAL 9, representada por la Secretaria de Estado de Medios e Información Pública, Sra. María Valeria DI CROCE y el SINDICATO ARGENTINO DE
TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS SATSAID, representado por el vocal gremial Sr. Julio Eduardo MANSILLA, el que como Anexo I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quien remitirá copia ante quién corresponda, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5493 DE 10 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. JUAN CARLOS NADALICH
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
DECRETO N 0618
RÍO GALLEGOS, 01 de Junio de 2020.VISTO:
El Expediente AGVP-Nº 478.076/20, iniciado por la Administración General de Vialidad Provincial; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución PHD-AGVP-Nº 008/20, de fecha 20 de marzo de 2020, emanada del Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, se aprobó conforme las facultades establecidas en los incisos a y e del Artículo 12º de la Ley Provincial Nº 1673 Ley Orgánica de Vialidad Provincial, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios, suscripto el 19 de marzo de 2020, entre la Cooperativa de Trabajo NEHUEN Ltda. Representada por su Presidente, el señor Pablo Daniel SALVO, y la Administración General de Vialidad Provincial, representada por su Presidente el Dr.
Mauricio GOMEZ BULL;
Que en dicho marco, se estableció que la mencionada Cooperativa de Trabajo NEHUEN Ltda., se compromete a realizar el servicio de saneamiento ambiental, tareas generales y actividades conexas, en forma permanente en los siguientes establecimientos pertenecientes a la Administración General de Vialidad Provincial: Casa Central, Distrito Vial Río Gallegos, Distrito Vial Comandante Luis Piedra Buena, Distrito Vial Las Heras, Distrito Vial Puerto Deseado, Distrito Vial Gobernador Gregores, Distrito Vial El Calafate, Delegación Vial Puerto San Julián, Delegación Vial 28 de Noviembre, Delegación Vial Cañadón Seco y Delegación Vial El Chaltén, debiendo destinar para la realización de dicho servicio la cantidad de ochenta 80 operarios;
Que mediante la cláusula tercera de dicho contrato se estableció la vigencia del mismo por un plazo de DOCE
12 meses, a partir del 01 de febrero de 2020 hasta el 31
de enero de 2021;
Que en ese sentido, la cláusula cuarta establece que el monto mensual del servicio que se contrata es de PESOS
TRES MILLONES CINCUENTA MIL CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $3.050.000,54
resultando como monto total la suma de TREINTA Y
SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL SEIS CON
CUARENTA Y OCHO CENTAVOS $36.600.006,48;
Que de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional N 20.337 Ley Nacional de Cooperativasla Cooperativa de trabajo NEHUEN Ltda. aportó la documentación que certifica su inscripción en el Registro del
Río Gallegos, 17 de Septiembre de 2020.Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social del Ministerio de Desarrollo de la Nación, contando con el certificado de Promoción otorgado por la Dirección Provincial de Promoción de las Cooperativas y Mutuales del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz;
Que las actividades objeto de la contratación resultan fundamentales para llevar adelante las tareas de la Administración General de Vialidad Provincial, contribuyendo a la salubridad e higiene personal y del público en general;
Que la presente se realiza en el marco de lo dispuesto en el inciso q. del Artículo 26 de la Ley Provincial Nº 760, Decreto Reglamentario Nº 263/85 y lo dispuesto por el Decreto Nº 946/18;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 375/20, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 79/81;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todos sus términos la Resolución PHD-AGVP-Nº 008/20, emitida por el Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 3º.- PASE a la Administración General de Vialidad Provincial y al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO Nº 0619
RÍO GALLEGOS, 01 de Junio de 2020.VISTO:
El Expediente MEFI-N 408.236/19, iniciado por la Dirección General de Personal y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1 de la Resolución N 0015 de fecha 21 de enero de 2020 se reconoce y aprueba el pago por la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON TREINTA Y
NUEVE CENTAVOS $ 54.582,39.-, en concepto de servicios efectivamente prestados por el periodo comprendido desde el 1 y hasta el 31 de octubre de 2019
como Asesora Letrada Nivel Dirección General en la Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaria de Coordinación Administrativa y Jurídica, a la Abogada Carolina LANDI DIAZ COLODRERO;
Que en virtud de lo expuesto se hace necesaria la ratificación de la Resolución ut supra mencionada por parte del Poder Ejecutivo Provincial a fin de efectivizar el pago por los servicios prestados por parte de la Dra. LANDI
DIAZ COLODRERO;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-N 058/20, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 59/61 y a Nota SLyT-GOB-N 680/20, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 70/71;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/9/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date17/09/2020

Page count10

Edition count1766

Première édition19/02/2002

Dernière édition08/07/2024

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