Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 30 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 72

Adquisitiva de Inmueble interpuesta a fs.9/13, córrase traslado a los demandados: VENANCIO CABANA y FRANCISCA CABANA en el domicilio denunciado a fs. 34 y a todos que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir individualizado como Circ. l, Sección 2, Parcela 3C, Padrón N-97, Matrícula N-3361 ubicado en calle Balcarce Nº 163 de la ciudad de La Quiaca, mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de Quince Días hábiles, con más Un Día de ampliación en razón de la distancia, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren Art. 298
del C.P.Civil, Art. 531º del C.P.Civil - Conf. modificación Ley 5486. II.- Intímeselos en igual término, para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley. III.- Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. IV. Publíquense edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. V.- Además deberán exhibirse los edictos en el Juzgado de Paz y en la Municipalidad de la ciudad de La Quiaca. VI. -Trasmitir mediante radiodifusión local durante Treinta Días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva conf. Att. 535 º del C.P.Civilmodif. Ley 5486. VII.- Asimismo, cumpla el promotor de autos, con la colocación del Cartel Indicativo, conteniendo los datos de la demanda de usucapión, conforme lo dispuesto en el Art. 536 º del C.P.Civil mod. Ley 5486, facultándose con las prevenciones y formalidades de ley, al Sr. Juez de Paz de la ciudad de La Quiaca. VIII.- Conforme lo normado en el último párrafo del artículo 1905, 5 y 7 del Código Civil y Comercial de la República Argentina y Arts.275 y ccs. del C.P.Civil de la Provincia, ordenase la anotación de litis sobre el inmueble Objeto de la presente causa individualizado como: Circ. l, Sección 2, Parcela 3C, Padr6n N-97, Matrícula N3361 ubicado en calle Balcarce Nº163 de la ciudad de La Quiaca de propiedad de VENANCIO CABANA-DN1. Nº 3.979.630 y FRANCISCA CABANADNI. Nº 3.844.325.- IX. Para el cumplimiento de lo dispuesto en los puntos precedentes, deberá el Dr. Gerardo Facundo Vargas Duran, conforme l o dispuesto en los Arts. 50 y 72 del C.P.C., a título de colaboración confeccionar las diligencias pertinentes y presentarlas en Secretar ía para su control y firma.- X.
Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau, Vocal ante mi Dra. Sofía Jerez, Secretaria".- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días habiéndose saber que tendrá por notificado desde la ultima publicación del presente Art. 162 del C.P.C..- San Salvador de Jujuy, 11 de Abril de 2022.26/28/30 JUN. LIQ. Nº 32883 $1650,00.Cámara en lo Civil y ComercialSala IVocalía 3, en el Expte. N C-145724/2019 caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte Principal N C-115267/2018: CHAÑI SANTOS c/ QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO; LUIS STREMIS Y CIA, notifica a ADOLFO
LEON RUIZ y ALCIDES EFRAIN LEON el siguiente PROVEIDO: SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de mayo de 2021.- I.- Atento estado de autos y lo dispuesto por Ley Nº 5486, cítase como TERCEROS en los términos del Art.534 del C.P.Civil conforme modificación Ley Nº5486, a la MUNICIPALIDAD
DE LA QUIACA, ESTADO PROVINCIAL y en su carácter de colindantes del inmueble que se pretende prescribir individualizado como Circunscripción 1, Sección 2, Manzana 143, Parcela Rastrojo XVIII, Padrón N-721, ubicado en Calle Patricias Argentinas Nº354 del Barrio San Cayetano de la ciudad de La Quiaca-Depto. Yavi de esta Provincia, a los Sres. PEDRO QUISPE, DOMINGO QUISPE, LUISA CAZON , JUANA TORREZ, ADOLFO LEON RUIZ y ALCIDES EFRAIN LEON, en los domicilios denunciados a fs.23/24, para que comparezcan dentro de los QUINCE DIAS, con más CUATRO DIAS de ampliación en razón de la distancia, de ser notificados a fin de que tomen conocimiento del juicio y si consideraren afectados sus derechos, su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. II.- Asimismo, para la notificación de los Sres. ADOLFO LEON RUIZ y ALCIDES
EFRAIN LEON, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el término de cinco días.- III.- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. FDO. ESTEBAN J. ARIAS CAU JUEZ. ANTE MÍ: SOFIA L. JEREZ
SECRETARIA.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES veces en CINCO DIAS.
30 JUN. 03/05 JUL. LIQ. Nº 32890 -32938 $1.650,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION
El Dr. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial N4 secretaria N 8 en el Expte. N C-087.275/17, caratulado: Ejecutivo: CREDIL S.R.L. c/
COLQUE, HUGO CARLOS, procede a notificar el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 06 de Julio de 2022.- Atento las constancias de autos y lo manifestado precedentemente por la actora, notifíquese por Edictos a la parte demandada: SR. COLQUE, HUGO CARLOS, D.N.I. Nº 12.984.366 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts. 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS
TREINTA $11.730,00 que se reclaman por capital, con más la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS DIECINUEVE $3.519,00 para acrecidas legales.- Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los CINCO DIAS posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Ofi cial de Pobres y Ausentes Art.
109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo t érmino intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. - Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154 CPC. Fdo. Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dr. Sergio Andrés Álvarez, Secretario. - Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 06 de Julio de 2022.- Secretaria N 8, a cargo del Dr.
Sergio Andrés Álvarez Secretario.28/30 JUN. 03 JUL. LIQ. Nº 32898-32910 $1.650,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 13, de la Provincia de Jujuy, que en el Expte. N C185568/21, caratulado: Ejecutivo: FARFAN, ILDA ELSA c/ PUNTANO, CLAUDIA LORENA, para que se notifique la Sra. Claudia Lorena Puntano D.N.I
Nº 28.804.310 del siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2023.- AUTOS Y VISTOS y; CONSIDERANDO RESUELVE: I.Mandar llevar adelante la ejecución seguida por ILDA ELSA FARFAN en contra de CLAUDIA LORENA PUNTANO D.N.I Nº 28.804.310 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS TREINTA MIL $30.000,00, con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora 25/06/21 y hasta el efectivo pago, con más I.V.A si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales, conforme lo considerado.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.Notificar por cédula a las partes y por Edicto.- VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-". Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial por un día
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/6/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date30/06/2023

Page count13

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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