Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/9/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1393

RIO GALLEGOS, 11 de Junio de 2008.V I ST O :
El Expediente MG-Nº 588.989/08, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDE RANDO:
Que mediante el mismo se propicia otorgar la Pensión Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas Soldado José Honorio Ortega a favor del señor ex combatiente Fernando Ramón GUTIERREZ y a favor de la viuda del ex combatiente Julio Francisco MARTINEZ;
Que por Ley Provincial Nº 2747 modificada por Ley Nº 2989 y su Decreto Reglamentario Nº 2691/05
se crea la Comisión del Veterano de Guerra y se instituye el citado beneficio, con carácter mensual para los ex soldados conscriptos, suboficiales y oficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el día 2 de Abril y el día 14 de Junio de 1982, en el de nom in ado Te at ro de Op era cio ne s M alv in as T.O.M o de aquellos que hubieran efectivamente entrado en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur T.O.A.S y civiles que cumplieran funciones en los lugares donde desarrollaban las mismas;
Que el monto del beneficio es equivalente al ochenta por ciento 80% del total de la remuneración de la escala salarial de la Administración Pública Ley Nº 591 de la Categoría 10, para quienes estén percibiendo la pensión nacional como veteranos de guerra y al total de dicha categoría para quienes no estén recibiendo dicho beneficio;
Que en ese sentido el Poder Ejecutivo Provincial, mediante Decreto Nº 2721/05, otorgó a varios ex combatientes la pensión mencionada, estableciendo una nómina de beneficiarios que se encuentran detallados en los Anexos I y II del citado Instrumento Legal;
Que los señores Fernando Ramón GUTIERREZ y Julio Francisco MARTINEZ, no se hallan incluidos en los citados Anexos, la Comisión del Veterano de Guerra se ha avocado al estudio de los legajos de los postulantes a obtener la pensión aludida, elevando a este Poder Ejecutivo sus conclusiones, en la que recomienda al otorgamiento del presente beneficio, al ciento por ciento 100% de la Categoría 10 - Ley Nº 591, a favor de los nombrados, de acuerdo a la certificación emitida por la Administración Nacional de Seguridad Social A.N.Se.S obrante a fojas 11;
Que tal como surge de la documentación obrante a fojas 5, se acredita el deceso del señor Julio Francisco MARTINEZ, como asimismo el vínculo de parentesco existente entre el causante y la señora Dora Teresa O YARZUN viuda del nombrado por lo que conforme con lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 2747, corresponde extendérsele el presente beneficio a la mencionada o quien resulte derecho habiente del señor Julio Francisco MARTINEZ;
Que en mérito a lo expuesto y habiendo tomado intervención las áreas competentes y el Servicio Jurí-

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIII Nº 4211

OFICIAL

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Mi nis tro Secretario en el Departamen to de la Jefatura de G abinete de Ministros y a Cargo d el Mi nisterio de Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P.N. JUAN MANUEL CAMPILLO
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas Dr. JORGE EDUARDO MASCHERONI
Mi nistro d e As untos Social es Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
dico del Ministerio de Gobierno, quien se expide mediante Dictamen Nº 573/08, nada obsta al dictado del presente;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 1955/08, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 33;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- O TO RGASE la Pensión Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas Soldado José Honorio Ortega, a partir del día de la fecha, al ciento por ciento 100% de la Categoría 10 - Ley Nº 591, a favor de los señores Fernando Ramón GUTIERREZ
Clase 1962 - D.N.I. Nº 16.067.716 y Dora Teresa O YARZUN D.N.I. Nº 17.563.074 viuda del ex combatiente de la Guerra de Malvinas Julio Francisco MARTINEZ y/o quien resulta derecho habiente del causante, en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Carlos Gustavo Neyro ________
DECRETO Nº 1412
RIO GALLEGOS, 12 de Junio de 2008.V I ST O :
El Expediente MAS-Nº 216.442/08, elevado por el Ministerio de Asuntos Sociales; y CONSIDE RANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio suscripto entre el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, representado por su titular, Doctor Jorge Eduardo MASCHERO NI por una parte y, por la otra el Posgrado Interdisciplinario de Cuidados Paliativos, dependiente de la Facultad de Medicina Virtual de la Universidad Nacional de Buenos Aires, representada por su directora, Doctora Rosa MERTNO FF, el cual forma parte integrante del presente;
Que el mismo tiene por objeto propender a la ca-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4211 DE 24 PAGINAS

RIO GALLEGO S, 02 de Se ptie mbre de 2008.-

pacitación específica de los profesionales involucrados en la atención de aquellas personas afectadas de enfermedades crónicas progresivas, invalidantes e incurables, como así también de sus familias;
Que el citado Posgrado aporta al Ministerio de Asuntos Sociales ocho 8 becas, cuatro 4 de las cuales corresponderán a Zona Sur y las restantes, a la Zona Norte, para la capacitación de profesionales Médicos, Licenciados en T rabajo Social, Licenciados en Enfermería y Licenciados en Psicología dependientes de los Hospitales Públicos;
Que las becas no sólo incluyen la capacitación en el conoc imiento específ ico no abordado por las currículas oficiales, sino también el desarrollo de la gestión hospitalaria, quedando a cargo del citado Ministerio, la implementación de dicha capacitación;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 562/08, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 6;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio suscripto entre el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, representado por su titular, Doctor Jorge Eduardo MASCHERO NI D.N.I. Nº 8.591.103 por una parte y, por la otra el Posgrado Interdisciplinario de Cuidados Paliativos, dependiente de la Facultad de Medicina Virtual de la Universidad Nacional de Buenos Aires, representada por su directora, Doctora Rosa MERTNO FF D.N.I. Nº 16.496.507, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Asuntos Sociales quien remitirá copia del presente a quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Jorge Eduardo Mascheroni ________
DECRETO Nº 1417
RIO GALLEGOS, 12 de Junio de 2008.V I ST O :
El Expediente MAS-Nº 216.295/08, elevado por el Ministerio de Asuntos Sociales; y CONSIDE RANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio de Cooperación suscripto entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por su Secretaria Ejecutiva Doctora Matilde MO RALES por una parte y, por la otra el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, representado por su titular, Doctor Jorge Eduardo MASCHERO NI, el cual forma parte integrante del presente;
Que de acuerdo a los antecedentes del año 2000, Argentina junto a 189 Jefes de Estados integrantes de las Naciones Unidas aprobaron la llamada Declaración del Milenio, en la que se encuentra plasmada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/9/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date02/09/2008

Page count24

Edition count1769

Première édition19/02/2002

Dernière édition18/07/2024

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