Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 08 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 03
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otorgamiento de mandatos para la realización de dichos trámites. b Los actos y operaciones relativos al objeto social que el órgano de administración considere convenientes o necesarios. Todo esto en los términos y bajo el régimen de imputación y responsabili dades establecido en los artículos 138, 139 y 157 de la ley de Sociedades vigente.- VI CONSTANCIAS NOTARIALES: Yo, la Autorizante, hago constar lo siguiente: VI.1. Con el CERTIFICADO
número 12786 expedido por el Registro Inmobiliario con fecha 27/09/2023 se acredita que la otorgante no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes.
VI.2. PROTOCOLIZACIÓN POR INCORPORACIÓN Agrego al legajo de comprobantes de este protocolo como parte integrante de esta escritura, copia de los Estados Contables Intermedios confeccionados por la Contadora Nubia A. Verón e intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y constancia de las clave tributaria de la sociedad.-Por su parte, certificado mencionado en el punto VI.1, fotocopia de los instrumentos referidos en el punto I, y constancia de la clave tributaria de la socia Marcela Silvia Cabana, integran la escritura número 109 autorizada por mí al folio 577 de este protocolo.VII OTORGAMIENTO: LEO la presente escritura a los comparecientes, quienes manifiestan su consentimiento, y la firman por ante mí. Doy fe.- Sigue a una escritura de cesión de cuotas sociales.- ESC. MARIA CRISTINA PALACIOSTIT. REG. Nº 16- S.S. DE JUJUY-JUJUY.FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 873-DPSC/2023CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-450/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de diciembre de 2023.VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que la Escribana María Cristina Palacios, en carácter de autorizada de la firma SERVICIOS ODONTOLOGICOS
S.R.L., solicita, la INSCRIPCION DE AUMENTO DE CAPITAL, TRANSFORMACION DE LA FIRMA SERVICIOS ODONTOLOGICOS S.R.L. A
SERVICIOS ODONTOLOGICOS S.A.S. y, CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: ORDENAR, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de la Escritura numero ciento nueve 110 de AUMENTO DE
CAPITAL, TRANSFORMACION DE LA FIRMA SERVICIOS ODONTOLOGICOS S.R.L. A SERVICIOS ODONTOLOGICOS S.A.S. de fecha 28 de septiembre de 2023 de la firma SERVICIOS ODONTOLOGICOS S.R.L., con firmas certificadas por la Escribana María Cristina Palaci os Titular del Registro Notarial número dieciséis de fs. 02/21, firmada por Marcela Silvia Cabana D.N.I. Nº 20.733.688, diligencias a cargo de la Esc. María Cristina Palacios.ARTÍCULO 2: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
08 ENE. LIQ. Nº 34853 $1.200,00.-

EDICTOS DE USUCAPION
El Dr. Arias Cau Esteban Javier juez en la Cámara en lo Civil y ComercialSala IVocalía 3, en el expediente C-236548/2023, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: URZAGASTI, ESTELA BEATRIZ c/ TOLABA, DAMIANA, a ordenado la publicación de edictos de citación de acuerdo a la providencia que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 1 de Noviembre de 2023.1.- Por presentado el Dr. SEBASTIAN EMANUEL HERRERA, en representación de la Sra. URZAGASTI ESTELA BEATRIZ, por constituido domicilio legal a mérito de la copia juramentada del Poder General para Juicios que acompaña.-2.- Habiéndose cumplimentado con la medidas preparatorias, y atento el estado del trámite, CITASE COMO TERCEROS en los términos del Art. 534º del C.P. Civil conforme modificación Ley Nº 5486, al ESTADO PROVINCIAL, MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA PROVINCIA DE JUJUY y a los colindantes Sra. HAYDEE RODRIGUEZ, Sr. OSCAR ANGEL MARTINEZ y Sr.
GUSTAVO ANDRADE VIDAURRE en los domicilios denunciados en autos, para que comparezcan dentro de los QUINCE DIAS de ser notificados a fin de que tomen conocimiento del juicio y si consideraren afectados sus derechos, su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos.3.Publíquense edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local y se transmitirá mediante radiodifusión local por treinta días debiendo acreditar con la certificación pertinente conf. Art. 535º del C.P.Civilmodif. Ley 5486, a los fines de que comparezcan aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende prescribir.4.-Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.5.-Para el traslado de demanda de la Sra. DE TOLABA DAMIANA líbrese oficio al juzgado electoral y a la policía de la provincia, para que informe el último domicilio de la accionada.6.- 7.- - 8.- 03/05/08 ENE. LIQ. Nº 34659-34765-34766 $1.650,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION
Este Juzgado Unipersonal Vocalía Nº 6 a cargo del Dr. Diego Rodrigo Rivas de San Salvador de Jujuy, en el B-183771/08- DIFERENCIAS SALARIALES
SOTO, ESTEBAN c/ OBRAS Y SERVICIOS S.R.L. encontrándose agotadas todas las vías posibles conforme lo normado el Art. 162 del CPC se procede mediante la presente a NOTIFICAR al demandado OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., CUIL: 30-59193209-4, que fue declarada su rebeldía en la presente causa conforme se dispuso en providencia de fecha 24/09/2013 fs. 239 en las presentes actuaciones como así también la notificación de las providencias dictadas a partir de esa fecha mediante ministerio de ley. Publíquese en el Boletín oficial y un diario situado en la ciudad de San Salvador De Jujuy por tres veces en cinco días.- Facúltese a la Dra. Claudia Mariela Citro y/o quien ella designe la confección y diligenciamiento del presente.- Este trámite estará exento de todo gasto conforme lo normado por el ART. 24 C.P.T.- San Salvador de Jujuy, 26 de Diciembre del 2023.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/1/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date08/01/2024

Page count9

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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