Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Boletín Oficial Nº 69

Junio, 23 de 2023.-

La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Llamado a la Licitación Pública Nacional de la siguiente Obra:
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 0152/2023
Proceso de Contratación N 46/6-0152-LPU23.Obra: Construcción Pasarela B Paraíso - Alto Comedero RN Nº 9 Pcia. de Jujuy tramo: El Carmen RP N 42 DS.S. de JujuyProvincia de Jujuy.Presupuesto Oficial y Plazo de Obra: Pesos Ciento Sesenta y Siete Millones, Quinientos Diecinueve Mil con 00/100.- $167.519.000,00 y un Plazo de Obra de Tres 3 Meses.Garantía de las Ofertas: Pesos Un Millón, seiscientos Setenta y Cinco, Ciento Noventa con 00/100.- $1.675.190,00.Apertura de Ofertas: 07 de julio de 2023 a las 12:00 hs. mediante el sistema CONTRAT.AR https contratar.gob.ar, Portal Electrónico de Contratación de Obra Pública.Valor, Disponibilidad del Pliego y Consultas: Pesos Cero $0,00; disponibilidad del pliego y consultas, a partir del 07 de junio de 2023 mediante el sistema CONTRAT.AR https contratar.gob.ar, Portal Electrónico de Contratación de Obra Pública.ANTICORRUPCIÓN: Si desea realizar un reclamo o denunciar una irregularidad o practica indebida puede hacerlo de manera segura y confidencial a la Unidad de Ética y Transparencia de la Oficina Anticorrupción con sede en esta DNV, contactándose al teléfono +54 011 4343-8521 interno 2018 o escribiendo a transparencia@vialidad.gob.ar.- No dude en comunicarse, su aporte nos ayuda a contratar mejor.09/12/14/16/21/23/26/28/30 JUN. 03 JUL. LIQ. Nº 32740 $6.000,00.-

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS

El CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE JUJUYconvoca a Asamblea Extraordinaria a efectuarse el 27 de junio de 2023, a hs 19:30, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de JujuyAv. Santibáñez 1218, para la Proclamación de Autoridades.- Junta Electoral-Jujuy.- Fdo.
C.P.N. Blanca JuárezPresidente.21/23 JUN. LIQ. Nº 32870-32871 $900,00.Contrato Constitutivo de S.R.L. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes de enero de 2023, se reúnen las siguientes personas físicas: 1
FRANCO MARIANO ORTIZ, Argentino, Soltero, Comerciante, nacido el 19 de Julio de 1995, D.N.I. N 38.746.325, domiciliado en calle General Are nales 1233 piso 1 departamento B, de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, 2 SANTIAGO JOSE CARDERO, Argentino, Soltero, Comerciante, nacido el 21
de octubre de 1983, DNI. N 30.541.775, con domicilio en calle Alonso de Tobar N 488, localidad de Yala, departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy. Quienes han convenido constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L., la que se regirá por el siguiente contrato social: FOSC S.R.L
PRIMERA: Denominación: La sociedad girara bajo la denominación de "GRUPO FOSC S.R.L.-.- SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la Provincia de Jujuy, pudiendo establecer Sucursales y Agencias en cualquier lugar del País. Asimismo, declaramos bajo juramento que la sede y administración de la firma será en calle Salta 750, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. EI domicilio de la Sede Social podrá cambiarse por los Socios, el que se deberá inscribir en el Registro Público de Comercio y publicar en el Boletín Oficial. También, se establece como correo electrónico a los fines de cualquier notificación el siguiente: franko.fm95@gmail.com.- TERCERA: Duración: El término de duración de la sociedad será de 50 años, contando a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, fecha que será tenida en cuenta como inicio de las operaciones sociales. CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero conforme a las normas legales vigentes, las siguientes actividades: A Comerciales: compraventa por menor y mayor, fraccionamiento y distribución, de artículos de decoración y comodidad para el hogar, bazar, regalaría, juguetería, perfumería, artículos de decoración, accesorios y entretenimiento, productos de higiene, higiene personal y de sanidad:
jabón, alcohol, alcohol en gel, barbijos, lavandina, desodorante de ambiente, etc. La compra, venta de todo tipo de golosinas, prendas de vestir y demás artículos personales. Constituye asimismo su objeto compraventa por menor y mayor, fraccionamiento, provisión y distribución de artículos, insumos y mobiliario de oficinas y librería. Como así también toda clase de materias primas textiles, hilados, telas, tejidos, goma espuma y derivados y productos acabados de vestir, así como de cualesquiera otros productos complementarios de los anteriores incluidos los de cosmética y marroquinería. B Industriales:
mediante la fabricación de artefactos para el hogar y/o para oficinas. C Importadora y exportadora: la importación y exporta ción en todo aquello que sea parte de su objeto. Para la realización de sus fines la sociedad podrá comprar, vender, ceder y gravar, inmuebles, semovientes, marcas y patentes, títulos val ores y cualquier otro bien mueble o inmueble, podrá celebrar contrato con las Autoridades Estatales o con personas físicas o jurídicas, gestionar, obtener, explotar y transferir cualquier privilegio, permiso o concesión que los gobiemos nacionales, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar, desarrollar o proteger los negocios sociales, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento, celebrar contratos de franquicias, representación, comisión, consignación, agencia, constituir sobre bienes inmuebles toda clase de derechos reales, incluso hipotecar, efectuar las operaciones que considere necesarias con los bancos públicos, privados y mixtos y con las compañías financieras, del país o del extranjero, efectuar operaciones de comisiones, representaciones y mandatos en general; o efectuar cualquier acto jurídico tendiente a la realización y desenvolvimiento del objeto social. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligacionesQUINTA: Medios para Cumplir con el objeto Social: A los fines del cumplimiento de +35 su objeto social la sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos permitidos, con la única limitación que surja de este contrato y de la Ley. Así podrá para sus fines por ejemplo transigir, comprometer en árbitros, prorrogar jurisdicciones y formalizar cualquier convenio o contrato con objeto licito, realizar toda clase de operaciones, giros, endosos de letras, vales o pagaré, girar cheques contra depósito o en descubierto, abrir cuentas corrientes en Bancos Oficial es o Particulares, Nacionales o Extranjeros, contraer empréstitos, aceptando las condiciones de las leyes y reglamentos orgánicos que la rijan, conferir poderes especiales o generales, incluso los necesarios para ser parte en juicios, hacer denuncias criminales o asumir el carácter de parte querellante o revocarlos cuantas veces lo creyera necesario, etc.- SEXTA: Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil $500.000,00 que se dividen en 5000 cuotas so ciales de pesos Cien $100.00 cada una, que los socios suscriben íntegramente en dinero en efectivo, en la proporción que sigue: El Señor FRANCO MARIANO ORTIZ, suscribe DOS MIL QUINIENTAS 2500 cuotas, totalizando la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $250.000,00 y el Señor SANTIAGO JOS E
CARDERO suscribe DOS MIL QUINIENTAS 2500 cuotas, totalizando la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $250.000,00.- SÉPTIMA:
Administración; La dirección, administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de un gerente, a cargo del Sr. FRANCO MARIANO ORTIZ
D.N.I. Nº 38.746.325, quien acepta el cargo por este acto, pudiendo el mismo realizar cualquier acto de administración. El mismo tiene todas las facultades legales para administrar y disponer de los bienes sociales, con las limitaciones previstas en la cláusula siguiente. Podrá en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos, contratos y negocios jurídicos comprendidos en el objeto social. Durara en su cargo hasta que la Asamblea de Socios decida lo contrario, dejando expresamente establecido que pueden en dicha Asamblea designar a otra persona o a alguno de los socios. OCTAVO: Casos en los que requiere la conformidad de la Asamblea de Socios: Solamente se requerirá la conformidad de la asamblea de socios para la realización de todos aquellos actos
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/6/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date23/06/2023

Page count25

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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