Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 8/6/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO
GOBIERNO DE
DE LA
LA PROVINCIA
PROVINCIA DE SANTA
SANTA CRUZ
CRUZ
Ministerio Ministerio de de la Secretaría Secretaría General General de de la la Gobernación Gobernación
BOLETIN
BOLETIN
FRANQUEO A PAGAR

CORREO
CORREO
ARGENT INO
RIO
RIO
GALLEGOSS
GALLEGO

CUENTA Nº Nº 07-0034
07-0034
CUENTA

AÑO XLIX - Nº 3740

LE Y
LEY Nº 2686
El Poder Legislativo de la Provincia de S anta Cruz S anciona con Fuerza de:
LE Y
Artículo 1.- INS TITUYAS E el día 8 de Agosto de cada año, como "Día de la Discapacidad".Artículo 2.- COMUNIQUES E al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARC HIVES E.DADA EN S ALA DE S ES IONES : RIO GALLEGOS ; 27 de M ayo de 2004.CARLOS ALBERTO S ANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JORGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 1687
RIO GALLEGOS, 03 de Junio de 2004.VIS T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de M ayo del año 2004, mediante la cual se INS TITUYE el día 8 de Agosto de cada año, como "Día de la Discapacidad"; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106º y 119º de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRET A:
Artículo 1º.- PROMULGAS E bajo el Nº 2686, la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de M ayo del año 2004, mediante la cual se INS TITUYE el día 8 de Agosto de cada año, como "Día de la Discapacidad".Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor M inistro Secretario en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho del M inisterio de Asuntos Sociales.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

OFICIAL
OFICIAL

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL
OFICIALEEIMPRENTA
IMPRENTA
VICTOR HUGO
HUGO LANARO
LANARO
VICTOR
Director Di rector General General
PUBLICACION BIS EMANAL Martes y Jueves Dr. S ERGIO EDGARDO ACEVEDO
Gobernador Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO
Ministro de Gobierno Ing.º LUIS VILLANUEVA
Ministro de Economía y Obras Públicas NELIDA LEONOR ALVAREZ
Ministro de Asuntos S ociales S r. LIDORO ALBERTO CHAILE
Ministro de la S ecretaría General de la Gobernación S ra. INGRID BEATRIZ BORDONI
Pres idente del C onsejo Provi ncia l de Educa ci ón Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Fiscal de Estado del año 2003, se autorizó al M inisterio de Economía y Obras Públicas a dar continuidad al Convenio de Contraprestación Recíproca, suscripto oportunamente entre ese Departamento de Estado y la UTE Estancias Turísticas de SantaCruz, los que setramitaron mediante Expediente Nº 404.297/97 y 411.900/00; y se lo facultó a realizar los actos, gestiones, locaciones y convenios que resulten necesarios a fin de dar operatividad a la misma;
Que en fecha18 de Octubre del año 2003se suscribió el Convenio de Contraprestación antes mencionado por el término de treinta y seis 36 meses contados a partir del día 15 de Julio de 2003, en el que se acordó la modalidad bajo la cual la Subsecretaría de Turismo de la Provincia y la UTE compartirán un espacio físico en la Capital Federal, para llevar a cabo acciones coordinadas de promoción e información turísticas;
Que no obstante la autorización emanada por el Decreto Nº2297/03, el Convenio con la UTE establece en su Cláusula Décimo Tercera 13 que el mismo para tener validez y vigencia deberá ser ratificado por Decreto Provincial;
Que de acuerdo a lo indicado en la Cláusula Primera 1 del Convenio, la Provincia suscribe con SUIPACHA S.C.A. un Contrato de Locación del inmueble donde funciona la Oficina de Turismo, sito en Suipacha Nº1120 de Capital Federal, por el período comprendido entre el 1º de Agosto de 2003 y el 3 de Julio de 2006;
Por ello y atento al Dictamen Nº 211/04, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 127;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRET A:

Artículo 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Convenio de Contraprestación Recíproca suscripto entre el M inisterio de Economía y Obras Públicas y la Dr. ACEVEDO-Lic. Juan Antonio Bontempo UTE Estancias Turísticas de Santa Cruz, en el que se ________
acuerda la modalidad bajo la cual la Subsecretaría de Turismo de la Provincia y dicha UTE compartirán un espacio físico en la Capital Federal, para llevar a cabo acciones coordinadas de promoción e información turística, el que forma parte del presente como ANEXO I.DECRETO Nº 1169
Artículo 2º.-RATIFICAR el Contrato de Locación, sus crip to con la firma SUIPA CHA S.C.A., del RIO GALLEGOS, 19 de Abril de 2004.- inmueble sito en la calle Suipacha Nº 1120 de la Capital Federal, sede de la Oficina de Informes, el que VIS T O :
como ANEXO II, forma parte integrante del presente.El Expediente M EOP-Nº 408.348/03, elevado por Artículo 3º.- La Provincia de Santa Cruz, pagará a el M inisterio de Economía y Obras Públicas; y la firma SUIPACHA S.C.A., el cien por ciento 100%
CONSIDERANDO:
del alquiler en temporada baja. En temporada alta, se Que por Decreto Nº 2297 de fecha 9 de Septiembre hará cargo del setenta y cinco por ciento 75% y
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

RIO GALLEGOS S.C., 08 de Junio de 2.004.-

abonará a cuenta y orden de la UTE Estancias Turísticas de Santa Cruz, el veinticinco por ciento 25% restante, que a tal efecto será retenido del importe que la UTE percibe en conceptode costos de funcionamiento.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor M inistro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 5º.-Pase al M inisterio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Ingº. Luis Villanueva ________
DECRETO Nº 1170
RIO GALLEGOS, 19 de Abril de 2004.VIS T O :
El Expediente 234.553/69, elevado por la Caja de Previsión Social; y CONSIDERANDO:
Que se ventila en esta instancia el Recurso de Alzada interpuest o por la señora Rosa Nicolaza HEREDIA, contra la Resolución Nº 0030/03 emanada de la Presidencia de la Caja de Previsión Social "Adreferéndum" del Directorio, mediante la cual se denegó la solicitud de reajuste del haber jubilatorio, formulada por la nombrada;
Que el recurso impetrado resulta formalmente viable, al haber sido presentado en tiempo legal útil expresando la quejosa como fundamento del recurso la circunstancia de "estar en total disconformidad con lo resuelto";
Que el fundamento de la decisión atacada radica en la extemporaneidad del reclamo habida cuenta que la prestación fue acordada en el año 1975, expresándose además en los considerandos de la medida las razones de fondo que llevan a denegar la pretensión;
Que no obstante lo antes señalado se ha procedido al análisis del fondo del planteo, compartiéndose en forma integral los fundament os expuest os en la Resolución recurrida en cuanto que la Ley que rige el beneficio acordado es la Ley vigente al momento de cese Ley Nº 654 y modificatorias, habiéndose calculado el haber jubilatorio conforme a sus prescripciones resultando inaplicables las Leyes posteriores;
Que consecuentemente se concluye que resulta improcedente la gestión de la titular de autos, correspondiendo por tanto rechazar el Recursode Alzada impetrado;
Por ello y atento al Dictamen A.E.-S.L. y T.-Nº 16/04, emitido por Asesoría Ejecutiva de Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 90/91;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRET A:
Artículo 1º.-NO HACER LUGAR al Recurso de Alzada interpuesto por la señora Rosa Nicolaza HEREDIA contra la Resolución Nº 0030/03, emanada de la Presidencia de la Caja de Previsión Social, por las razones expuestas en los considerandos del presente.Artículo 2º.-NOTIFIQUES E a la interesada.Artículo 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora M inistro Secretaria en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 4º.-Pase a la Caja de Previsión Social a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Nélida Leonor Alvarez

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 8/6/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date08/06/2004

Page count16

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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