Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 16/4/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA

CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVIII Nº 4692

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETOS
SINTETIZADOS

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador C.P.N. ROBERTO ARIEL IVOVICH
Ministro Secretario Jefatura de Gabinete de Ministros Sr. ENRIQUE DANIEL SLOPER
Ministro de Gobierno Lic. PAOLA NATALIA KNOOP
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Dr. JOSE CARLOS ANDRES BLASSIOTTO
Ministro de Economía y Obras Públicas Lic. HECTOR RAFAEL GILMARTIN
Ministro de la Producción Prof. ARGENTINA NIEVES BEROIZA
Ministro de Desarrollo Social Dr. DANIEL JORGE PERALTA
Ministro de Salud Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 750
RIO GALLEGOS, 02 de Mayo de 2012.Expediente CPT-Nº 190.891/09.RATIFICASE en todas sus partes la Resolución CPT-Nº 071/12 dictada por la Presidencia del Canal Provincial de Televisión por la cual se procedió al pago por diferencia salarial, dado que se omitió incluir en el ANEXO I del Decreto Nº 1782/11 a la agente Eleonora Laura VILLAR D.N.I. Nº 26.864.567, por el período comprendido entre el 1º de marzo del año 2008 al 31
de agosto del año 2009.APROPIESE al ejercicio vigente la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO CON TRES
CENTAVOS $ 24.435,03.________
DECRETO Nº 751
RIO GALLEGOS, 02 de Mayo de 2012.Expediente MSGG-Nº 326.599/12.APRUEBASE la estructura organizativa de la Oficina Provincial de Ética Pública de acuerdo con los Objetivos y Organigrama, que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente.FACULTASE al señor Fiscal de Estado a disponer mediante Resolución la complementación de la estructura organizativa aprobada por el Artículo anterior hasta el nivel sección.MODIFICASE el Artículo 1º del Anexo I del Decreto Nº 1119/09 el que quedará redactado de la siguiente forma: La Fiscalía de Estado, a través de la Oficina Provincial de Ética Pública será la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 3034, en el ámbito de la Administración Pública Provincial. Podrá dictar los reglamentos, instrucciones y dictámenes necesarios para su ejecución.CREASE la Oficina Provincial de Ética Pública dependiente de la Fiscalía de Estado, con rango de Subsecretaría.ELIMINASE a partir del día de la fecha en el ANEXO: Gobernación - ITEM: Gobernación, una 1 Categoría 24 - Personal Administrativo y Técnico y en el ANEXO: Ministerio Secretaría General de la Gobernación - ITEM: Dirección Provincial de Despacho, una 1 Categoría 23 - Personal Obrero Maestranza y Servicios e ITEM: Dirección Provincial de Prensa, una 1 Categoría 24 - Personal Administrativo y Técnico y CREASE en el ANEXO:
Gobernación - ITEM: Fiscalía de Estado, un 1 Cargo Nivel Subsecretaría y dos 2 Cargos Nivel Dirección, todos ellos Personal Autoridad Superior, la diferencia resultante será cubierta por las economías por no inversión existentes en el citado Anexo, Ejercicio 2012.ANEXO I
OFICINA PROVINCIAL DE ETICA PUBLICA
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
1. OFICINA PROVINCIAL DE ETICA PUBLICA
1.1 DIRECCION DE PREVENCION Y CONTROL

1.2 DIRECCION DE POLITICAS DE TRANSPARENCIA
Código: 1
Denominación: Oficina Provincial de Ética Pública Nivel: Subsecretaría Objetivos:
Recibir denuncias que hicieren tanto los particulares o funcionarios públicos que estén relacionados con el objeto de la Oficina Provincial y canalizarlas al Comité Provincial de Ética Pública, actuando como Secretaría Ejecutiva.
Investigar, a solicitud del Comité Provincial de Ética Pública, a las instituciones o asociaciones que tengan como principal fuente de recurso el patrimonio del Estado Provincial, en caso de sospecha razonable o fundada.
Denunciar ante la justicia competente, como consecuencia de las investigaciones practicadas, los hechos que pudieran configurar delitos.
Elaborar, en base a los lineamientos que defina el Comité Provincial de Ética Pública, programas de prevención de la corrupción y de promoción de la transparencia en la gestión pública, asesorando a los organismos del Estado para implementar políticas o programas de prevención de hechos de corrupción.
Instruir a los señores asesores legales de los distintos organismos del Estado, para que cuando del análisis de los expedientes administrativos ingresados por dictamen o instrucción de información sumaria o sumario administrativo, surjan prima facie la supuesta comisión de hechos o actos ilícitos y/o procedimientos o esquemas que pudieran incentivar actos de corrupción, requieran en forma fundada la intervención del Comité Provincial de Ética Pública.
Ejercer las atribuciones establecidas en el presente en aquellos casos que el Fiscal de Estado considere de significación institucional, económica y social.
Mantener reserva de las investigaciones preliminares que se realicen.
Elevar el debido dictamen en las actuaciones al Fiscal de Estado, cuando de la investigación practicada resulte la existencia de presuntas transgresiones a normas administrativas, las que servirán de cabeza al sumario administrativo o información sumaria que tramitará por ante la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, previo dictado del Instrumento Legal que así lo disponga.
Requerir informes a los organismos nacionales, provinciales, comunales, privados y a los particulares cuando corresponda, así como recabar la colaboración
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4692 DE 14 PAGINAS

AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
RIO GALLEGOS, 16 de Abril de 2013.de las autoridades policiales para realizar las diligencias y citar personas a sus despachos al solo efecto de prestar declaración testimonial.
Requerir dictámenes periciales y colaboración de expertos para el mejor resultado de la investigación, a cuyo fin se podrán solicitar a dichas reparticiones la colaboración necesaria que éstas estarán obligadas a prestar.
Informar al Fiscal de Estado cuando la permanencia de un funcionario público en el cargo pueda obstaculizar gravemente una investigación.
Elevar al Ministerio Secretaría General de la Gobernación, un informe final de cada investigación concluida, y elaborar informes trimestrales y una memoria anual sobre su gestión, que contenga especialmente las recomendaciones sobre reformas administrativas o de gestión que eviten ilícitos o irregularidades administrativas.
Elevar los informes anuales relativos a su área al Fiscal de Estado para que sean presentados por medio del Poder Ejecutivo a los titulares del Poder Legislativo y Poder Judicial.
Código: 1.1
Denominación: Prevención y Control Nivel: Dirección Objetivos:
Resolver consultas sobre el comportamiento ético de los servidores públicos.
Recibir denuncias y ponerlas en conocimientos de las autoridades competentes.
Formular y desarrollar programas de prevención y educación ética.
Crear y desarrollar programas de asesoramiento, capacitación y asistencia a los servidores públicos en lo relativo a la ética para la función pública.
Proponer mecanismos que garanticen la transparencia de la administración pública y la publicidad de los actos administrativos por medios electrónicos de información.
Proponer e implementar mecanismos para que los servidores públicos se esmeren en el uso racional de los recursos de Estado.
Llevar control de la presentación de las declaraciones juradas.
Rendir informes anuales sobre sus actividades.
Evaluar la información que difundan los medios de comunicación social, relacionada con la existencia de hechos irregulares en el ámbito de sus funciones y en su caso iniciar las actuaciones correspondientes.
Analizar la información vinculada con el ejercicio de su competencia producida por el Honorable Tribunal de Cuentas y la Contaduría General de la Provincia.
Elevar los informes relativos a su área.
Código: 1.2
Denominación: Planificación de Políticas de Transparencia.
Nivel: Dirección Objetivos:
Elaborar y proponer al titular de la Oficina Provincial de Ética Pública, un plan de acción y los criterios para determinar los casos de significación institucional, social y económica.
Realizar estudios respecto de los hechos de corrupción administrativa y sobre sus causas, planificando las políticas y programas de prevención y represión correspondientes.
Elevar al Ministerio Secretaría General de la Gobernación un informe final de cada investigación concluida, debiendo asimismo elaborar informes trimestrales y una memoria anual sobre su gestión, que contenga

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 16/4/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date16/04/2013

Page count14

Edition count1772

Première édition19/02/2002

Dernière édition30/07/2024

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