Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/8/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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la Asociación Automóvil Club Río Gallegos, por la suma de PESOS SESENTA M IL $ 60.000,00, pagaderos en tres cuotas iguales y consecutivas de PESOS VEINTE M IL $ 20.000,00.________
DECRETO Nº 3335

RIO GALLEGOS , 11 de Agosto de 2011.General de la Gobernación, ABONES E la suma de PES OS CUATRO MIL $ 4.000.- a favor del señor Juan Angel OLIVARES D.N.I. Nº 12.689.785 de nuestra ciudad capital, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.________

RESOLUCION
SINTETIZADA
I.D.U.V.

RIO GALLEGOS, 23 de Diciembre de 2010.Expediente M AS-Nº 207.964/10.OTORGAS E un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión a favor de la Asociación Club Atlético San Lorenzo Personería Jurídica Nº 044 con domicilio legal en la localidad de Puerto Deseado, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS M IL $ 200.000,00, pagaderos en dos cuotas iguales y consecutivas de PESOS CIEN
M IL $ 100.000,00.DEJAS E CONS TANCIA que la Institución deberá efectuar las rendiciones conforme a lo determinado en la Resolución TC-Nº 281/94 y justificar debidamente cualquier inversión que realice e imputando los gastos indefectiblemente en algunos de los siguientes rubros: 1Transporte de Delegación Deportivas, 2-Elementos e Indument aria Dep ort iva, 3-Pago de Honorarios Arbitrales y Cuerpos Técnicos, 4-Gastos de Capacitación, 5-Alojamiento y Servicios de Comida a Delegaciones y Gastos Específicos Organización Torneos, debiendo exigir de los terceros con que comercialice o contrate la extensión de comprobantes comerciales que cumplan los recaudos normativos en vigencia.AFECTAS E la suma total citada en el Artículo 1º con cargo al ANEXO: M inisterio de Asuntos Sociales ITEM : Deporte - CARACTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCION:
Educación y Cultura - SUBFUNCION: Deporte y Recreación - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencias - PARTIDAPRINCIPAL: Transferencias - PARTIDA PARCIAL: Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - PARTIDA SUBPARCIAL: Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro, del Ejercicio 2010.ABONES E por intermedio de la Dirección General de Tesorería del M inisterio de Asuntos Sociales a la Asociaci ón Cl ub Atl éti co S an Lorenz o, Personería Jurídica Nº 044, con domicilio legal en la localidad de Puerto Deseado, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS M IL $ 200.000,00, pagaderos en dos cuotas iguales y consecutivas de PESOS CIEN
M IL $ 100.000,00.________
DECRETO Nº 3416
RIO GALLEGOS, 30 de Diciembre de 2010.Expediente M SGG-Nº 323.902/10.OTORGAS E un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión por la suma de PES OS CUATRO MIL$ 4.000.- a favor del señor Juan Angel OLIVARES D.N.I. Nº 12.689.785
de nuestra ciudad capital, destinado a cancelar diversas deudas contraídas oportunamente, y para la adquisición de elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de su oficio, en virtud de no poder afrontar las mismas debido a la difícil situación económica por la que atraviesa.EL GASTO que demande el cumplimiento del presente, será atendido con cargo al ANEXO: M inisterio de la Secretaría General de la Gobernación - ITEM :
M inisterio - CARACTER: Administración Central FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCION: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCION: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCION:
Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencias PARTIDA PRINCIPAL: Transferencias - PARTIDA
PARCIAL: Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - PARTIDASUBPARCIAL:
Ayudas Sociales a Personas, del Ejercicio 2010.Por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración del M inisterio Secretaría
RES OLUCION Nº 0341
RIO GALLEGOS, 04 de Julio de 2011.Expediente IDUV Nº 053.454/2011.RECTIFICAR parcialmente los Considerandos 3º, 5º y 6º y los Puntos 2º y 6º de la Resolución IDUV Nº 0203 de fecha 13 de Junio de 2011, en sus partes pertinentes, donde dice: SOSA JORGE OMAR deberá decir: SOSA JORGE OSCAR por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.A DJ UD ICA R a la Empres a SO SA J O RG E
OSCAR, la Licitación Pública IDUV Nº 09/2011, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: EDIFICIO
ALOJAMIENTO PARA EL PERSONAL DE LA
ARM ADA EN RIO GALLEGOS, por la suma total de P ESO S TRES M ILLON ES TRESCIENT OS
TREINTA YUN M IL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS$ 3.331.477,69.-, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.IM PUTAR el gasto con cargo al Anexo: M inisterio de Economía y Obras Públicas Unidad de Organización: Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda Carácter: Organismos D escent ralizados Sección:
Erogaciones de Capital Sector: Inversión Física - Partida Principal: Trabajos Públicos Finalidad: Bienestar Social - Ubicación Geográfica: Río Gallegos Función:
Vivienda - Proyecto: EDIFICIO ALOJAM IENTO
PARA EL PERSONAL DE LA ARM ADA EN RIO
GALLEGOS, del Ejercicio 2011.NOTIFICAR fehacientemente de los términos de la presente a la Empresa SOSA JORGE OSCAR.________

DISPOSICIONES
SINTETIZADAS
S.T.

DIS POS ICION Nº 041

RIO GALLEGOS, 18 de M ayo de 2011.Expediente Nº 404.326M .E.O.P./07; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y el Decreto Reglamentario Nº 2185.MODIFICAS E elArt. 2ºde la Disposición Nº151ST/07, el cual quedará redactado de la siguiente manera: CLASIFICAR como HOTEL y CATEGORIZAR con 3 ESTRELLAS, al establecimiento citado en el Artículo 1º.
La presente categoría de acuerdo al Art. 146 del Decreto Provincial Nº 2145/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.
De acuerdo al Decreto 1310/96 en su Artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.
NOTIFIQUES E al Prestador.ALEXIS GUS TAVO S IMUNOVIC
Secretario de Turismo Provincia de Santa Cruz ________
DIS POS ICION Nº 042
RIO GALLEGOS, 18 de M ayo de 2011.Expediente N 402.768M .E.O.P./05; la Ley Nacional de Agentes de Viajes Nº 18.829, la Ley Provincial de Turismo Nº 1045.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4522 DE 06 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
RECONOZCAS E como nuevo domicilio de la Casa M atriz de la A. T. denominada ZOYEN, Legajo Nº 11.772, p ropiedad de Claudio M arcelo Figueroa, C.U.I.T. Nº 2023798128-7, sito en Avenida Juan Domingo Perón Nº1.008 esquina San M artín 9040 PERITO M ORENO, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
La presente inscripción tiene carácter de intransferible.
La inscripción implica que el prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Nº 2534/04.
NOTIFICAR a los titulares de la Empresa en el domicilio constituido.ALEXIS GUS TAVO S IMUNOVIC
Secretario de Turismo Provincia de Santa Cruz ________
DIS POS ICION Nº 043
RIO GALLEGOS, 26 de M ayo de 2011.Expediente Nº 404.048M .E.O.P./97; la Ley Nacional de Agentes de Viajes Nº 18.829, la Ley Provincial de Turismo Nº 1045.RECONOZCAS E la nueva titularidad a GM TI
S.A., C.U.I.T. Nº 3070708922-5, habilitada para operar en la categoría de EM PRESA DE VIAJES Y TURISMO bajo la designación comercial POP TOUR, Legajo Nº 8.853, de la Sucursal sita en Avenida San M artín Nº 998 9400 Río Gallegos, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
La presente inscripción tiene carácter de intransferible.
La inscripción implica que el prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Nº 2534/04.
NOTIFICAR a los titulares de la Empresa en el domicilio constituido.ALEXIS GUS TAVO S IMUNOVIC
Secretario de Turismo Provincia de Santa Cruz ________
DIS POS ICION Nº 044
RIO GALLEGOS, 26 de M ayo de 2011.Expediente Nº 414.567M .E.O.P./04; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y el Decreto Reglamentario Nº 2185.RECATEGORIZAR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 664 al establecimiento denominado ALEJANDRA, compuesto por RESIDENCIAL TURÍSTICO y CABAÑAS, propiedad de la señora LANGUEIRA RAM A Carmen M anuela, C.U.I.T. Nº 27-13128618-5, sito en calle Comandante Espora Nº 60 de la localidad de El Calafate, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
CLAS IFICAR como RESIDENCIAL TURÍSTICO y CATEGORIZAR como B y CLAS IFICAR como CABAÑAS y CATEGORIZAR con 1
ESTRELLA al establecimiento citado en el Artículo 1º, respectivamente; conformando de esta manera la denominación de COMPLEJO TURÍS TICO ALEJANDRA, según el Tít ulo I Art. 66 del Decreto Reglamentario Nº 218/09.
La presente categoría de acuerdo al Art. 146 del Decreto Provincial Nº 2145/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.
La presente inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
De acuerdo al Decreto 1310/96 en su Artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/8/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date11/08/2011

Page count6

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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